Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2015 (26/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
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Domingo 26 de julio de 2015 /

El Peruano

VECINO SANTANÍTENSE PUNTUAL" para todos los contribuyentes del distrito de Santa Anita, que se encuentren al día en sus obligaciones tributarias, y que se encuentren dentro de los alcances establecidos en el numeral 5.1 de la directiva, "Participantes del Sorteo". Artículo Segundo.- Modifíquese el numeral 5.2. de la Directiva, sobre opciones de sorteo, por el siguiente texto: 5.2 Opciones del Sorteo.A los contribuyentes que integren el "Padrón de contribuyentes hábiles para el Sorteo", se les asignarán opciones, según las fechas de pago de sus obligaciones tributarias. Cada contribuyente, que haya cumplido con los supuestos que a continuación se señalan, tendrán derecho a: a) 10 Opciones de Sorteo.- Cuando el contribuyente se encuentre al día en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el 31 de Diciembre del 2014 y cumpla con cancelar él integro del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fiscal 2015; hasta el 31 de Octubre del 2015. b) 07 opciones de sorteo: Cuando el contribuyente se encuentre al día en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el 31 de Diciembre del 2014 y cumpla con cancelar hasta la 3° cuota del Impuesto Predial y hasta la décima cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2015; hasta el 31 de Octubre del año 2015. c) 05 opciones de sorteo: Cuando el contribuyente tenga deudas de años anteriores y cancelen la totalidad de los tributos atrasados hasta el 2014 y cumpla con cancelar el íntegro del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2015; hasta el 31 de Octubre del año 2015. d) 03 opciones de sorteo: Cuando el contribuyente tenga deudas de años anteriores y cancelen la totalidad de los tributos atrasados hasta el 2014 y cumpla con cancelar hasta la 3° cuota del Impuesto Predial y hasta la décima cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2015; hasta el 31 de Octubre del año 2015. e) 01 opciones de sorteo: Cuando el Contribuyente en calidad de pensionista se encuentren al día en sus pagos del Impuesto Predial, derecho de emisión y Arbitrios Municipales hasta el 31 de diciembre del 2014 y cumpla con cancelar el íntegro del Impuesto Predial, derecho de emisión y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fiscal 2015; hasta el 31 de Octubre del 2015. Artículo Tercero.- Modifíquese el numeral 5.5 de la directiva, sobre periodicidad del Sorteo, por el siguiente texto: 5.5 Periodicidad del Sorteo.El sorteo se realizará el día 04 de Noviembre con motivo del aniversario del Distrito de Santa Anita. El sorteo se llevará a cabo en el frontis del Teatro Municipal, Sito en Av. Santiago de Chuco Cdra. 4 ­ Urbanización "Universal" ­ Santa Anita, dicho acto contará con la presencia de un Notario Público quien dará fé sobre el sorteo realizado, notificándose a los beneficiarios durante la semana de realizado el sorteo. Artículo Cuarto.- Modifíquese el numeral 5.6 de la directiva sobre Premios a otorgarse en el sorteo, con el siguiente texto: 5.6 Premios a otorgarse.Los premios a entregarse estarán constituidos por lo siguientes: 05 Combos que estarán compuestos por los siguientes artefactos electrodomésticos: - 01 Horno Microondas - 01 Sándwichera - 01 Licuadora - 01 Batidora

- 01 0lla arrocera 03 Computadora Lap Top 03 Televisores LCD de 24" 03 Refrigeradoras

Artículo Quinto.- Modifíquese el numeral 6.1 de la directiva, sobre la emisión y difusión del padrón de contribuyentes en la página web, con el siguiente texto: 6.1 Organización, emisión y difusión del padrón de contribuyentes en la Página Web. La Subgerencia de Informática será la encargada de realizar el proceso de identificación de los contribuyentes hábiles, debidamente validado y aprobado por la Subgerencia de Control y Recaudación, debiendo emitir el "Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo", y publicarlo en la Página Web de la Municipalidad, dos días antes de la realización del Sorteo. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Rentas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y la Gerencia de Administración, el fiel cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1267738-2

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Ordenanza Municipal que regula la Formalización de Recicladores, Segregación de Residuos Sólidos en la Fuente y Recolección Selectiva en el distrito de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 13-2015/MDV Ventanilla, 20 de julio de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de 20 de julio de 2015; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27972; Ley Orgánica de Municipalidades; establece que los gobiernos locales, promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa. Que la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana. Que, el artículo 43º de la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Sólidos, establece que las autoridades sectoriales y municipales establecerán condiciones favorables que directa o indirectamente genere un beneficio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización o segregación de materiales en la fuente para su reaprovechamiento, entre otros;

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