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El Peruano Viernes 12 de junio de 2015 554838 (…) 23. Otras funciones que le asigne el Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental. SUBGERENCIA DE RECURSOS NATURALES Artículo 153°.- La Subgerencia de Recursos Naturales es la unidad orgánica responsable de implementar las estrategias metropolitanas de conservación de ecosistemas y agroecosistemas, de diversidad biológica y de adaptación y mitigación del cambio climático, incluyendo el manejo de las áreas naturales protegidas de su competencia y la gestión de recursos hídricos. Está a cargo de un Subgerente quien depende del Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental. Artículo 154°.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Recursos Naturales, las siguientes: (…) 17. Otras funciones que le asigne el Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental. SUBGERENCIA DE OPERACIONES Artículo 154°-A.- La Subgerencia de Operaciones es la unidad orgánica responsable de asegurar la adecuada prestación de los servicios de recolección y disposición fi nal de residuos sólidos, la implementación de intervenciones de revaloración de residuos, reciclaje y minimización de los mismos, del mantenimiento de las áreas verdes, las veredas y mobiliario urbano y de promover el pintado de las fachadas de los inmuebles en el Cercado de Lima. Está a cargo de un Subgerente quien depende del Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental. Artículo 154°-B.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Operaciones, las siguientes: (…) 17. Otras funciones que le asigne el Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental.” Artículo Cuarto.- Publicación Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segunda.- Modifi cación de denominación de unidades de organización existentes: A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, toda mención referida a la Gerencia del Ambiente y/o sus Subgerencias, en ordenanzas, decretos de alcaldía, resoluciones, contratos y convenios suscritos por la Municipalidad Metropolitana de Lima y demás disposiciones, debe entenderse referidas a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental y/o sus Subgerencias que conforman su estructura. A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, toda mención referida a la Ofi cina General de Control Institucional, en ordenanzas, decretos de alcaldía, resoluciones, contratos y convenios suscritos por la Municipalidad Metropolitana de Lima y demás disposiciones, debe entenderse referidas al Órgano de Control Institucional. Tercera.- Organigrama de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Apruébese la actualización del Anexo N° 1 - Organigrama de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual forma parte de la presente Ordenanza. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Encárguese a la Gerencia de Planifi cación para que, posterior a la publicación de la presente Ordenanza, disponga e implemente las acciones administrativas necesarias para la modifi cación del Clasifi cador Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima para el año fi scal 2015, aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 140, de fecha 03 de junio del 2014. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróguense todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Lima, 4 de junio de 2015. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1249344-1 Modifican la Ordenanza Nº 568, que aprobó procedimiento para el pago de deuda tributaria y no tributaria en bienes y/o servicios ORDENANZA N° 1886 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 4 de junio de 2015, el Dictamen N° 61-2015-MML-CMAEO, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO TERCERO E INCORPORA LA QUINTA DISPOSICIÓN FINAL COMPLEMENTARIA DE LA ORDENANZA Nº 568 Y MODIFICATORIAS Articulo Primero.- Modifíquese los siguientes artículos de la Ordenanza Nº 568 y modifi catorias, en los términos siguientes: Artículo Tercero.- Sujetos comprendidos Podrán acogerse al presente régimen de pago, todas las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, patrimonios autónomos u otras sociedades irregulares, titulares de deudas tributarias y no tributarias incluidas las correspondientes al ejercicio vigente, que se encuentren califi cadas por el SAT y que se ajusten a las condiciones establecidas para este régimen en la presente ordenanza. Lo señalado también será de aplicación a los fraccionamientos otorgados por dichos conceptos, así como a otras facilidades de pago autorizadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Quinta.- Mediante Resolución de la Gerencia de Administración, refrendada por la Subgerencia de Logística Corporativa, se aprobarán las normas y procedimientos específi cos de las fases de aprobación, contratación, valorización, entrega, supervisión e informe de los bienes y servicios entregados en pago de deuda tributaria y no tributaria, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Las solicitudes de pago en bienes muebles, inmuebles, valores y servicios que se encuentran en trámite se adecuarán a las disposiciones aprobadas en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Precisar que toda referencia realizada a la Dirección de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y las Ofi cinas de Finanzas y Planifi cación, deben entenderse hechas a la Subgerencia de Logística Corporativa y las Gerencias de Finanzas y Planifi cación, respectivamente, de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- Mediante Decreto de Alcaldía se aprobará el Texto Único Ordenado de la Ordenanza Nº 568. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 4 de junio de 2015. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1249345-1