Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (09/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Martes 9 de junio de 2015 554671 CONSIDERANDO: Primero. Que este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 340-2010- CE-PJ, de fecha 11 de octubre de 2010, institucionalizó el denominado “Congreso Internacional sobre Justicia Intercultural” con la fi nalidad de potenciar los espacios de diálogo intercultural, intercambio de conocimientos y experiencias; así como, impulsar las relaciones de coordinación y cooperación entre operadores de la justicia estatal y la jurisdicción especial, asegurando que este esfuerzo tenga carácter permanente. Segundo. Que, asimismo, con el objetivo de promover y consolidar un sistema de justicia intercultural a nivel nacional, el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 499-2012-P-PJ, del 17 de diciembre de 2012, aprobó una Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural. Este documento incorporó los compromisos y acciones de la institución en aras de fortalecer la justicia intercultural en los próximos años. Tercero. Que, dentro del marco señalado precedentemente, con el propósito de desarrollar y monitorear los componentes y acciones establecidos en la Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural, se reconstituyó la Comisión de Trabajo sobre Justicia Indígena y Justicia de Paz del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa N° 082-2015-P-PJ, de fecha 16 de febrero del año en curso. Cuarto. Que, en ese orden de ideas, el Presidente de la Comisión de Trabajo de Justicia Indígena y Justicia de Paz, pone a consideración del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, conforme al acuerdo adoptado en sesión de la citada comisión de trabajo de fecha 2 de marzo del año en curso, su propuesta para la realización del VI Congreso Internacional de Justicia Intercultural en la ciudad de Puno del 21 al 26 de setiembre de 2015; para lo cual solicita que se constituya la comisión que deberá encargarse de su respectiva organización. Quinto. Que, en ese sentido, y de conformidad con las funciones y facultades de este Órgano de Gobierno, corresponde adoptar las medidas pertinentes para la realización del VI Congreso Internacional de Justicia Intercultural materia de la propuesta formulada. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 655-2015 de la vigésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la realización del VI Congreso Internacional de Justicia Intercultural, que se llevará a cabo en la ciudad de Puno. Artículo Segundo.- Delegar al Presidente del Poder Judicial la facultad de señalar las fechas del certamen, participantes, conformar la comisión organizadora y dictar las medidas complementarias que resulten necesarias para su óptimo desarrollo. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Comisión de Trabajo de Justicia Indígena y Justicia de Paz, Cortes Superiores de Justicia del país, Jefe de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y Justicia Indígena, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1248175-1 Amplían competencia de la Comisión de Trabajo para la evaluación y propuesta de modificación de los estándares de expedientes resueltos establecidos en diversas Resoluciones Administrativas, a efectos que proceda al análisis, y si fuera el caso, reformular los estándares de carga de los despachos judiciales RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 164-2015-CE-PJ Lima, 13 de mayo de 2015 VISTOS: El Ofi cio N° 018-2015-CTEPMEER-JLLC-CE/PJ cursado por el señor Consejero José Luis Lecaros Cornejo, Presidente de la Comisión de Trabajo para la evaluación y propuesta de modifi cación de los estándares de expedientes resueltos establecidos en las Resoluciones Administrativas Nros. 245-2012-CE-PJ, 062-2013-CE-PJ y 162-2014-CE-PJ. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 079- 2015-CE-PJ, del 19 de febrero de 2015, se conformó una Comisión de Trabajo para la evaluación y propuesta de modifi cación de los estándares de expedientes resueltos establecidos en las Resoluciones Administrativas N° 245- 2012-CE-PJ, N° 062-2013-CE-PJ y Nº 162-2014-CE- PJ; presidida por el señor Consejero José Luis Lecaros Cornejo. Asimismo, se estableció que la referida Comisión de Trabajo podrá convocar la participación de jueces de otros Distritos Judiciales; y de otros especialistas de la Gerencia General y de la Ofi cina de Productividad Judicial, para el mejor desarrollo de sus funciones; así como a los secretarios técnicos de las Comisiones Distritales de Productividad Judicial y/o responsables del área de estadística, quienes presentarán los aportes técnicos de sus respectivas Cortes Superiores. Segundo. Que, al respecto, el señor Consejero José Luis Lecaros Cornejo solicita que se amplíe la competencia de la referida Comisión de Trabajo, para el análisis y, si fuera el caso, reformulación de los estándares de carga de los despachos judiciales. Dicha propuesta se funda en la intrínseca relación que guardan los estándares de producción con los estándares de carga, lo que hace necesario un pronunciamiento en conjunto de ambos tópicos a efectos de viabilizar con éxito el cumplimiento de las funciones encomendadas. Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, deviene en conveniente aprobar el pedido formulado por el Presidente de la mencionada Comisión de Trabajo. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 659-2015 de la vigésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar la competencia de la Comisión de Trabajo para la evaluación y propuesta de modifi cación