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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (12/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Viernes 12 de junio de 2015 554841 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP); Que, en el Informe Técnico – Legal N° 009-2015- MML-GPIP-SGCPP-AL, de fecha 18 de mayo de 2015, se señala que, en relación a la información exigida conforme a lo dispuesto en los literales a) y b) del numeral 5.4 del Artículo 5° de la Ley N° 30025, se ha cumplido con efectuar la identifi cación del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiación, así como la identifi cación precisa del bien a expropiar, en base a la información contenida en el expediente indicado en el Cuadro 1. La identifi cación del sujeto activo, del sujeto pasivo y del bien a ser expropiado se detalla en el Anexo 1 que forma parte del presente Acuerdo; De conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización, y de Asuntos Legales, en su Dictámenes N° 57-2015-MML- CMAEO y 31-2015-MML-CMAL; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar el valor total de tasación del inmueble afectado por la ejecución del Proyecto Vías Nuevas de Lima que se detalla en el Anexo 1, el mismo que se indica en el siguiente cuadro: Nº Partida Registral / Expediente Área a Expropiar Valor de Tasación (1) 10% del Valor de Tasación (2) Valor Total de Tasación (1) + (2) 1 Partida N° 49084874 Exp, N° PN-O-030 888.14m2 S/. 2,540,080.40 S/. 254,008.04 S/. 2,794,088.44 Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada que ejecute el proceso de expropiación en la etapa del trato directo, a que se refi ere el Artículo 4° de la Ley N° 30025 y, por tanto, inicie las negociaciones para la adquisición del predio que se indica en el Anexo 1 del presente Acuerdo, siempre y cuando se hayan cumplido los presupuestos establecidos en la Ley N° 30025. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada efectuar la notifi cación a la que se refi ere el literal c) del numeral 5.4 del Artículo 5° de la Ley N° 30025, debiendo notifi car el presente Acuerdo de Concejo al propietario del inmueble a ser expropiado, conforme se indica en el Anexo 1, el mismo que será publicado en las páginas web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe) y de la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada (www.munlima.gob.pe/gerencia-de- promocion-de-la-inversion-privada). Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada efectuar la anotación preventiva de la expropiación ante la correspondiente Ofi cina Registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, conforme a lo establecido en el literal d) del numeral 5.4 del artículo 5º de la Ley Nº 30025. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo publicar el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, y en las páginas web de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1249581-1 MUNICIPALIDAD DE LURÍN Ordenanza que aprueba la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 295 /ML Lurín, 25 de mayo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 20 de mayo de 2015, el Informe Nº 079-2015-GPPR/ML de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, y el Informe Nº 74-2015-GAJ/ML de la gerencia de Asesoría Jurídica, referido a la aprobación de la modifi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Lurín (ROF), y; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, el Gerente Municipal, pone a consideración del Concejo Municipal, el Proyecto de Ordenanza Municipal para aprobar las modifi caciones de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lurín. Que, el numeral 3º del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, y; Que, el proceso de reestructuración conlleva a defi nir los roles de las diferentes componentes de la organización, mediante instrumentos normativos que garanticen coherencia, armonía y formalidad a la gestión municipal, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM de fecha 26 de julio de 2006, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la entidades del Estado. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 260/ML, de fecha 19 de marzo del 2013 se aprobaron la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Lurín. Que, esta propuesta fue analizada por el Concejo Municipal; efectuándose cambios al proyecto inicial de la ordenanza en mención; y que estando a lo expuesto de conformidad con lo establecido con los numerales 3); 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, aprobó por MAYORIA la siguiente ordenanza con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN Artículo Primero.- APROBAR las modifi caciones realizadas y acordadas por el Concejo Municipal en la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Lurín, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Lurín, que consta de Seis (06) Títulos, Ciento Setenta y Cuatro (174) Artículos y Seis (06) Disposiciones Complementarias. Artículo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia de Planifi cación Presupuesto y Racionalización elabore la propuesta de la modifi cación de los demás documentos de gestión en un plazo de noventa (90) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y Anexo que forman parte integrante de la misma, en el Portal Web Institucional de la Municipalidad de Lurín y en el Portal del Estado Peruano. Artículo Quinto.- DERÓGUESE toda disposición de igual o de menor nivel que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Sexto.- La presente ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSE ENRIQUE ARAKAKI NAKAMINE Alcalde