Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2015 (09/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

554682
Partes formaran una Comision Mixta Peruano-Rusa para la cooperacion en el ambito de la proteccion del medio ambiente (denominada en lo sucesivo "la Comision"). Dicha Comision sera presidida por los copresidentes representantes de los organos competentes especificados en el Articulo 4 de este Convenio. La Comision quedara formada por un numero igual de miembros de cada una de las Partes. En el transcurso de seis meses contados a partir de la entrada en MORDAZA de este Convenio, las Partes se informaran reciprocamente de la designacion de los copresidentes de la Comision quienes convocaran su primera sesion dentro primer ano desde la fecha de entrada en MORDAZA de este Convenio. La Comision realizara sus actividades con arreglo al reglamento pendiente de aprobacion en su primera sesion. La Comision elaborara y aprobara programas de cooperacion entre las Partes en las esferas indicadas en el articulo 2 del presente Convenio y ejercera control de su ejecucion. La Comision celebrara sus reuniones cuantas veces sea necesario, pero al menos una vez cada dos anos, alternadamente en la Republica del Peru y la Federacion de Rusia. Articulo 6.- Cuando los representantes de las Partes se desplazan a otro MORDAZA para tomar parte en las sesiones de la Comision, grupos de trabajo mixtos y reuniones, asi como efectuar trabajos en el MORDAZA de los programas de cooperacion aprobados respecto de las actividades estipuladas en el Articulo 2 de este Convenio, la Parte invitada asumira los gastos de viaje, alimentacion y alojamiento. La Parte anfitriona asumira los gastos relacionados con la organizacion y celebracion de sesiones de la Comision, grupos de trabajo y de otros encuentros que se prevean en el plan de trabajo de la Comision. Articulo. 7. Este Convenio no afecta los derechos y obligaciones de cada una de las Partes que se desprenden de otros acuerdos internacionales en los que intervienen como partes la Republica del Peru y la Federacion de Rusia. Articulo 8.- Las Partes podran informarse por los MORDAZA diplomaticos de sus posiciones y evaluaciones respecto de cuestiones que se sometan a consideracion en distintos foros internacionales y, en la medida de lo posible, prestaran reciprocamente su apoyo en la toma de decisiones sobre los problemas en materia de medio ambiente que MORDAZA de su interes. Articulo 9.- A los efectos del intercambio de experiencias, las Partes compartiran toda informacion que resulte necesaria para la ejecucion de las actividades previstas en el articulo 2 de este Convenio. De la misma manera, las Partes procederan respecto de la informacion sobre la celebracion de consultas, seminarios y talleres y otros datos que se soliciten con arreglo a este Convenio. Articulo 10.- En caso de discrepancias entre las Partes con motivo de la interpretacion o uso de las disposiciones de este Convenio, las Partes resolveran las mismas a traves de los MORDAZA diplomaticos mediante negociaciones o consultas. Articulo 11.- El presente instrumento podra ser enmendado por mutuo acuerdo de las Partes. La enmienda formara parte integrante del mismo y se cenira a las mismas formalidades previstas en el articulo 13 para su entrada en vigor. Articulo 12.- La Partes acuerdan que los resultados que se obtengan como consecuencia de las actividades conjuntas de conformidad con este Convenio podran ser transferidos a terceros Estados y sus personas juridicas y naturales solo con el consentimiento escrito de MORDAZA Partes. La informacion que se califica como clasificada por la Republica del Peru y la Federacion de Rusia, no esta sujeta a difusion en el MORDAZA del presente Convenio. Articulo 13.- El presente Convenio entrara en MORDAZA en la fecha de la MORDAZA notificacion cursada por la via diplomatica en la que se informe del cumplimiento de los tramites internos requeridos para tal fin.

El Peruano Martes 9 de junio de 2015

Cualquiera de las Partes podra dar por terminado el Convenio mediante aviso correspondiente por la via diplomatica. En este caso, el presente Convenio finaliza su vigencia pasados los seis meses transcurridos desde la fecha del recibo de tal aviso. La finalizacion de la vigencia de este Convenio no llevara a la finalizacion de los proyectos y programas en ejecucion en el MORDAZA del presente Convenio. Suscrito en la MORDAZA de Moscu, el 07 de noviembre de 2014, en dos ejemplares, en espanol y ruso, y a un solo efecto. (Firma) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU (Firma) POR EL GOBIERNO DE LA FEDERACION DE RUSIA 1247910-1

Entrada en vigencia del Acuerdo para la implementacion del Plan de Desarrollo de la MORDAZA de Integracion Fronteriza entre la Republica del Peru y la Republica de Colombia
Entrada en vigencia del Acuerdo para la implementacion del Plan de Desarrollo de la MORDAZA de Integracion Fronteriza entre la Republica del Peru y la Republica de Colombia, suscrito el 04 de setiembre de 2014, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado mediante Decreto Supremo N° 026-2015-RE, de fecha 27 de MORDAZA de 2015. Entro en MORDAZA el 28 de MORDAZA de 2015. 1247907-1

Entrada en vigencia del "Convenio en Materia de Medio Ambiente entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de la Federacion de Rusia"
Entrada en vigencia del "Convenio en Materia de Medio Ambiente entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de la Federacion de Rusia", suscrito el 7 de noviembre de 2014, en la MORDAZA de Moscu, Federacion de Rusia. Entro en MORDAZA el 11 de MORDAZA de 2015. 1247909-1

Entrada en vigencia del "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Organismo Internacional de Energia Atomica relativo a la prestacion de asistencia en la obtencion de uranio poco enriquecido para un reactor de investigacion"
Entrada en vigencia del "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Organismo Internacional de Energia Atomica relativo a la prestacion de asistencia en la obtencion de uranio poco enriquecido para un reactor de investigacion", suscrito el 23 de febrero de 2015, en la MORDAZA de MORDAZA, y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 023-2015-RE, de fecha 2 de MORDAZA de 2015. Entro en MORDAZA el 22 de MORDAZA de 2015. 1247911-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.