Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2015 (09/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

554680
b. Proponer lineamientos tecnicos para la elaboracion de proyectos binacionales. c. Coordinar y apoyar la elaboracion de los estudios de preinversion de los proyectos. d. Coordinar con las instancias correspondientes la adecuada ejecucion de los proyectos del Plan. e. Realizar la supervision y evaluacion permanente de la ejecucion del Plan. f. Presentar informes de avance de los programas y proyectos a la Comision Binacional para la MORDAZA de Integracion Fronteriza. g. Definir, priorizar y apoyar la aplicacion de herramientas necesarias para la adecuada ejecucion del Plan. h. Proponer las modificaciones y actualizaciones del Plan. i. Convocar a las reuniones de la Comision Binacional, por encargo de la Presidencia, de forma previa a la celebracion del Gabinete Binacional o cuando las circunstancias lo requieran. j. Articular y acompanar al Comite Local de Gestion en el desarrollo de sus funciones. k. Convocar las reuniones del Comite Local de Gestion. l. Otras que le encomiende la Presidencia de la Comision Binacional para la MORDAZA de Integracion Fronteriza. Articulo 6 1. El Comite Local de Gestion esta integrado por las instituciones regionales y locales de cada Estado, segun corresponda al ambito y a la tematica a tratar y de conformidad con la normativa interna de las Partes relacionada a la politica de integracion y desarrollo fronterizo. Sera convocado por la Secretaria Ejecutiva. 2. El Comite Local de Gestion tiene las siguientes funciones: a. Proponer programas y proyectos del Plan, a traves de la Secretaria Ejecutiva. b. Promover que los programas y proyectos del Plan MORDAZA ejecutados de forma articulada. Articulo 7 El Plan de Desarrollo de la MORDAZA de Integracion Fronteriza aprobado por los Ministros de Relaciones Exteriores en la declaracion conjunta del 24 de junio de 2013 constituye el instrumento orientador de las acciones conjuntas en materia de integracion y desarrollo fronterizo. Articulo 8 La ejecucion de los programas y proyectos del Plan sera acordada por las Partes de conformidad con sus respectivas legislaciones. Articulo 9 Las Partes consideraran la conformacion de un fondo binacional para el financiamiento de los programas y proyectos del Plan. Articulo 10 Cualquier controversia que pueda surgir sobre la interpretacion o implementacion del presente Acuerdo, sera resuelta por las Partes de manera amistosa, por la via diplomatica. Articulo 11 El presente Acuerdo podra ser enmendado, en cualquier momento, por mutuo consentimiento de las Partes y de forma escrita. Las enmiendas entraran en MORDAZA en la forma prevista para la entrada en MORDAZA del presente Acuerdo. Articulo 12

El Peruano Martes 9 de junio de 2015

El presente Acuerdo entrara en MORDAZA en la fecha de recepcion de la MORDAZA notificacion en la que una de las Partes comunique a la otra el cumplimiento de los procedimientos legales exigidos por sus respectivos ordenamientos juridicos internos. Articulo 13 El presente Acuerdo tendra una duracion indefinida, salvo que sea denunciado por cualquiera de las Partes, a traves de la via diplomatica. La denuncia surtira efecto sesenta (60) dias despues de la fecha de recepcion de la notificacion de la Parte que expresa su voluntad de darlo por terminado a la otra Parte. La denuncia no afectara las iniciativas, programas y proyectos que en virtud del presente Acuerdo se encuentren en ejecucion, salvo que las Partes acuerden algo distinto. Firmado en MORDAZA, Peru el 04 de setiembre de 2014 y en Bogota D.C., Colombia, el 29 de agosto de 2014, en dos originales en idioma espanol, siendo ambos igualmente autenticos. Por la Republica del Peru (firma) MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores Por la Republica de Colombia (firma) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 1247908-1

Convenio en Materia de Medio Ambiente entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de la Federacion de Rusia
El Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Federacion de Rusia, denominados a continuacion como "las Partes"; Deseando fortalecer, desarrollar y diversificar las relaciones bilaterales entre los dos Estados; Conscientes de la importancia del desarrollo sostenible en materia de proteccion y preservacion del medio ambiente, la salud y el bienestar de las generaciones presentes y futuras; Promoviendo los compromisos de contribuir al intercambio entre los organismos del Poder Ejecutivo de ambos Estados en diferentes areas, incluyendo la proteccion del medio ambiente con el fin de profundizar la cooperacion bilateral y coordinar sus actividades; Tomando en cuenta los acuerdos adoptados por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo celebrada en Rio de Janeiro, en junio de 1992, y la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible celebrada en Johannesburgo, en agosto de 2002; Basandose en los principios y recomendaciones aprobados en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible "Rio+20" (Rio de Janeiro, 2012); Convencidos que la cooperacion entre las Partes en materia de medio ambiente es mutuamente ventajosa y contribuye al fortalecimiento de la amistad entre los dos Estados; Conscientes de la necesidad de profundizar la cooperacion tecnica en materia de proteccion del medio ambiente;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.