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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (03/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Miércoles 3 de junio de 2015 553935 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan Jefe de la Oficina General, de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2015-TR Lima, 2 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 064-2015-TR se designa a la señorita PAMELA OLIMPIA VILLANUEVA GARCIA, en el cargo de Jefe de la Ofi cina General, Nivel Remunerativo F-5, de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario dar por concluida la designación referida en el considerando precedente y designar a la funcionaria que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de los Jefes de las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica y de Recursos Humanos; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la señorita PAMELA OLIMPIA VILLANUEVA GARCIA, en el cargo de Jefe de la Ofi cina General, Nivel Remunerativo F-5, de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR a la señora LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS, en el cargo de Jefe de la Ofi cina General, Nivel Remunerativo F-5, de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1245493-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Clasifican Jerarquía de carreteras como Rutas Vecinales o Rurales y Reclasifican Temporalmente la Jerarquía de Rutas Vecinales o Rurales y Rutas Departamentales o Regionales en Huánuco y Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2015 MTC/01.02 Lima, 28 de mayo de 2015 VISTOS: El Ofi cio N° 144-2015-A-MPH-LL de la Municipalidad Provincial de Huamalíes; el Ofi cio N° 363-2015-GRHCO/ PR del Gobierno Regional Huánuco; el Ofi cio N° 252- 2015-MPHi/A de la Municipalidad Provincial de Huari; el Memorándum N° 1233-2015-MTC/20 del Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL; el Memorándum N° 1125-2015-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; y el Informe N° 199-2015-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, se aprobó la actualización del Clasifi cador del Sistema Nacional de Carreteras –SINAC; Que, la Municipalidad Provincial de Huamalíes con Ofi cio N° 144-2015-A-MPH-LL, solicita la reclasifi cación temporal de la Ruta Vecinal: “Nuevas Flores - Llata” como Ruta Nacional, y la clasifi cación de la Ruta “Progreso – Bellabamba- Poque - Huamanin” como Ruta Vecinal y posteriormente, su reclasifi cación temporal, como Vía Nacional, con la fi nalidad de viabilizar el asfaltado de la carretera “Tingo Chico – Nuevas Flores - Llata- Progreso - Bellabamba - Poque - Huamanín - Antamina”; Que, el Gobierno Regional Huánuco con Ofi cio N° 363-2015-GRHCO/PR, solicita elevar a categoría nacional el tramo: Emp. PE – 03N Tingo Chico- Nuevas Flores – Morca – Llata – Progreso – Poque - Huamanín – Antamina – Emp. PE – 03N (Huanzala), que se encuentra comprendido en la jurisdicción de las provincias de Huamalíes en Huánuco y de Huari en Ancash; Que, la Municipalidad Provincial de Huari con Ofi cio N° 252-2015-MPHi/A, solicita la Clasifi cación de la Carretera: Antamina – L. Departamental con Huánuco que forma parte del eje Emp. AN-111 (Antamina) – Huamanin – Llata- Nuevas Flores- Emp. PE – 3N (Pte. Tingo Chico), como ruta vecinal o rural y su reclasifi cación temporal como ruta nacional, lo que permitirá que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones pueda proceder con la pavimentación de la carretera Antamina – Tingo Chico; Que, según lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6° del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, y sus modifi catorias, en adelante el Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquización del Sistema Nacional de Carreteras; asimismo, las autoridades competentes para la aplicación del Reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organización del Estado, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, de conformidad con lo señalado en el numeral 10.2 del artículo 10° del Reglamento, las autoridades competentes establecidas en su artículo 6°, podrán proponer de común acuerdo la reclasifi cación de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnico y en concordancia con los criterios del artículo 8°, la cual será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasifi cador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, el artículo 6° del Decreto Supremo N° 012-2013- MTC, que aprueba la actualización del Clasifi cador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasifi cador, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá disponer, a petición de las autoridades competentes previstas en el artículo 6° del Reglamento, la reclasifi cación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial, con fi nes de posibilitar intervenciones que permitan mejorar sus características físicas y operativas, para cuya fi nalidad la autoridad solicitante deberá acreditar que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; asimismo, la reclasifi cación temporal tendrá vigencia hasta la conclusión de los proyectos viales que ejecuten las autoridades competentes; Que, el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL, a través del Memorándum N° 1233-2015-MTC/20, remite el Informe N° 119-2015-MTC/20.7 de la Unidad Gerencial de Conservación, en el cual se indica que cuentan con disponibilidad presupuestal para atender la solicitud de la Municipalidad Provincial de Huamalíes y del Gobierno Regional Huánuco, referida a la reclasifi cación temporal de la carretera Emp. AN.111 (Antamina) - Huamanín – Poque – Bellabamba – Progreso – Llata – Pillunani