Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2015 (26/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Domingo 26 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

558309

VISTO: El Dictamen de la Comisión Permanente de Regidores de Tránsito y Transportes que dictamina favorablemente aprobar y elevar al Concejo el Proyecto del TEXTO ÚNICO DE LA ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE COMAS", y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con Personería Jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, "Corresponde al concejo municipal: ..., Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos"; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 39º prescribe que "Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de Resoluciones de Concejo"; Que, el artículo 40º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa"; Que, el Artículo 4º inciso a) del D.S. Nº 055-2010MTC, Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados ó No motorizados, referidos a la facultad normativa que presentan la Municipalidades establece: "aprobar las normas complementarias necesarias para la gestión y fiscalización del Servicio Especial, dentro de su jurisdicción, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente y sin contravenir los Reglamentos Nacionales"; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, que aprobó el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, dispone que la Municipalidad Distrital Competente podrá dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdicción; Que, la Federación de Transportadores Especiales de Pasajeros de Comas - FETEPAC, el Frente de Defensa Especial de Transportes ­ FEDESET y la Federación de Mototaxis Comas-Carabayllo - FEMCOC, presentaron mediante el Expediente Administrativo Nº 68PM-2015 el anteproyecto de Ordenanza que Regula el Servicio Especial de Vehículos Menores ­ Mototaxis; Que, la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados ó no Motorizados en el distrito de Comas, reunida evaluó y debatió el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados o no Motorizados en el distrito de Comas, siendo que acordó requerir a la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte, elabore el Informe Técnico correspondiente para su elevación a la Comisión de Tránsito y Transporte para su aprobación respectiva; Que, con Informe Técnico Nº 068-2015-SGTT-GDU/ MC, de la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte se adjuntó el Proyecto de Ordenanza que Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el distrito de Comas, el mismo que según Informe Nº 156-2015-GAJ/MC la Gerencia de Asuntos

Jurídicos dio cuenta de las observaciones que presentaba el citado proyecto de Ordenanza Municipal opinando que previa absolución de lo observado con el dictamen correspondiente, el Concejo Municipal en Sesión Apruebe el Proyecto de Ordenanza que Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados o no Motorizados en el distrito de Comas. Que, en Sesión de Concejo de fecha 29 de Mayo del 2015, se aprobó el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados en el distrito de Comas, mediante Ordenanza Municipal Nº 438/MC; Que, mediante Carta Nº 091-2015-SG/MC de fecha 10 de Junio del 2015, Secretaría General del Concejo remite los actuados del Exp. Nº 68PM-2015 adjunto a la Ordenanza Nº 438/MC, a la Comisión Permanente de Regidores de Tránsito y Transporte de la Municipalidad Distrital de Comas, indicando haber observado contradicciones entre la acotada Ordenanza y las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF vigente, a efectos de la verificación y modificación respectiva, siendo que en atención de ello el Presidente de la Comisión solicita se emita el Informe Técnico correspondiente; Que, con Informe Técnico Nº 078-A-2015-SGTT-GDU/ MC, el Sub Gerente de Tránsito y Transporte señala que revisado el texto aprobado de la Ordenanza Nº 438/MC se han detectado observaciones respecto de funciones establecidas en el ROF vigente, errores materiales, así como precisa que corresponde eliminar y/o modificar capítulos y articulados concretos relacionados a las observaciones por la SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima en el Procedimiento de ratificación de la Ordenanza que aprueba el TUPA de la Municipalidad de Comas y a las observaciones efectuadas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, detallando las observaciones y adjuntando un nuevo texto de Proyecto de Ordenanza que Regule el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados o no Motorizados en el distrito de Comas; Que, mediante Informe Nº 207-2015-GAJ/MC la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que el Concejo Municipal en Sesión Apruebe el nuevo texto de la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados o no Motorizados en el distrito de Comas. Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y debatido que fue, con el voto por UNANIMIDAD de los integrantes del Concejo, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DEL REGLAMENTO QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS DEL DISTRITO DE COMAS Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que comprende el TEXTO ÚNICO DEL REGLAMENTO QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS DEL DISTRITO DE COMAS; la misma que está compuesta por seis (6) Títulos, cincuenta y un (51) artículos, diez (10) Disposiciones Complementarías, seis (6) Disposiciones Transitorias, y una (1) Disposición Derogatoria. Comprendiéndose también como anexo el CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS DEL DISTRITO DE COMAS. Artículo Segundo.- PUBLICAR el texto aprobatorio de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y encargar a la Gerencia Municipal disponga al Órgano correspondiente, la publicación del íntegro de este documento en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe), en el Portal Institucional (www.municomas. gob.pe), conforme se encuentra establecido en el artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP

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