Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2015 (12/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Viernes 12 de junio de 2015

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Que, el numeral 6.1, del articulo 6 de la Ley N°30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el ano fiscal 2015, autoriza a los Gobiernos Regionales a culminar el MORDAZA de nombramiento de los profesionales de la salud y de los tecnicos y auxiliares asistenciales de la salud a que se refiere el literal g) del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, bajo las mismas condiciones y requisitos previstos en el citado literal de la mencionada ley, hasta el 31 de MORDAZA del 2015. Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2014-SA, se aprobo los Lineamientos para el MORDAZA de nombramiento de los Profesionales de la Salud y de los Tecnicos y Auxiliares Asistenciales de la Salud del Ministerio de Salud, que prestan servicios en el Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 8, numeral 8.1, literal g) de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, con la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N°2342014-SERVIR/PE, se adiciono el numeral 4.8 a la Directiva N°001-2014-SERVIR/GPGSC, "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades", que comprende las reglas basicas para la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional - CAP Provisional; el mismo que indica que lo dispuesto en el numeral 5.4 referido al Informe Tecnico de aprobacion del CAP Provisional emitido por SERVIR, no es de aplicacion a las entidades de nivel regional y local y que una vez aprobado el CAP Provisional, la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad de nivel regional o local, debera remitir una MORDAZA del mismo al SERVIR, quien a traves de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos queda facultado para realizar observaciones sustantivas y de forma -ex post- al CAP Provisional aprobado, en el MORDAZA de las atribuciones establecidas en el Decreto Legislativo N°1023; Que, mediante Informe N°077-2015-EVM-DRAJ/ GR.MOQ, de la Direccion Regional de Asesoria Juridica se concluye que conforme a la normatividad establecida para el nombramiento de hasta el 20% de los profesionales de la salud y de los tecnicos y auxiliares asistenciales de la salud es procedente la aprobacion del CAP Provisional de la Direccion Regional de Salud MORDAZA y Organos Desconcentrados, mediante Ordenanza Regional, en situacion comparada a otras regiones. Que, mediante Dictamen N° 003-2015-CR/COPPOTGRM, los miembros de la comision por Unanimidad dictaminan que el Consejo Regional apruebe el CAP Provisional de la Direccion Regional de Salud MORDAZA y organos desconcentrados, mediante Ordenanza Regional. Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias en Sesion Extraordinaria Nº11-2015 del 19 de MORDAZA del 2015; Por votacion Unanime de sus miembros y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta. HA DADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:

Aprueban el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional de la Direccion Regional de Salud MORDAZA y sus Organos Desconcentrados
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2015-CR/GRM
MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2015 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria N° 11-2015 del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, con fecha diecinueve de MORDAZA del dos mil quince, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; y CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191, establece que los gobiernos regionales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8°, preve que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15° literal a), establece como una atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo, el articulo 38° prescribe que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, mediante la Ley N° 30057, se aprobo la Ley del Servicio Civil, la misma que en la Cuarta Disposicion Complementaria Final establece que el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP y el Presupuesto Analitico de Personal - PAP seran sustituidos por el instrumento de gestion denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, la Duodecima Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N°040-2014-PCM, senala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se establecera la progresividad de la implementacion de la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades; mientras que la Unica Disposicion Complementaria Derogatoria de la misma MORDAZA, derogo el Decreto Supremo N°043-2004-PCM, que aprobo los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva N°152-2014-SERVIRjPE, modificada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/PE, se aprobo la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC, "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades", que comprende las reglas basicas para la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional - CAP Provisional; Que, en el numeral 4.7 de la Directiva MORDAZA mencionada se establece que aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designacion y contratacion previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico u otra MORDAZA nacional con rango de ley, podran hacer ajustes a su Cuadro para Asignacion de Personal, con la aprobacion de un Cuadro para Asignacion de Personal Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico; Que, a traves del literal g) del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley N°30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se exceptuo de la prohibicion de nombramiento, el supuesto de nombramiento de hasta el 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153, de los profesionales de la salud y de los tecnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, disponiendo que mediante decreto supremo se estableceran los criterios y el procedimiento para llevar a cabo dicho proceso;

QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL - CAP P DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD DIRESA MORDAZA Y ORGANOS DESCONCENTRADOS,
SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional de la Direccion Regional de Salud MORDAZA y sus Organos Desconcentrados, segun se detalla: Direccion Regional de Salud: 227 cargos clasificados (167 ocupados y 60 previstos); Direccion de Red de Salud Moquegua: 515 cargos clasificados (355 ocupados y 160 previstos); Hospital Regional Moquegua: 324 cargos clasificados (200 ocupados y 124 previstos); Direccion de Red de Salud Ilo: 284 cargos clasificados (183 ocupados y 101 previstos); Hospital Ilo: 240 cargos clasificados (200 ocupados y 40 previstos); conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo 2°. - De la Publicacion La presente Ordenanza Regional y los MORDAZA de Asignacion de Personal Provisionales aprobados, seran publicados en el MORDAZA de la Direccion Regional de Salud MORDAZA y en el MORDAZA Web del Gobierno Regional de MORDAZA, al dia siguiente de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano y

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