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El Peruano Domingo 14 de junio de 2015 555032 de Ingeniero de Minas, a don Adolfo Jacinto Torre Gonzáles; De conformidad con las atribuciones conferidas en el Art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar, en vía de regularización la expedición de duplicado del Diploma del Título Profesional de Ingeniero de Minas al señor ADOLFO JACINTO TORRE GONZÁLES, otorgado 18 de mayo de 1993, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese.JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector a.i. 1250175-1 Designan representante de la Universidad Nacional de Ingeniería ante la Secretaría Técnica de la Unidad Ejecutora N° 009, Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625 del Ministerio de Economía y Finanzas UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 473 Lima, 22 de abril de 2015 Visto, el O fi cio Nº 346-2015-DIGA/UNI, del Director General de Administración, con registro de STDUNI N° 2015-42414; CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Estatutaria de la Universidad Nacional de Ingeniería, constituida mediante elecciones ejemplarmente democráticas, dando cumplimiento de la Ley Universitaria Ley Nº 30220, en sesión plenaria llevada a cabo el 14 de diciembre del 2014, aprobó el Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; Que, el Presidente de la Asamblea Estatutaria mediante Resolución Nº 01 del 16 de diciembre del 2014, resolvió dar cumplimiento a lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, asumiendo interinamente el cargo de Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería el DR. JORGE ELIAS ALVA HURTADO, a partir del 16 de diciembre del 2014 hasta la elección del Rector; Que, el Consejo Universitario en sesión extraordinaria 01 del 14 de enero del 2015 , acordó autorizar al Rectorado, adopte las acciones de personal y administrativas que sean pertinentes, a efecto de dar continuidad a las actividades de la UNI; Que, de conformidad a lo establecido en el O fi cio N° 387-2012-EF/38.01 del Secretario Técnico de la Unidad Ejecutora Nº 009, de la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625 del Ministerio de Economía y Finanzas, el Director General de Administración propone la designación de un represente ante la Secretaria Técnica de la Unidad Ejecutora N° 009, Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625 del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, de conformidad a los dispositivos legales vigentes sobre el FONAVI; Decreto ley Nº 22591 Ley de creación del Fondo Nacional de Vivienda-FONAVI”, Ley Nº 26969 “Creación del impuesto extraordinario de Solidaridad, que sustituye la contribución al FONAVI; Ley Nº 27677 Ley de uso de los recursos de la liquidación del FONAVI; Reglamento de la Ley Nº 29625 Art. 23º Obligaciones del empleador; Decreto Supremo Nº 006-2012-EF Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo; Sentencia Interpretativa recaída en el Expediente 0007-2012-PI/ TC del Tribunal Constitucional; Decreto Supremo Nº 016-14-EF Aprobación de normas reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final; Que, es necesario designar un representante de la Universidad Nacional de Ingeniería ante la Secretaría Técnica de la Unidad Ejecutora Nº 009, Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625 del Ministerio de Economía y Finanzas; Estando al Informe N° 219-OAM-SG-UNI-2015 del Área Legal de la Secretaría General, y de conformidad con el artículo 25° literal b) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, en concordancia con la Ley Universitaria Ley Nº 30220. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a la Lic. MARTHA ALICIA ESPINOZA PRETELL, Jefe de la Unidad de Escalafón y Estadística de la Universidad Nacional de Ingeniería como representante ante la Secretaría Técnica de la Unidad Ejecutora Nº 009, Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625 del Ministerio de Economía y Finanzas; Artículo 2º.- Dar cuenta al Consejo Universitario y disponer la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario El Peruano, con cargo a la cuenta de los Recursos Directamente Recaudados de la O fi cina Central de Recursos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector a.i. 1250259-1 Otorgan duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Pedagogía y Humanidades de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 4095-CU-2015 Huancayo, 27 de mayo 2015EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Visto, el expediente Nº 009399 de fecha 01.04.2015, por medio del cual don JORGE TAPIA LIMACHE, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Pedagogía y Humanidades, por pérdida. CONSIDERANDO:Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 1256- 2013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú aprueba la “Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad”; Que, don Jorge Tapia Limache, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller, por pérdida; el