Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2015 (12/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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El Peruano Viernes 12 de junio de 2015

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban la inclusion de Procedimientos del Equipo de Fiscalizacion, Control y Vigilancia en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de MORDAZA Direccion Regional de Salud - Direccion de Medicamentos, Insumos y Drogas
ORDENANZA REGIONAL N° 003-2015-CR/GRM
MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2015 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria N°04-2015 del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, con fecha trece de MORDAZA del dos mil quince, aprobo la siguiente, Ordenanza Regional; y CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191, establece que los gobiernos regionales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia: Que, el articulo 197° de la Constitucion Politica del Peru, y 2° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8°, preve que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia . Que, por Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley 27902, se establece que es mision de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestion publica regional para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, aplicando coherente y eficazmente las politicas e instrumentos de desarrollo economico y social. Que, la Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativos Generales, en su articulo 30°, advierte que los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante las entidades para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, (...). Cada entidad senala estos procedimientos en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA,(...)"; Que, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, que aprueba lineamientos para la elaboracion y aprobacion de MORDAZA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, en su articulo 15° prescribe que, las entidades deberan aprobar su MORDAZA como sigue: (...) Gobierno Regional y sus Organismos Publicos Descentralizados (incluidos los procedimientos de las Direcciones Regionales Sectoriales) por Ordenanza Regional. Que, el articulo 37 de la Ley 27444, establece el contenido del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de todas las entidades del Sector Publico, asi como el articulo 38 de la Ley N° 27444, dispone que cada dos anos las entidades estan obligadas a publicar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos bajo responsabilidad y el numeral 38.1 del articulo de la Ley MORDAZA glosada, determina que los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) de los Gobiernos Regionales deben ser aprobados mediante Ordenanza Regional. Que, el D.S. N° 062-2009-PCM, senala que el formato aprobado mediante el presente, es el unico medio por el cual las entidades, difundiran, los procedimientos administrativos, requisitos, plazos, derechos de tramitador, entre otros legalmente se encuentren obligadas a solicitar a los ciudadanos en cumplimiento de la Ley 27444. Que, la Ley N° 29459, Ley de los Productos

Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, MORDAZA que define y establece los principios, normas, criterios y exigencias basicas sobre los productos farmaceuticos, dispositivos medicos y productos sanitarios de uso en seres humanos, en concordancia con la Politica Nacional de Salud y la Politica Nacional de Medicamentos, las cuales deben ser consideradas por el Estado prioridades dentro del conjunto de politicas sociales que permitan un acceso oportuno, equitativo y con calidad a los servicios de salud. Al MORDAZA de los D.S. N° 014-2011-SA, Reglamento de Establecimientos Farmaceuticos y el D.S. N° 016-2011SA; Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmaceuticos, dispositivos medicos y productos sanitarios; D.S. 023-2001-SA, Reglamento de Estupefacientes, psicotropicos y otras sustancias sujetas a fiscalizacion sanitaria; y, R.M. N°585-99-SAjDM, Manual de Buenas Practicas de Almacenamiento, en establecimientos farmaceuticos, publicos y privados.; debe modificarse, actualizarse la totalidad de procedimientos del Equipo de Fiscalizacion, Control y Vigilancia Sanitaria contemplados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion de Medicamentos, Insumos y Drogas de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, en base a la normatividad vigente. El Informe N° 014-2015-DRSM-AS}U, del area de Asesoria Juridica de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, quien manifiesta que se encuentra conforme a las normas de la materia y conforme al articulo 15 del D.S. N° 079-2007-PCM se debe remitir el MORDAZA de la DEMID ­ DIRESA MORDAZA, para su aprobacion mediante Ordenanza Regional. El Informe Tecnico N° 018-DRSM-DPPC, elaborado por la Direccion de Planeamiento, Prevencion y Control de la Direccion Regional de Salud, quien manifiesta que deben modificare y actualizarse la totalidad de procedimientos, debido a la normatividad vinculada al MORDAZA del 2009 se encuentra derogada y el incumplimiento de la normativa MORDAZA como consecuencia la aplicacion de las sanciones administrativas segun el articulo 50 de la Ley N° 29459. Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias en Sesion Ordinaria N° 04-2015 del 13 de Marzo del 2015; Por votacion Unanime de sus miembros y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta. Ha dado la Siguiente Ordenanza Regional:

ORDENANZA QUE APRUEBA "LA INCLUSION DE PROCEDIMIENTOS DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA - LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD DIRECCION DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DROGAS" Articulo Primero.- APROBAR la INCLUSION de Procedimientos del Equipo de Fiscalizacion, Control y Vigilancia en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de MORDAZA - Direccion Regional de Salud - Direccion de Medicamentos, Insumos y Drogas (TUPA), segun normatividad vigente; y, que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano, debiendo publicarse ademas, el integro del MORDAZA en el MORDAZA web del Gobierno Regional de Moquegua. Articulo Tercero.- DEJESE sin efecto cualquier disposicion regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
POR TANTO: Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Registrese, comuniquese y cumplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Moquegua. a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se Publique y Cumpla, Dado en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los Siete dias del Mes de MORDAZA del Ano Dos Mil Quince. MORDAZA MORDAZA EURIBE MORDAZA Vicepresidente Regional

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