Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2015 (14/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, ha Aprobado por unanimidad lo siguiente: Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA LINEAMIENTOS DE POLITICA PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA REGION MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar los Lineamientos de Politica para el Ordenamiento Territorial de la Region MORDAZA, documento basado en la Ordenanza Regional Nº 261-2003/GRP-CR que aprobo la Meso-zonificacion ecologica Economica del Departamento de MORDAZA ­ ZEE, y la Ordenanza Regional Nº 2622013/GRP-CR que aprobo el Plan Estrategico de Desarrollo Regional Concertado ­Piura 2013-2016; cuyo anexo adjunto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente y el Centro Regional de Planeamiento Estrategico ­ CEPLAR, la implementacion de la presente Ordenanza Regional, informando a la Secretaria del Concejo Regional las acciones para dicho fin. Articulo Tercero.- Encargar al Centro Regional de Planeamiento Estrategico ­ CEPLAR, la inclusion de los Lineamientos aprobados en el articulo primero, dentro del MORDAZA de Planeamiento Estrategico del Gobierno Regional MORDAZA para la actualizacion del Plan de Desarrollo Regional Concertado. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Gobernador del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. HERMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. MORDAZA HILBCK MORDAZA Gobernador Regional 1250393-1

El Peruano MORDAZA 14 de junio de 2015

Ordenanza que Institucionaliza Voluntariado Ambiental Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 317-2015/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA POR CUANTO:

el

De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el inciso e) del articulo 53º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, expresa que los gobiernos regionales deben promover la educacion e investigacion ambiental en su localidad e incentivar la participacion ciudadana en todos sus niveles; asimismo, el articulo III del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, senala que toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, asi como en la definicion y aplicacion de las politicas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno; Que, el articulo 1º de la Ley General del Voluntariado, Ley Nº 28238, modificado por la Ley Nº 29094, senala que dicha MORDAZA juridica tiene por objeto reconocer, facilitar y promover la accion de los ciudadanos en servicios voluntarios y senalar las condiciones juridicas bajo las cuales tales actividades se realizan dentro del territorio nacional, y declara de interes nacional la labor que realizan los voluntarios en el territorio nacional; Que, el articulo 2º del Reglamento de la Ley General del Voluntariado, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2004MINDES, senala que el Voluntariado se rige mediante los siguientes principios: 1) MORDAZA de no discriminacion; 2) MORDAZA de solidaridad, 3) MORDAZA de compromiso social, 4) La participacion como MORDAZA democratico de intervencion directa y activa de la ciudadania, promoviendo el desarrollo de la articulacion de la comunidad respetando su autonomia y pluralismo; 5) MORDAZA de Libertad; y, 6) MORDAZA de permanencia en la actividad del voluntario; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 181 - 2010/ GRP-CR, se declaro de Interes Regional la labor voluntaria que realizan los ciudadanos y ciudadanas en el ambito regional por el servicio social que brindan a la comunidad en forma altruista y solidaria. Asimismo se creo la Comision Regional de Voluntariado, encargada de apoyar, fomentar y coadyuvar en la organizacion del Servicio de Voluntariado, en coordinacion con los Gobiernos Locales e Instituciones Publicas y Privadas, para promover su participacion en el desarrollo del servicio de voluntariado ciudadano en el ambito regional; Que, la Politica Regional Ambiental, actualizada por Ordenanza Regional Nº 259-2013/GRP-CR, en su eje de politica Nº 03 referido a la Gobernanza Ambiental sobre cultura, educacion y ciudadania ambiental establece el lineamiento de politica d): "formar una ciudadania ambiental informada y plenamente comprometida en el ejercicio de sus deberes y derechos ambientales y en su participacion en el desarrollo sostenible de la region"; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 01-2015/ GRP-450300-LJAV-JMAC, de fecha 22 de MORDAZA de 2015, la Sub-Gerencia Regional de Normas y Supervision - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente; concluyo que a la fecha no se ha institucionalizado el Voluntariado Ambiental Regional en MORDAZA, a pesar de existir normas de caracter nacional y regional que contribuyan a la implementacion de este proceso; y recomienda con caracter de urgencia al Consejo Regional, se institucionalice el Voluntariado Ambiental Regional mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 05-2015, de fecha 29 de MORDAZA de 2015, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, ha Aprobado por unanimidad lo siguiente: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA EL VOLUNTARIADO AMBIENTAL REGIONAL Articulo Primero.- Institucionalizar el Voluntariado Ambiental Regional, en el ambito de la competencia territorial del Gobierno Regional MORDAZA, en el MORDAZA de la Ley General del Voluntariado, Ley Nº 28238, modificado por la Ley Nº 29094, MORDAZA concordada con la Ordenanza Regional Nº 181 - 2010/GRP-CR, que declaro de Interes Regional la labor voluntaria que realizan los ciudadanos y ciudadanas en el ambito regional por el servicio social que brindan a la comunidad en forma altruista y solidaria. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional en coordinacion con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente,

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