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El Peruano Domingo 14 de junio de 2015 555027 Pretensión 3: Sobre la revisión de la aplicación de gradualidad fi jada para la red de Entel Perú S.A. América Móvil indica que no existen causas objetivas y razonables para otorgar una aplicación gradual al cargo de interconexión tope por terminación de llamadas en la red móvil de Entel. IV. ANÁLISIS: Respecto de la pretensión 1) sobre la cantidad de estaciones base adicionales que américa móvil solicita se incluyan en el modelo de costos. - Sobre las diferentes cantidades de estaciones base adicionales que américa móvil pretende que sean incluidas en el cálculo. América Móvil señala una serie de inconsistencia en sus valores: • Hace referencia a 538 estaciones base con las que “efectivamente disponía ” (a diciembre de 2013 ) pero líneas después solicita que se incluyan 492 estaciones base con las que “ efectivamente disponía a diciembre de 2013 ”. • Señala que a diciembre de 2013 contaba en total con 2,746 estaciones base ; sin embargo, líneas después indica que a la fecha de corte – diciembre de 2013 - reportó en el procedimiento el “número real” de 2,792 estaciones base . • Además, no obstante señalar que la primera cantidad (2,746 ) fue la que reportó a la GFS, en uno de los grá fi cos incluidos en su Recurso señala que reportó 2,616 estaciones base . Si a los valores totales señalados en su Recurso Especial se agrega la cantidad de estaciones base reportada por la empresa a diciembre de 2013 , en el marco de la Resolución N° 050, que fue de dos mil doscientos cincuenta y nueve ( 2,259 ), se tiene que, para una misma fecha: diciembre de 2013 , América Móvil presenta hasta cuatro (04) cantidades distintas de estaciones base , lo que re fl eja no sólo inconsistencia en la información que maneja la empresa sino también que ha venido reportando información errada al Regulador. - Sobre la a fi rmación de América Móvil de que la información fue elaborada con distintos criterios. América Móvil señala en su Recurso Especial que la información que entrega a las diferentes áreas del OSIPTEL, a pesar de tratarse de “elementos comunes”, “no son idénticas” porque son elaboradas con “diferentes criterios de reporte”. Con relación a los reportes periódicos que remite a la GPRC, la empresa no ha indicado cuáles son los criterios que, según ella, existen para reportar la información periódica en el marco de la Resolución N° 050. Al respecto, es importante hacer notar que los requerimientos periódicos de estaciones base en el marco de la Resolución N° 050, no cuentan con algún criterio que restrinja o limite el tipo de estaciones base a reportar, de manera contraria a lo señalado por America Móvil, por lo que la empresa estaba en la obligación de reportar todas las estaciones base con las que contaba en cada período, sin excluir alguna de ellas. Además es importante señalar que en los reportes periódicos realizados por la empresa a la GPRC, no existe anotación alguna (por parte de dicha empresa) que indique que está omitiendo reportar algún tipo o cantidad de estaciones base. Con relación a la información reportada a la GFS, la empresa señala que ésta fue elaborada tomando en cuenta aspectos de cobertura, sobre la base de información del INEI. En conclusión: (i) el requerimiento de la Resolución N° 050 no tiene restricción alguna en cuanto al tipo de estaciones base a reportar; y, (ii) la cantidad de estaciones base reportada a la GFS debería ser igual pero no mayor a la reportada a la GPRC. - Sobre la información reportada a diferentes gerencias del OSIPTEL. América Móvil ha reportado a la GPRC y a la GFS, a diciembre de 2013 , los siguientes valores:• Información reportada a la GPRC en su Modelo de Costos: 2,792 estaciones base . • Información reportada a la GPRC en atención a la Resolución N° 050: 2,259 estaciones base . • Información reportada a la GFS: 2,616 estaciones base . Asimismo, la empresa ha reconocido la existencia de errores en sus reportes al OSIPTEL. Así, para el tercer trimestre de 2013, la empresa señala que reportó mil quinientas sesenta (1,560) estaciones base, valor muy inferior al del segundo y cuarto trimestres de 2013 y que, según la empresa, no consideró el total de estaciones base pues su criterio de elaboración excluyó varias de ellas. Agrega que esto fue corregido para las entregas posteriores. Al respecto se observa que si bien la empresa habría corregido sus entregas posteriores al tercer trimestre de 2013, las cantidades reportadas son inferiores a los reportados en los tres trimestres anteriores, sin que haya señalado sustento alguno de tal disminución. Tal situación genera dudas respecto a la veracidad y consistencia de la información reportada a la GFS. Además, si el Formato N° COB-002-GFS-SGR de la GFS está referido a “Reporte de Estaciones Base”, dicha información debería ser la misma que la reportada a la GPRC en atención a la Resolución N° 050, la cual, como ya se ha señalado, no establece criterio alguno de omisión de entrega de información, estableciendo por el contrario, que debe reportarse todas las estaciones base con las que cuenta la empresa al período al que corresponde el reporte. De otro lado, América Móvil solicita en su Recurso Especial que debe considerarse en el cálculo un total de 2,746 estaciones base, pero en el mismo Recurso solicita que el OSIPTEL incluya en el cálculo, la información reportada a la GFS, esto es, 2616 estaciones base. Ambos valores son totalmente diferentes. Cabe agregar que durante el Informe Oral realizado por América Móvil ante el Consejo Directivo del OSIPTEL el día 07 de mayo de 2015, la empresa no pudo explicar cuáles eran los criterios que habría considerado para reportar una menor cantidad de estaciones base en cada uno de los reportes periódicos entregados en el marco de la Resolución N° 050, si es que considera que tales reportes son los que están errados. - Conclusión sobre la información a ser considerada como válida para el Modelo de Costos. En concordancia con lo señalado en los puntos anteriores se concluye que: • Existen inconsistencias en los reportes presentados a las diferentes gerencias del OSIPTEL. • Tanto en el modelo de costos de América Móvil como en los reportes a las gerencias del OSIPTEL, la empresa considera hasta tres (3) cantidades distintas de estaciones base totales a diciembre de 2013 : (i) 2,792 (Modelo de Costos de América Móvil); (ii) 2,259 (Reporte a la GPRC en atención a la Resolución N° 050); y (iii) 2,616 (Reporte a la GFS en atención al Formato N° COB-002-GFS-SGR). • La empresa plantea en su Recurso Especial un cuarto valor de estaciones base: 2,746 . • El reporte a la GFS no muestra una correlación en el número de estaciones base totales a lo largo del tiempo. • Existe una mayor correlación en los valores totales reportados a la GPRC en atención a la Resolución N° 050, tal como se muestra en el grá fi co de la página 28 del Informe N° 126-GPRC/2015. En las evaluaciones de los modelos de costos, se analiza y contrasta la información remitida por los operadores con otras fuentes de información, a fi n de establecer la consistencia de la misma. En ese sentido, del análisis efectuado al Modelo de Costos de América Móvil se concluyó que, la información más consistente a ser tomada como referencia para obtener el número de estaciones bases a diciembre de 2013, era la reportada por la empresa a dicha fecha (2,259 estaciones base), en atención a lo solicitado a través de