Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2015 (03/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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­ Nuevas MORDAZA ­ Emp. PE-3N (Pte. Tingo Chico), como Ruta Nacional; Que, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, con el Memorandum N° 1125-2015-MTC/14, hace MORDAZA el Informe N° 199-2015-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, en el que senala que de acuerdo al Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras ­ SINAC aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, considera procedente clasificar la carretera Emp. HU-102 (Progreso) ­ Bellabamba ­ Poque ­ Huamanin ­ Limite Departamental MORDAZA y la carretera Emp. AN-111 (Dv. Antamina) - Limite Departamental MORDAZA, como Rutas Vecinales o Rurales, asignandoles el codigo N° HU-809 y N° AN-878, respectivamente; asi como reclasificar temporalmente como Ruta Nacional, las siguientes: - La Ruta Departamental o Regional N° HU-101 en el Tramo: Emp. PE-3N (Pte. Tingo) - Quivilla ­ Nuevas MORDAZA - La Ruta Vecinal o Rural N° HU-617 de Trayectoria: Emp. HU-102 (Llata) ­Emp. HU - 101 via que se desarrolla a traves de los centros Emp. HU -101 (Nuevas Flores) Cochapata ­ Emp. HU-102 (Pillunani) - La Ruta Departamental o Regional N° HU - 102 en el tramo: Pillunani ­ Llata - Progreso - La Ruta Vecinal o Rural N° HU-809 de Trayectoria. Emp. HU-102 (Progreso) ­ Bellabamba ­ Poque ­ Huamanin ­ Limite Departamental MORDAZA (Emp. AN878) - La Ruta Vecinal o Rural N° AN-878 de Trayectoria: Emp. AN-111 (Dv. Antamina) ­ Limite Departamental MORDAZA (Emp. HU-809); Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por la Municipalidad Provincial de Huamalies, el Gobierno Regional MORDAZA y la Municipalidad Provincial de MORDAZA, y, a lo opinado por la Direccion de Caminos, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles y PROVIAS NACIONAL, resulta procedente clasificar las carreteras y reclasificar temporalmente, como Ruta Nacional, las carreteras y rutas detalladas en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nos. 017-2007-MTC, 006-2009-MTC, 0122013-MTC y 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Clasificar la Jerarquia de las siguientes carreteras como Rutas Vecinales o Rurales: - Emp. HU-102 (Progreso) - Bellabamba ­ PoqueHuamanin ­ Limite Departamental MORDAZA, asignandole el codigo N° HU-809, la misma que adoptara la siguiente trayectoria: Ruta N° HU-809 Trayectoria: Emp. HU-102 (Progreso) ­ Bellabamba ­ Poque ­ Huamanin ­ Limite Departamental MORDAZA (Emp. AN-878) - Emp. AN-111 (Dv. Antamina) - Limite Departamental MORDAZA, asignandole el codigo N° AN ­ 878, la misma que adoptara la siguiente trayectoria: Ruta N° AN-878 Trayectoria: Emp. AN-111 (Dv. Antamina) ­ Limite Departamental MORDAZA (Emp. HU-809) Articulo 2°.- Reclasificar Temporalmente la Jerarquia de las siguientes Rutas Vecinales o Rurales y Rutas Departamentales o Regionales, como Ruta Nacional: - La Ruta Departamental o Regional N° HU-101 en el Tramo: Emp. PE-3N (Pte. Tingo)- Quivilla ­ Nuevas Flores. - La Ruta Vecinal o Rural N° HU-617 de Trayectoria: Emp. HU-102 (Llata) ­Emp. HU 101 via que se desarrolla a traves de los centros Emp. HU -101 (Nuevas Flores)Cochapata ­ Emp. HU-102 (Pillunani). - La Ruta Departamental o Regional N° HU -102 en el tramo: Pillunani ­ Llata- Progreso. - La Ruta Vecinal o Rural N° HU-809 de Trayectoria. Emp. HU-102 (Progreso) ­ Bellabamba ­ Poque ­ Huamanin ­ Limite Departamental MORDAZA (Emp. AN-878)

El Peruano Miercoles 3 de junio de 2015

- La Ruta Vecinal o Rural N° AN-878 de Trayectoria: Emp. AN-111 (Dv. Antamina) ­ Limite Departamental MORDAZA (Emp. HU-809), asignandole el codigo temporal PE-3N H, adoptando la siguiente trayectoria: Ruta N° 3N H Trayectoria: Emp. PE-3N (Pte. Tingo) - Nuevas MORDAZA ­ Cochapata ­ Pillunani ­ Llata ­ Progreso ­ Bellabamba ­ Poque ­ Huamanin ­ Emp. AN ­ 111 (Antamina). Articulo 3.- Las autorizaciones de uso del derecho de via solo podran ser otorgadas por las autoridades titulares de las vias, sobre la cual tienen competencia permanente y no por autoridades que solo cuentan con una facultad temporal y limitada. Articulo 4.- La Direccion General de Caminos y Ferrocarriles debera actualizar el Mapa Vial, incorporando las modificaciones correspondientes conforme a lo dispuesto en el articulo 1 de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1245133-1

Aprueban ejecucion de expropiacion de predios afectados por la ejecucion del Proyecto Linea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 282-2015 MTC/01.02 MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2015 VISTO: La Nota de Elevacion N° 100-2015-MTC/33 de fecha 26 de MORDAZA de 2015 de la Direccion Ejecutiva de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE, y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura, en su MORDAZA Disposicion Complementaria Final declaro de necesidad publica la ejecucion del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, Lineas 1 y 2, y Linea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta, al ser considerado como una obra de infraestructura ferroviaria de interes nacional y de gran envergadura y, en consecuencia, se autorizo la expropiacion de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecucion; Que, la Ley N° 30327, Ley de Promocion de las Inversiones para el Crecimiento Economico y el Desarrollo Sostenible, establece en sus articulos 29 y 36, que el procedimiento de expropiacion regulado en el Titulo V de la citada ley es aplicable en la expropiacion de los bienes inmuebles que se requieran para la ejecucion de las obras de infraestructura contenidas en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30025 y en lo no previsto en el Titulo V, resulta de aplicacion supletoria lo establecido en la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y en la Ley N° 30025; Que, la Ley N° 30327, en el numeral 30.4 de su articulo 30, preve, entre otros, que el valor de tasacion se determina en base a los criterios establecidos en el Articulo 5 de la Ley N° 30025 y que la aprobacion de la ejecucion de la expropiacion del bien y del valor total de la tasacion se realiza mediante Resolucion Ministerial, debiendo contener: a) Identificacion del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiacion; b) Identificacion precisa del bien, estableciendo los linderos, medidas perimetricas y el area total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; asi como la referencia al informe expedido

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