Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2015 (12/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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de Servicios Judiciales y Recaudacion de la Gerencia General del Poder Judicial, la implementacion, difusion y cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

El Peruano Viernes 12 de junio de 2015

de sus respectivas instituciones, con fecha 21 de MORDAZA del ano en curso, se reunieron con motivo de la inauguracion del Servicio de Orientacion al Adolescente (SOA) del Distrito de Independencia, y suscribieron la citada acta de compromiso. Quinto. Que el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 6752015 de la vigesimo setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear, en via de regularizacion, el Centro Juvenil de Medio Abierto - Servicio de Orientacion al Adolescente (SOA) en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, con sede en el Distrito de Independencia. Articulo Segundo.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, y a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las medidas administrativas en relacion a la implementacion de la presente resolucion; a fin de viabilizar en forma inmediata su ejecucion y cumplimiento. Articulo Tercero.- La Gerencia de Centros Juveniles asumira la supervision, capacitacion, orientacion y seguimiento del Centro Juvenil de Medio Abierto - Servicio de Orientacion al Adolescente (SOA) en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, con sede en el Distrito de Independencia, de conformidad con el "Sistema de Reinsercion Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal" y normatividad de la materia. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, Gerencia General del Poder Judicial y a la Gerencia de Centros Juveniles, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente

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Crean el Centro Juvenil de Medio Abierto - Servicio de Orientacion al Adolescente (SOA) en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 167-2015-CE-PJ
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 VISTO: El Oficio N° 401-2015-GCJ-GG-PJ cursado por la Gerente de Centros Juveniles de la Gerencia General del Poder Judicial, por el cual remite propuesta de creacion del Centro Juvenil de Medio Abierto - Servicio de Orientacion al Adolescente (SOA) en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 190-2013-CE-PJ, de fecha 28 de agosto de 2013, este Organo de Gobierno, entre otras medidas, dispuso la replica del modelo de Centros Juveniles de Medio Abierto - Servicio de Orientacion al Adolescente (SOA) en los Distritos Judiciales del pais. Asimismo, establecio que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia deberan coadyuvar a la instalacion de este MORDAZA de Centro Juvenil en su jurisdiccion, debiendo para el efecto conseguir el espacio fisico para su funcionamiento, a traves de la suscripcion de convenios interinstitucionales con los Gobiernos Regionales y Locales; y con instituciones publicas y privadas, en coordinacion con la Gerencia de Centros Juveniles del Poder Judicial. Segundo. Que, el proposito de la citada resolucion administrativa es brindar a los jueces de la especialidad la alternativa de imponer medidas socioeducativas no privativas de la MORDAZA, como MORDAZA asistida, MORDAZA restringida y prestacion de servicios a la comunidad, en cumplimiento a lo estipulado en el Codigo de los Ninos y Adolescentes. Asimismo, en concordancia con la Resolucion Administrativa N° 081-2011-P-PJ, del 9 de febrero de 2011, que recuerda a los jueces y juezas de familia, bajo responsabilidad, que el internamiento preventivo de adolescentes infractores de la ley penal no es la unica que puede dictarse, sino que debe ser la MORDAZA alternativa a la cual recurrir. Tercero. Que, dentro de ese contexto, ante la falta del Centro Juvenil respectivo en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, las medidas socioeducativas deben ser cumplidas en el Centro Juvenil de Diagnostico y Rehabilitacion de Lima. En esa direccion, dicho centro juvenil alberga actualmente a 185 adolescentes con medidas socioeducativas de internacion, mientras que el Servicio de Orientacion al Adolescente (SOA) MORDAZA, al mes de marzo ha atendido a 150 adolescentes con medida socioeducativa abierta, impuestas por jueces provenientes del Distrito Judicial de MORDAZA Norte. Cuarto. Que, sobre el particular, es menester precisar que mediante Acta de Compromiso para la Implementacion del Servicio de Orientacion al Adolescente en Conflicto con la Ley en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte, el Presidente del Poder Judicial y el MORDAZA de la Municipalidad del Distrito de Independencia, cada uno en representacion

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Modifican las RR. Adms. Nºs. 031-2013CE-PJ, 169-2011-CE-PJ y 084-2013CE-PJ, en el MORDAZA de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00006-2009-PI/TC
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 173-2015-CE-PJ
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Oficio Nº 015-2015-EEC-CNMA-CE-PJ cursado por el senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Coordinador Nacional de Meritocracia y Antiguedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; e Informe N° 052-2015-GA-PPJ, presentado por el Jefe del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que la Ley N° 29277, Ley de la MORDAZA Judicial, publicada el 7 de noviembre del ano 2008, en su unica Disposicion Complementaria Modificatoria, modifico el articulo 219° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial con el siguiente texto: "(...) Articulo 219.-

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