Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2015 (25/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Miercoles 25 de febrero de 2015

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asuntos de caracter general y reglamentan materias de su competencia, por lo que, en uso de sus facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 13º y el articulo 37º inciso a) de la Ley nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el reglamento interno de Consejo Regional aprobado con Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM, por acuerdo unanime del Consejo Regional, ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- Dejar sin efecto en todos sus extremos la ORDENANZA REGIONAL Nº 18-2011-CRGRM, asi como toda otra MORDAZA, y/o normas disposiciones regionales que se opongan a la presente. Articulo Segundo.- Restituir la plena vigencia de las Ordenanzas Regionales Nros. 003-2007-CR/GRM y 0052007-CR/GRM, con todos sus efectos. Articulo Tercero.- Crease la Comision Multisectorial de Representantes del programa, que se encargara de la percepcion, administracion, y ejecucion del gasto del aporte voluntario de pesca senalado en el articulo MORDAZA de la ordenanza Regional Nº 003-2007-CR/ GRM, el mismo que estara integrado por: 01 representante del Gobierno Regional de Moquegua; 01 representante de PRODUCE ­Moquegua; 01 representante de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto; 01 representante de la Municipalidad Provincial de Ilo; 01 representante de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Cerro; y 01 representante de la Federacion de Integracion y Unificacion de Pescadores Artesanales de la Region MORDAZA (FIUPAR). Entre sus integrantes se designara el Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, vocal y fiscal de la Comision; a falta de acuerdo o en tanto no se designe al Presidente, sera el representante del Gobierno Regional quien represente a la Comision Multisectorial. Articulo Cuarto.- Precisase que el aporte voluntario de pesca senalado en el articulo MORDAZA de la ordenanza Regional Nº 003-2007-CR/GRM, tiene caracter de privado y no constituyen ingresos directos ni indirectos al gobierno regional. Articulo Quinto.- Cualquier discrepancia en la aplicacion o funcionamiento del Programa de Apoyo Alimentario Regional se resolvera mediante la aplicacion de la Constitucion Politica del Peru, de La Ley Organica de Gobiernos Regionales, La Ley General de Pesca, la presente Ordenanza Regional y su reglamento, y las demas normas administrativas aplicables al sector; manteniendo obligatoriamente este orden de preferencia en la aplicacion del derecho. Disposicion final.Unica.- Dentro de los 60 dias de publicada la presente ordenanza se procedera a su reglamentacion a traves de Decreto Regional. Comuniquese al senor Presidente Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los 12 dias del mes de Febrero del ano dos mil quince. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de febrero del ano dos mil quince. MORDAZA MORDAZA EURIBE MORDAZA Vicepresidente Regional 1204329-1

Declaran en situacion de emergencia la Provincia de Mariscal MORDAZA y la Provincia General MORDAZA Cerro de la Region MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 20-2015-CR-GRM Fecha: 17 de febrero del 2015 El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria aprobo el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, dada la magnitud con la que se viene produciendo la presente estacion de lluvias en diferentes distritos y provincias de la region, y, los estragos que estas estan generando tanto en las zonas altas como en los valles y poblaciones aledanas a los MORDAZA de nuestra Region. Que, en atencion a los danos a viviendas, afectacion de servicios, perdida de areas de cultivo, afectacion general de carreteras, caminos y puentes, y tambien, la afectacion de las redes y sistemas de riego. Que, ante las Declaratorias de Situacion de emergencia que viene formalizando los Gobiernos Locales Distritales y Provinciales de la Region, y estando a la recomendacion expresada por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, a traves del informe Nº 0012015-UF.COER-SGGADCGGR/GR.MOQUEGUA de fecha 17 de febrero de 2015, entonces, por estas consideraciones, siendo que los acuerdos del Consejo Regional expresa decisiones Regionales sobre: ((a)) asuntos internos, ((b)) asuntos de interes publico, ((c)) asuntos de interes ciudadano; y/o , ((d)) asuntos institucionales; y tambien, declaran la voluntad para que: ((e)) se practique un determinado acto; y/o,((f)) se observe una conducta o MORDAZA institucional; y, al MORDAZA de la ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley 27867 / la Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013,28926, 28961, 28968, 29053; exonerando el tramite de aprobacion del Acta SE ACUERDA: Primero.- DECLARAR en situacion de emergencia la Provincia de Mariscal MORDAZA y la Provincia General MORDAZA Cerro de la Region MORDAZA por el plazo de (60) dias calendarios, a efecto de que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, los Gobiernos Locales Distritales y Provinciales ejecuten acciones urgentes y necesarias para la atencion oportuna y adecuada de las emergencias ante desastres por fenomenos de lluvias, para lo cual, debera observarse estrictamente la ley del sistema nacional de gestion del riesgo de desastres y su reglamento. Segundo.- SOLICITAR al Gobierno Nacional declare en Estado de Emergencia a la Provincia de Mariscal MORDAZA y la Provincia General MORDAZA Cerro de la Region MORDAZA y en consecuencia, asignar recursos suficientes para la ejecucion de acciones urgentes e inmediatas tanto para la rehabilitacion de las diferentes zonas afectadas ante desastres naturales. Tercero.- Encargar a la Gerencia Regional de Presupuesto y Acondicionamiento Territorial evaluar la fuente de financiamiento para la asignacion de recursos, a fin de atender la situacion de emergencia del Gobierno Regional Cuarto.- Disponer que todo MORDAZA de adquisicion orientado a la Situacion de Emergencia, debe ejecutarse en estricto cumplimiento de los dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, lo que es materia de fiscalizacion y control. Quinto.- Al culminar la declaratoria de emergencia se debera emitir un informe detallado al Consejo Regional Sexto.- Comuniquese el presente Acuerdo al Ejecutivo Regional y a las instancias pertinentes; asi como disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y la pagina web de MORDAZA Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado 1204329-2

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