Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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de inicio y termino, recorrido graficado en croquis, donde de ser el caso, se indique los puntos de hidratacion, punto de entrega de Kit, carpa de atencion medica o similar, arco de partida, punto de llegada, estrado de premiacion o similares y mallas de cerco perimetrico y cualquier otro MORDAZA de equipamiento relacionado al evento. b) Contrato suscrito con una empresa de seguridad privada para custodia periferica de la MORDAZA destinada al evento, que debera describir las caracteristicas del servicio de acuerdo al aforo previsto. c) Poliza de seguro de responsabilidad civil que cubra, sin franquicia alguna, accidentes personales, invalidez temporal o permanente y muerte de los participantes y asistentes, segun el aforo previsto. d) Autorizacion de Interferencia de vias emitida por la Gerencia de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. e) Declaracion Jurada de compromiso de no deteriorar las areas verdes del MORDAZA y el mobiliario MORDAZA, y dejarlo en las mismas condiciones encontradas. f) Declaracion Jurada de responsabilidad ante cualquier incidente y/o dano ocasionado por el desarrollo del evento. 7. Obligaciones del responsable del evento: a) Cumplir con las condiciones de seguridad, debiendo gestionar ante la Subgerencia de Gestion de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, la Visita de Seguridad en Edificaciones (VISE), para eventos con aforo de hasta 3,000 personas; o ante la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para eventos con aforo mayor a 3,000 personas. b) Comunicar oportunamente sobre el evento a la Gobernacion de San MORDAZA, a la Policia Nacional del Peru y al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. c) Respetar los decibeles maximos permitidos: En MORDAZA residencial de 60 dB y en MORDAZA comercial 70 dB. d) Instalar un (01) bano portatil por cada cincuenta (50) personas que participen. e) La instalacion del equipamiento debera realizarse como MORDAZA 48 horas MORDAZA del inicio del evento. f) Retirar el mobiliario y/o las estructuras temporales instaladas (mesas, sillas, puntos de hidratacion, punto de entrega de kit, carpa de atencion medica o similar, arco de partida, punto de llegada, estrado de premiacion o similares, mallas de cerco perimetrico y/o similares), el mismo dia al termino del evento. g) No utilizar equipos de sonido, parlantes, altavoces, megafonos, espectaculos con artistas o discjockey a lo largo de la ruta y/o recorrido. Solo podra permitirse estos, en el punto de partida, de llegada y/o estrado de premiacion o similares, respetando los decibeles maximos permitidos. h) Contar con al menos una (01) ambulancia, unidad paramedica y/o unidad de bomberos a fin de velar por la salud fisica ante cualquier eventualidad que pudiera sufrir alguno de los asistentes al evento. i) Garantizar las zonas de evacuacion y accesibilidad a los vehiculos de emergencia. j) Solo se podran colocar Elementos de Publicidad Exterior contando con la Autorizacion respectiva conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 324-MSI. k) Facilitar el ingreso y/o salida de los propietarios o residentes de las zonas circundantes al evento. l) No usar, comercializar y/o distribuir articulos pirotecnicos. m) No comercializar y/o distribuir y/o utilizar bebidas alcoholicas durante el desarrollo del evento. 8. No se permite el desarrollo de este MORDAZA de evento en la MORDAZA Monumental del Bosque de MORDAZA del distrito de San Isidro. Articulo 11°.- DE LA PROGRAMACION DE ACTIVIDADES MUNICIPALES Las Gerencias u Oficinas de la Municipalidad de San MORDAZA, cuyas funciones impliquen acciones o actividades sobre los espacios publicos del distrito de San MORDAZA, deberan proporcionar a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones de la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA, la programacion de sus actividades, a efectos de atender los pedidos que se presenten en el MORDAZA de la presente Ordenanza. Segun la naturaleza y envergadura del evento, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones solicitara

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

la opinion tecnica del area competente; respecto a la factibilidad del mismo acorde a la politica de sostenibilidad, cultural y/o deportiva local, asi como sobre las rutas y/o recorridos propuestos. Articulo 12°.- EVENTOS PERMITIDOS EN ESPACIOS PUBLICOS QUE NO REQUIEREN OPINION FAVORABLE 1. Eventos beneficos: colectas en via publica organizadas por instituciones constituidas legalmente, sin fines de lucro. 2. Eventos Escolares: Paseo de antorchas, Desfiles, Izamientos de Bandera y Eventos Religiosos (Procesiones), a desarrollarse en el entorno inmediato del predio que ocupan. 3. El responsable del evento debera comunicar por escrito a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestion de Riesgo de Desastres, con un minimo de quince (15) dias habiles de anticipacion, adjuntando Memoria descriptiva que indique la finalidad del evento, numero de personas que congregara, fecha, hora de inicio y termino, y el lugar exacto donde se desarrollara graficado en croquis de ubicacion. Asimismo, debera adjuntar: a) Declaracion Jurada de compromiso de no deteriorar las areas verdes, mobiliario MORDAZA y/o espacios publicos, y dejarlo en las mismas condiciones encontradas. b) Declaracion Jurada de responsabilidad ante cualquier incidente y/o dano ocasionado por el desarrollo del evento. 4. En caso de interrupcion temporal del MORDAZA de vehiculos y peatones, deberan contar con la Autorizacion de Interferencia de Vias emitida por la Gerencia de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, segun corresponda. 5. Obligaciones del responsable del evento: a) Cumplir con las condiciones de seguridad, debiendo gestionar ante la Subgerencia de Gestion de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, la Visita de Seguridad en Edificaciones (VISE), para eventos con aforo de hasta 3,000 personas; o ante la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para eventos con aforo mayor a 3,000 personas. b) Comunicar oportunamente sobre el evento a la Gobernacion de San MORDAZA, a la Policia Nacional del Peru y al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. c) Respetar los decibeles maximos permitidos. En MORDAZA residencial de 60 dB y en MORDAZA comercial 70 dB. d) No utilizar equipos de sonido, parlantes, altavoces, megafonos, espectaculos con artistas o disjockey, bandas. e) Para el caso de eventos escolares, contar con al menos una (01) ambulancia, unidad paramedica y/o unidad de bomberos a fin de velar por la salud fisica ante cualquier eventualidad que pudiera sufrir alguno de los asistentes al evento. f) No usar, comercializar y/o distribuir articulos pirotecnicos. g) No comercializar y/o distribuir y/o utilizar bebidas alcoholicas durante el desarrollo del evento. 6. No se permite el desarrollo de los eventos MORDAZA mencionados en la MORDAZA Monumental del Bosque de Olivos. Articulo 13°.- DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES La trasgresion a lo establecido en la presente Ordenanza sera sancionada de conformidad con lo establecido en la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas que se encuentre vigente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- DEJAR SIN EFECTO toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen, su publicacion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de San MORDAZA y en el MORDAZA del Estado Peruano. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA y demas unidades organicas el

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