Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2015 (09/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

554668
CONSIDERANDO: Que, la Conferencia Italia-America Latina y el Caribe es un espacio que permite desarrollar y consolidar nuestros vinculos con la Republica Italiana, a traves de su activa participacion desde la realizacion de su primera edicion en el ano 2003; Que, la Septima Conferencia Italia-America Latina y el Caribe, tendra lugar en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Italiana, del 12 al 13 de junio de 2015; Que, en el MORDAZA de esta Conferencia, Italia asume el compromiso de mantener alto el nivel de prioridad de la relacion con los paises de MORDAZA Latina y el Caribe en el seno de la Union Europea, promoviendo fuertemente la finalizacion de las herramientas juridicas necesarias para alcanzar una mayor calidad en las relaciones entre Europa y MORDAZA Latina y el Caribe, lo que es coincidente con la aspiracion peruana de elevar el nivel de su asociacion con la Union Europea; Que, es necesario que el Viceministro de Relaciones Exteriores participe en la referida reunion, a fin de garantizar una adecuada representacion del Peru; Teniendo en cuenta las Hojas de Tramite (GAC) Nº 2754 y (GAC) Nº 2825, del Despacho Viceministerial, de 2 y 4 de junio de 2015, respectivamente; y los Memorandos (DGE) Nº DGE0533/2015, de la Direccion General de Europa, de 4 de junio de 2015, y (OPP) Nº OPP0780/2015 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 5 de junio de 2015, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.º 0562013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUELVE: Articulo 1. Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Viceministro de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Martinetti MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica Italiana, del 12 al 13 de junio de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios, seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representacion Diplomatica y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario, al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasaje Aereo Viaticos Nº de Total Nombres y Apellidos Clase por dia dias Viaticos Economica US$ US$ US$ MORDAZA MORDAZA Martinetti 3 195,00 540,00 2+2 2 160,00 MORDAZA Articulo 3. Dentro de los quince (15) dias calendario, posteriores a su retorno al MORDAZA, el citado funcionario diplomatico debera presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Articulo 4. La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5. Encargar al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

El Peruano Martes 9 de junio de 2015

Director General de MORDAZA, con retencion de su cargo, las funciones del Viceministro de Relaciones Exteriores, a partir del 10 de junio de 2015, y mientras dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 1247894-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Oficializan evento denominado "No al trabajo infantil, si a la educacion de nuestros ninos", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 133-2015-TR MORDAZA, 8 de junio de 2015 VISTOS: El Memorandum N° 287-2015-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo, el Oficio N° 5322015-MTPE/2/15 de la Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y el Informe N° 767-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promocion del empleo, ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en materias; entre otras, sociolaborales, derechos fundamentales en el ambito laboral, seguridad y salud en el trabajo; asimismo, realiza seguimiento, monitoreo y evaluacion respecto al desempeno y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, asi como, adoptar las medidas correspondientes; Que, en el MORDAZA del Convenio N° 138, que demanda a los paises el diseno e implementacion de una politica nacional de abolicion efectiva del trabajo de ninos y ninas, mediante Decreto Supremo N° 015-2012-TR, se aprueba la "Estrategia Nacional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil 2012-2021"- ENPETI, que contiene entre sus ejes estrategicos, el Eje N° 3: Tolerancia social; estableciendo como objetivo especifico reducir la tolerancia social al trabajo infantil; Que, la Organizacion Internacional del Trabajo instituyo en el ano 2002, que cada 12 de junio se conmemore el Dia Mundial contra el Trabajo Infantil (World Day Against Labour), dia que ofrece la oportunidad de captar mas apoyo para la MORDAZA en contra del trabajo infantil por parte de los gobiernos y de los interlocutores sociales de la OIT, la sociedad civil y las demas partes interesadas, incluidas las escuelas, los grupos de jovenes y de mujeres, y los medios de comunicacion, centrando su atencion para este ano, particularmente en la importancia de una educacion de calidad como un factor clave en la lucha contra el trabajo infantil; Que, el articulo 52 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0042014-TR, senala que la Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo es el organo de linea responsable de formular las politicas publicas y funciones sustantivas orientadas a la promocion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.