Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2015 (03/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Miercoles 3 de junio de 2015

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SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion de la ejecucion de la expropiacion del bien y del Valor Total de la Tasacion Aprobar la ejecucion de la expropiacion de un (01) predio afectado por la ejecucion del Proyecto Linea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao y el Valor Total de la Tasacion del mismo, ascendente a S/. 521,958.57 (Quinientos Veintiun Mil Novecientos Cincuenta y Ocho con 57/100 Nuevos Soles) conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Retencion para asegurar el pago de la carga Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE retenga provisionalmente a favor del Banco de Credito del Peru el importe de US $ 147,724.00 (Ciento Cuarenta y Siete Mil Setecientos Veinticuatro con 00/100 Dolares Americanos) o su equivalente en moneda nacional, por existir una Hipoteca inscrita en la Partida Registral del predio afectado; retencion que debera ser notificada al sujeto pasivo de la afectacion y a la entidad bancaria, y que estara sujeta a la inscripcion del levantamiento de la citada carga en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP. Articulo 3.- Consignacion del Valor Total de la Tasacion Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE consigne en el Banco de la Nacion, el saldo resultante del valor total de la tasacion menos el monto de la retencion a que se refiere el articulo 2, a favor del sujeto pasivo, dentro de los cinco (5) dias habiles de emitida la presente Resolucion. Articulo 4.- Inscripcion del bien a favor del sujeto activo Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE, dentro de los cinco (05) dias habiles de emitida la presente Resolucion, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), la informacion necesaria para inscribir el bien expropiado a favor del sujeto activo. Articulo 5.- Notificacion al sujeto pasivo Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE notifique la presente Resolucion al sujeto pasivo de la expropiacion, conforme a lo dispuesto en la Ley No. 30327, requiriendole la desocupacion y entrega del bien expropiado dentro de un plazo de treinta (30) dias habiles siguientes de notificada la presente Resolucion, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion del bien materia de expropiacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

inscribir el bien a favor del sujeto activo ante el Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP; y, e) La orden de notificar al sujeto pasivo del bien a expropiarse, requiriendole la desocupacion y entrega del bien expropiado dentro de un plazo de treinta dias habiles siguientes de notificada la resolucion, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecucion coactiva para el lanzamiento o toma de posesion del bien materia de expropiacion; Que, la Ley N° 30025, en su articulo 5, establece que el valor de tasacion es fijado por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (actualmente, la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento), considerando: a) El valor comercial del predio y de las mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder, y en el caso de cultivos no permanentes se sigue el tratamiento establecido por la norma; y, b) Una indemnizacion por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante. Asimismo, preve que el valor total de la tasacion es aprobado considerando el monto fijado por la Direccion de Construccion y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor a que se refiere el literal a) MORDAZA mencionado; Que, la Direccion de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante Oficio No. 376-2015/VIVIENDA­VMCS-DGPRCS-DC, remite a la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao (en adelante, la AATE), el Informe Tecnico de Tasacion correspondiente al predio identificado con Codigo TE-170, afectado por la ejecucion del Proyecto Linea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao (en adelante, el Proyecto); Que, la Unidad Gerencial de Supervision y Control de Obras de la AATE, mediante Memorandum N° 419-2015MTC/33.1, hace MORDAZA el Informe Tecnico N° 076-2015-RJQ e identifica al sujeto pasivo de la expropiacion; detalla la ubicacion precisa del predio identificado con Codigo TE170, estableciendo los linderos, medidas perimetricas y el area total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; adjunta el informe expedido por la Oficina de Catastro del Registro de Predios de MORDAZA y senala el valor total de la tasacion correspondiente al referido predio; Que, la Oficina de Asesoria Legal de la AATE, mediante Informe N° 250-2015-MTC/33.8, concluye que, estando a lo senalado por la Unidad Gerencial de Supervision y Control de Obras de la AATE, resulta legalmente viable emitir el proyecto de Resolucion Ministerial que apruebe la ejecucion de la expropiacion del predio afectado por el Proyecto y el valor total de la tasacion del mismo, recomendando que se prosiga con el tramite respectivo, para lo cual se adjunta la Certificacion de Credito Presupuestario correspondiente; asimismo, indica que segun la partida registral se verifica que el inmueble presenta una Hipoteca a favor del Banco de Credito del Peru hasta por la suma de US$ 147,724.00 (Ciento Cuarenta y Siete Mil Setecientos Veinticuatro con 00/100 Dolares Americanos), por lo que deberan adoptarse las medidas necesarias para garantizar el pago de dicha hipoteca; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30327, en la Ley N° 30025 y en el Decreto Supremo Nº 021-2007MTC;

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu. com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

4. 5.

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