Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2015 (09/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CONSIDERANDO: El Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Poder Judicial aprobado con Resolucion Administrativa N° 265-2012-CE-PJ, dispone en el rubro veintitres el procedimiento de inscripcion y reinscripcion de martilleros publicos en cada Distrito Judicial, las mismas que deben realizarse anualmente. El articulo 4° del Reglamento de la Ley del Martillero Publico, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005JUS, dispone que "Todo Martillero Publico mantendra su inscripcion vigente mediante la habilitacion anual para el ejercicio de sus funciones"; por lo que, previa a dicha habilitacion, debe realizarse la convocatoria a inscripcion. En ese sentido, por Resolucion Jefatural N° 071-2015SUNARP-Z.R.N° IX/JEF, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 01 de Marzo de 2015, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos dispuso la habilitacion anual de los Martilleros Publicos alli indicados para el presente ano. Asi, por Resolucion Administrativa N° 362-2015-PCSJLIMASUR/PJ, de fecha 13 de marzo de 2015, expedida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, se dispuso convocar a la inscripcion y reinscripcion de los interesados para integrar la nomina de Martilleros Publicos, correspondiente al periodo judicial 2015. Mediante Informe N° 024-2015-SJ-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 14 de MORDAZA de 2015, el responsable de la Oficina de Servicios Judiciales, remite la relacion de los Martilleros Publicos que cumplieron con presentar su solicitud de inscripcion y reinscripcion, ante esta Corte Superior de Justicia, observando los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial. En este contexto, luego de la evaluacion de los referidos legajos e informes respectivos, corresponde aprobar la relacion de Martilleros Publicos aptos para integrar la Nomina de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur para el presente ano judicial, con la finalidad de que los Martilleros Judiciales queden habilitados para ser designados a traves del Sistema Informatico, en los remates senalados en los procesos por los diversos Organos Jurisdiccionales, segun corresponda. El presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la politica interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de Justicia en pro de los justiciables. Por tanto en uso de sus facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Articulo 90 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la relacion de Martilleros Publicos aptos para integrar la Nomina de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur para el presente ano judicial 2015, conforme al siguiente detalle:
N° 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 NOMBRE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GASTTONI CHUMIOQUE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SCHRODER MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARZOTTI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA IPENZA NEGRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAFITTE LAMAS MORDAZA MORDAZA SOBREVILLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA USURIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA TAY DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA OSNAYO MORDAZA MORDAZA ESMILDA PANESI MORDAZA MORDAZA MORDAZA PISFIL MORDAZA MORDAZA MORDAZA N° REG. MARTILLERO 319 303 326 323 293 197 193 159 206 280 195 257 214 213 304 152 302 237 224 105 180 130 307 N° 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 NOMBRE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUQUIZUTA WILDER MORDAZA RONAMI MORDAZA MORDAZA MORDAZA WONG MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NASSIF MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CUZCANO MORDAZA MORDAZA MORDAZA TAMAYO MORDAZA COLBERT MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASDEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUMPITASSI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA EMILARDO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

El Peruano Martes 9 de junio de 2015

N° REG. MARTILLERO 314 274 317 226 151 111 097 145 205 127 154 146 209 324 313 196 241 184 142

Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Servicios Judiciales ingrese al Sistema Informatico respectivo la relacion MORDAZA descrita; con el proposito de que los Jueces de este distrito judicial, designen a los Martilleros Judiciales, a traves del uso del sistema informatico MORDAZA referido; esta designacion debera ser comunicada por los magistrados a la Oficina de Servicios Judiciales a efectos de realizar el monitoreo de las designaciones y labores realizadas. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, Superintendencia Nacional de Registros Publicos ­ SUNARP, Oficina de Administracion Distrital de esta Corte Superior de Justicia y Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA CARTOLIN MORDAZA Presidente 1247876-1

ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidor de la Municipalidad Distrital de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 150-2015-JNE Expediente Nº J-2015-0145-C01 CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO SUPE PUERTO - BARRANCA - MORDAZA MORDAZA, veintiseis de MORDAZA de dos mil quince. VISTO el Acuerdo de Concejo Nº 028-2015-CDSP, de fecha 7 de MORDAZA de 2015, mediante el cual se aprobo suspender a MORDAZA Charly MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, por haber incurrido en la causal referida a contar con un mandato de detencion, estipulada en el inciso 3 del articulo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades.

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