Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2015 (25/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 25 de febrero de 2015

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Reconocen y felicitan a Administrador de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA por su desempeno
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N°1559-2014-PJ/CSJLO-P Iquitos, doce de diciembre de dos mil catorce. VISTO: El escrito presentado por el Ing. MORDAZA MORDAZA Cedeno Monrroy, de fecha 05 de diciembre de 2014, mediante el cual presenta su renuncia al cargo de Administrador de la Corte Superior de Justicia de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 18° de la Ley N°28175 - Ley MORDAZA del Empleo Publico, senala que: "El desempeno excepcional de un empleado origina el otorgamiento de especial reconocimiento que debera enmarcarse en las siguientes condiciones: a) lograr resultados eficientes en el servicio que presta a la poblacion; b) constituir modelo de conducta para el conjunto de empleados; c) promover valores sociales; d) promover beneficios a favor de la entidad; e) mejorar la imagen de la entidad frente a la colectividad"; Que, es politica de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA emitir reconocimiento a los jueces y personal de su circunscripcion que realizan destacadas labores en el desempeno de sus funciones, asi como de funcionarios del Poder Judicial que coadyuvan a la gestion del buen funcionamiento del Sistema de Justicia a favor de los justiciables; Que, el referido funcionario, durante sus tres anos y siete meses de servicios prestados en este Distrito Judicial, con una gestion eficiente y eficaz, ha contribuido al logro de las metas trazadas por esta Presidencia durante el periodo 2013-2014, lo que ha posibilitado obtener logros tangibles para la institucion como es la construccion del MORDAZA local del Modulo Penal, la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el Servicio de Orientacion al Adolescente (SOA), entre otros; denotando dedicacion, eficiencia, y compromiso en las labores desempenadas; por lo que debe expedirse la resolucion de felicitacion y reconocimiento respectivo para el mencionado funcionario, instandole a continuar con esa practica que constituye un modelo de conducta para el conjunto de empleados y que promueve beneficios a favor de! Poder Judicial; En uso de las atribuciones conferidas por los incisos 3) y 9) del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Primero.- RECONOCER Y FELICITAR al Senor Ing. MORDAZA MORDAZA CEDENO MONRROY - Gerente Publico, como Administrador de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por haber contribuido, con una gestion eficiente y eficaz, para el logro de las metas trazadas por esta Presidencia durante el periodo 2013-2014. Segundo.- COMUNICAR la presente resolucion a! Presidente del Poder Judicial, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR y al interesado, para los fines pertinentes; y, a la Oficina de Administracion para que se agregue al file personal del mencionado funcionario. Registrese y comuniquese. WILBERT MORDAZA MORDAZA Presidente 1203735-1

ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Aprueban la Directiva Nº 003-2015-CG/ GPROD "Emision del Informe Previo establecido por el literal l) del articulo 22° de la Ley Nº 27785"
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 112-2015-CG MORDAZA, 24 de febrero de 2015 VISTO, la Hoja Informativa N° 00002-2015-CG/ GPROD del Departamento de Gestion de Productos que recomienda la aprobacion del proyecto de Directiva "Emision del Informe Previo establecido por el literal l) del articulo 22° de la Ley N° 27785"; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 82° de la Constitucion Politica del Peru, la Contraloria General de la Republica goza de autonomia conforme a su Ley Organica y tiene como atribucion supervisar la legalidad de la ejecucion del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda publica y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, conforme a lo dispuesto por los literales l) e y) del articulo 22° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion de la Contraloria General informar previamente sobre las operaciones, fianzas, avales u otras garantias que otorgue el Estado, inclusive los proyectos de contratos, que en cualquier forma comprometa su credito o capacidad financiera, sea que se trate de negociaciones en el MORDAZA o en el exterior, asi como regular el procedimiento, requisitos, plazos y excepciones para el ejercicio del control previo externo aludido; Que, mediante Resolucion de Contraloria N° 0522010-CG se aprobo el "Reglamento para la emision del Informe Previo establecido por el literal l) del articulo 22° de la Ley N° 27785", cuyo objeto es establecer un MORDAZA normativo que regule el tramite al que deben someterse las solicitudes de emision del Informe Previo que se presenten ante la Contraloria General de la Republica, en el caso de operaciones que comprometan el credito o la capacidad financiera del Estado a que se refiere el literal l) del articulo mencionado; Que, mediante el documento de visto, el Departamento de Gestion de Productos propone la aprobacion del proyecto de Directiva denominada "Emision del Informe Previo establecido por el literal l) del articulo 22° de la Ley N° 27785", indicando que resulta necesario adecuar el actual dispositivo normativo al MORDAZA legal vigente, precisando los alcances, las operaciones materia del Informe Previo y sus excepciones; asi como los plazos y requisitos que deberan acreditar ante el Organismo Superior de Control, el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades, para la obtencion del referido Informe Previo; En uso de las facultades previstas en el articulo 32° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva N° 003-2015CG/GPROD "Emision del Informe Previo establecido por el literal l) del articulo 22° de la Ley N° 27785", la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La Directiva "Emision del Informe Previo establecido por el literal l) del articulo 22° de la Ley N° 27785", entrara en vigencia a partir del dia habil siguiente a la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolucion de Contraloria N° 052-2010-CG que aprobo el "Reglamento para la emision del Informe Previo establecido por

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