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El Peruano Viernes 27 de febrero de 2015 547587 Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1205138-1 Designan Asesores II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 043-2015-TR Lima, 26 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor RICARDO ENRIQUE PAJUELO BUSTAMANTE, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1205138-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2015-TR Lima, 26 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor RICARDO VELÁSQUEZ RAMÍREZ, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1205138-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Resolución Ministerial que incorpora a la localidad de Colonia Angamos, distrito de Yaquerana, como localidad beneficiaria del Programa de Promoción y Fomento establecido en la Ley N° 29159 y modifican los artículos 1 y 32, y el Anexo del Reglamento para la Aplicación de la Modalidad de Entrega de Subvención bajo el Sistema de Cofinanciamiento, aprobado por la Resolución Ministerial N° 881-2008- MTC/02. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 073-2015 MTC/02 Lima, 23 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29159, se declaró de necesidad y utilidad pública la prestación de los servicios de transporte aéreo regular a zonas aisladas donde no haya oferta privada de transporte aéreo, con el objeto de contribuir a su desarrollo socioeconómico sostenible, mejorar la calidad de vida de la población, combatir la pobreza e integrar al país; Que, el artículo 2 de la citada Ley autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones - en adelante MTC - a implementar un programa de promoción y fomento para los operadores de aviación privada nacional, respecto de la prestación de servicios de transporte aéreo con frecuencia regular a zonas aisladas o con vías de muy difícil acceso, o a donde no haya oferta privada de servicio regular de transporte aéreo; asimismo, señaló que el programa de promoción y fomento se realizará a través de subvenciones directas, indirectas y/o sistemas de cofi nanciamiento para los operadores de aviación privada, con la fi nalidad de que el usuario fi nal pague por el servicio un monto inferior a su costo, sobre la base de estudios económicos a cargo de la Dirección General de Aeronáutica Civil - en adelante DGAC; Que, el artículo 3 de la referida Ley estableció como localidades benefi ciarias a las ciudades de Atalaya, Breu, Sepahua y Puerto Esperanza - Purús, en la Región de Ucayali y Caballococha, Estrecho y Güeppi, en la Región de Loreto, quedando autorizado el MTC para ampliar este benefi cio a otras ciudades mediante vuelos regulares, de acuerdo a un estudio económico, previo permiso de operación con frecuencias e itinerarios; Que, mediante el artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 29159, aprobado por Decreto Supremo N° 013- 2008-MTC, se defi nió que el Programa de Promoción y Fomento es el programa mediante el cual se garantizará a las localidades benefi ciarias la prestación de un servicio de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, con frecuencia regular, en zonas aisladas, donde no exista oferta privada de vuelos regulares; Que, mediante el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 29159, aprobado por Decreto Supremo N° 013- 2008-MTC, se estableció que el MTC podrá incorporar nuevas localidades benefi ciarias, siempre que reúnan los requisitos de: a) ser zonas aisladas, b) no exista oferta privada de servicio de transporte aéreo, con frecuencia regular, c) cuenten con un aeródromo autorizado por la DGAC o con ríos que permitan el acuatizaje de aeronaves y d) cuenten con un estudio técnico-económico favorable de la DGAC; Que, de otro lado, el artículo 7 del referido Reglamento señala que las nuevas localidades benefi ciarias serán designadas mediante Resolución Ministerial del MTC; Que, por otro lado, es preciso señalar que mediante Resolución Ministerial N° 881-2008-MTC/02 se aprobó el “Reglamento para la Aplicación de la Modalidad de Entrega