Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2015 (14/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA 14 de junio de 2015

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las actividades, la celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario 2015, a realizarse el dia 04 de MORDAZA del presente ano a las 10:00 a.m. horas; en la Alameda de la Solidaridad sito en el Sector 2, Grupo 15 s/n, Av. Revolucion con MORDAZA del distrito de MORDAZA El Salvador; Que, con Informe Nº 027-2015-GSMGA/MVES la Gerencia de Servicios Municipales y Gestion Ambiental manifiesta que dicha actividad se ha programado con el fin de brindar al poblador los mecanismos legales para que las parejas puedan regularizar su situacion de convivencia, y a la vez ofrecer todas las facilidades a los vecinos que deseen unirse en matrimonio civil accedan al mismo, y fortalezcan la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, con Informe Nº125-2015-UP-OPRP/MVES, la Unidad de Presupuesto, senala que la propuesta para la realizacion del "I Matrimonio Civil Comunitario 2015", cuenta con la disponibilidad presupuestaria para su realizacion por el monto ascendente a S/. 14,500.00 (Catorce Mil Quinientoscon 00/100 nuevos soles); Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 136-2015-OAJ/MVES opina senalando que es procedente la emision del Decreto de Alcaldia que apruebe la realizacion y celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario 2015 en el distrito de MORDAZA El Salvador; Estando a lo expuesto, y contando con el visto favorable de la Oficina de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la realizacion del I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2015, programado para el dia Sabado 04 de MORDAZA del 2015, a las 10:00 horas; en la Alameda de la Solidaridad, sito en el Sector 2, grupo 15 s/n, Av. Revolucion con MORDAZA del distrito de MORDAZA El MORDAZA, conforme a los fundamentos expuestos en el presente. Articulo Segundo.- Para efecto de lo dispuesto en el articulo precedente, los interesados deberan presentar los siguientes requisitos, en cumplimiento del TUPA: - Original y fotocopia simple de D.N.I (ambos contrayentes). Si uno de los contrayentes figura en su DNI domicilio de otro distrito debera traer la Declaracion Jurada de Solteria con firma legalizada por Notario. - Acta y/o Partida de Nacimiento original y actualizada (ambos contrayentes). Si el Acta fuera de provincia debera tener una antiguedad MORDAZA de 5 anos, si es de la jurisdiccion de MORDAZA la antiguedad minima sera de 6 meses. - Declaracion Jurada de domicilio simple (de cada uno de los contrayentes). - MORDAZA Simple de D.N.I. de dos testigos (no familiares) que conozcan a los contrayentes por mas de 2 anos. - Certificado Medico (Serologia y Consejeria ETS) S/.33.40 (ambos contrayentes). En caso de convivientes y que tengan hijos en comun, bastara con la MORDAZA del Acta de Matrimonio Articulo Tercero.- DISPENSAR a la Sub Gerencia de Registro Civil del requisito de la publicacion del Edicto Matrimonial a que se refiere el articulo 250º del Codigo Civil (Edictos matrimoniales y avisos periodisticos). Articulo Cuarto.- FIJAR como derecho administrativo de pago por Pliego Matrimonial del "I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL 2015", la suma de S/. 60.00 (Sesenta con 00/100 nuevos soles). Articulo Quinto.- DISPONER que en el caso de viudos, divorciados, extranjeros, menores y matrimonio in extremis, se cinan conforme a los requisitos y exigencias establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal en coordinacion con la Gerencia de Servicios Municipales y Gestion Ambiental a traves de la Sub Gerencia de Registro Civil, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA INIGO MORDAZA MORDAZA 1250128-1

Sepelios" en el area de casos sociales, asi como la "Campana de Actualizacion, Regularizacion y Emision de Contratos en Uso de Tumba Familiar, Nichos Perpetuaos y Provisionales", cuya duracion sera de un ano, contado a partir de la publicacion del presente Decreto. Articulo Segundo.- APROBAR el FORMATO DE DECLARACION JURADA que debera ser anexado a cada expediente y/o documento generado por los administrados en el desarrollo de las Campanas aprobadas por el presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Municipales y Gestion Ambiental, a traves de la Sub Gerencia de Registros Civiles,el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA INIGO MORDAZA MORDAZA 1250130-1

Aprueban la realizacion del I Matrimonio Civil Comunitario 2015
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2015-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA VISTO:El Informe Nº 204-2015-SGRC/GSMGA/ MVES de la Sub Gerencia de Registro Civil, el Informe Nº 027-2015-GSMGA/MVES de la Gerencia de Servicios Municipales y Gestion Ambiental, el Informe Nº 125-2015UP-OPRP/MVES de la Unidad de Presupuesto, el Informe Nº 136-2015-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoria Juridica y el Memorandum Nº 603-2015-GM-MVES de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Articulos 194º y 195º numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru, modificados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Codigo Civil en su articulo 233º establece que la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamadas en la Constitucion Politica; asimismo en el articulo 248º de la MORDAZA MORDAZA citada, senala las formalidades y requisitos para la celebracion del Matrimonio Civil, en los que los interesados lo declararan oralmente o por escrito ante el MORDAZA Provincial o Distrital; y el articulo 252º establece que el MORDAZA puede dispensar de la publicacion de avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º de la acotada norma; Que, por otro lado la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece en su articulo 20º numeral 16) que una de las atribuciones del MORDAZA es la de celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas establecidas en el Codigo Civil vigente; asimismo el articulo 42º de la acotada MORDAZA senala que: "Los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias (...) y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario (...)"; Que, es politica de esta Corporacion MORDAZA, brindar al poblador los mecanismos legales para que las parejas puedan formalizar su situacion de convivencia y a la vez ofrecer todas las facilidades a los vecinos que deseen unirse en matrimonio civil y fortalezcan la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, mediante Informe Nº204-2015-SGRC/GSMGA/ MVES la Sub Gerencia de Registro Civilsenala que en el Plan Operativo Anual 2015 se ha programado entre

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