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El Peruano Miércoles 25 de febrero de 2015 547363 Oficializan Acuerdos mediante los cuales se otorgó la acreditación a las carreras profesionales de Marketing, Administración de Negocios Internacionales y Contabilidad del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano de Sistemas SISE - Sede Santa Beatriz RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 035-2015-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 20 de febrero de 2015 VISTOS: Los Ofi cios Nº 066-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES, Nº 067-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES, y Nº 068-2015- SINEACE/ST-DEA-IEES de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa, estableciéndose asimismo que la acreditación se da como consecuencia del informe de evaluación satisfactorio debidamente verifi cado, presentado por la entidad acreditadora; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740, dejándose sin efecto en tal sentido, al Consejo Superior y los órganos operadores del sistema; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, quien presidirá, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, de acuerdo al literal d) del artículo 7° de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como función, culminar el proceso de acreditación de las instituciones educativas públicas y privadas que se encuentren en proceso y cumplan con los requisitos establecidos; Que, mediante Informes N° 014-2015-SINEACE/ ST-DEA-IEES, N° 015-2015-SINEACE/ST-DEA- IEES, y Nº 016-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE, considerando los Informes Finales de las evaluaciones externas realizadas por la Entidad Evaluadora SGS Certificadora de Educación S.A.C., recomienda se otorgue la acreditación a las carreras profesionales de Contabilidad, Marketing, y Administración de Negocios Internacionales, respectivamente, del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano de Sistemas SISE – Sede Santa Beatriz, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el modelo de calidad del SINEACE; Que, en atención a los informes antes indicados y en ejercicio de las facultades otorgadas, al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesión de fecha 18 de febrero 2015, se llegó a los siguientes acuerdos relacionados con las acreditaciones de carreras profesionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano de Sistemas SISE – Sede Santa Beatriz: i) Acuerdo N° 052-2015-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditación a la carrera profesional de Marketing, con una vigencia de tres (03) años, al haber alcanzado una valoración de trescientos catorce (314) puntos. ii) Acuerdo N° 053-2015-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditación a la carrera profesional de Administración de Negocios Internacionales, con una vigencia de tres (03) años, al haber alcanzado una valoración de trescientos catorce (314) puntos. iii) Acuerdo N° 054-2015-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditación a la carrera profesional de Contabilidad, con una vigencia de tres (03) años, al haber alcanzado una valoración de trescientos ocho (308) puntos. De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley N° 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014- MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar los Acuerdos Nº052-2015- CDAH, N°053-2015-CDAH y N° 054-2015-CDAH, mediante los cuales el Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE en Sesión del 18 de febrero 2015, otorgó la acreditación a las carreras profesionales de Marketing, Administración de Negocios Internacionales y Contabilidad respectivamente, del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano de Sistemas SISE – Sede Santa Beatriz, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1203596-5 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Designan Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del OEFA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 026-2015-OEFA/PCD Lima, 24 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM, establece que corresponde al Presidente del Consejo Directivo designar y remover a los funcionarios y asesores de la Entidad; Que, encontrándose vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del OEFA resulta