Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2015 (06/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Sabado 6 de junio de 2015

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En Nuevos Soles DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General

Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 283 727,00), a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015" y la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de emergencia ante la presencia de desastres"; Que, de otro lado, con la promulgacion de la Ley N° 30229, Ley que adecua el uso de las tecnologias de informacion y comunicaciones en el sistema de remates judiciales y en los servicios de notificaciones de las resoluciones judiciales, y que modifica la Ley Organica del Poder Judicial, el Codigo Procesal Civil, el Codigo Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo, se dispuso la obligatoriedad de la notificacion electronica en todos los procesos contenciosos y no contenciosos tramitados ante los organos jurisdiccionales del Poder Judicial; Que, el articulo 155-A del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial senala que, la notificacion electronica es un medio alternativo a la notificacion por cedula y se deriva a MORDAZA electronica de manera obligatoria en todos los procesos contenciosos y no contenciosos tramitados ante los organos jurisdiccionales del Poder Judicial; Que, mediante Oficio N° 2344-2015-P-PJ, el Poder Judicial solicita recursos adicionales destinados para, entre otros, financiar la implementacion del sistema de notificaciones electronicas en seis (06) Sedes de Cortes Superiores de Justicia (CSJ) y un avance en las demas Sedes de las Cortes Superiores de Justicia del Poder Judicial, a nivel nacional; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global dentro del Ministerio de Economia y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas a favor del Pliego 004: Poder Judicial, hasta por la suma de DOCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 929 485,00), para financiar los fines senalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015", la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de emergencia ante la presencia de desastres" y el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y del Poder Judicial, hasta por la suma de DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 213 212,00), destinados a financiar los fines descritos en la parte considerativa de la presente MORDAZA, conforme al siguiente detalle:

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 1 : Recursos Ordinarios 1 115 600,00 17 097 612,00 ------------------18 213 212,00 ===========

GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia GASTOS DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central

006 : Instituto Nacional de Defensa Civil 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil

En Nuevos Soles ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5000502 : Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y a la Reconstruccion 1 : Recursos Ordinarios 5 283 727,00 ------------------5 283 727,00 ===========

GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL PLIEGO 006 PLIEGO 004 : Poder Judicial

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de activos No Financieros TOTAL PLIEGO 004 TOTAL EGRESOS 5005788 : Implementacion del Sistema de Notificaciones Electronicas 1 : Recursos Ordinarios 1 115 600,00 11 813 885,00 ------------------12 929 485,00 =========== 18 213 212,00 ===========

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El titular de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

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