Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

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trae como consecuencia la conveniencia de suscribir previamente una Adenda Operativa por las razones que se indican en la Exposicion de Motivos del presente Acuerdo Regional. Que, de acuerdo a lo establecido en la Clausula 26.6.4 del Contrato de Concesion, cualquiera de las Partes, cuando resultara conveniente, podra solicitar a la otra la modificacion del Contrato de Concesion, respetando la naturaleza de la Concesion, las condiciones economicas y tecnicas contractualmente convenidas y el equilibrio financiero de las prestaciones a cargo de las Partes. Que, mediante Decreto Supremo N° 127-2014EF se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1012 que a su vez aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico-Privadas para la generacion del empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada, en cuyo articulo 15.2 modificado por el Decreto Supremo N° 376-2014-EF, se establece la posibilidad de suscribir adendas a los Contratos de Concesion durante los primeros tres (03) anos para el caso que sea necesario precisar aspectos operativos que impidan la ejecucion del Contrato. Que, por otra parte, PROINVERSION ha convocado el Concurso Publico Internacional para la Seleccion del Supervisor Especializado el 27 de enero de 2015, cuyo cronograma modificado establece que la adjudicacion de la buena pro se otorgara el 20 de MORDAZA de 2015, previendose que iniciara sus funciones a mediados del mes de junio proximo, fecha posterior a la fecha limite para la aprobacion de los Expedientes Tecnicos de las Fases 1 y 2, los que deben ser presentados por la Concesionaria hasta el 20 de marzo del 2015 segun Acta de Acuerdos del 10 de marzo de 2015, y aprobarse a fines del mes de abril. Que, en ese escenario, el Supervisor Especializado reduciria sus responsabilidades en la revision y aprobacion de los Expedientes Tecnicos, obligando al Proyecto Especial Chavimochic a asumir dicha tarea en aplicacion de lo establecido en la Clausula 25.3.1 del Contrato de Concesion, lo cual debe evitarse a criterio de PROINVERSION y de la Direccion General de Politica de Promocion de la Inversion Privada del Ministerio de Economia y Finanzas, con la finalidad de garantizar su revision por un equipo externo altamente calificado, quedando para el Proyecto Especial Chavimochic la tarea de revision y aprobacion final de los Expedientes Tecnicos sobre la base de los informes de la Supervision Especializada. Que, en tal sentido, se hace necesaria la suscripcion de una Adenda Operativa al Contrato de Concesion que reuna los conceptos y situaciones descritos en los considerandos anteriores, la cual debe contar previamente con la opinion favorable del Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, autorizando al Gobernador Regional a su suscripcion. Que, mediante Oficio N° 070-2015/PROINVERSION/ DPI, del 06 de MORDAZA del 2015, el Director de Promocion de Inversiones de PROINVERSION hace llegar los informes N° 1-2015/DPI/SDGP/JPAHI.02 y el Informe Tecnico Legal N° 4-2015/DPI/SDGP/JPAHI.02, los cuales contienen la opinion no vinculante de PROINVERSION, orientada a brindar informacion sobre el Proyecto de Adenda N° 01 al Contrato de Concesion "Diseno, Construccion, Operacion y Mantenimiento de las Obras Hidraulicas Mayores del Proyecto Chavimochic", en cumplimiento de lo establecido en el art. 15 del Reglamento del Decreto Legislativo 1012, aprobado por Decreto Supremo 376-2014-EF. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, en uso de sus atribuciones conferidas por los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru; Ley Organica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los Articulos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La MORDAZA aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR; demas normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional ACORDO: Articulo Primero.- EMITIR opinion favorable respecto del proyecto de la Adenda Operativa N° 1 al Contrato de Concesion para el diseno, Construccion,

Emiten opinion favorable respecto del proyecto de la Adenda Operativa Nº 1 al Contrato de Concesion para el diseno, Construccion, Operacion y Mantenimiento de las Obras Hidraulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, remitido por el Proyecto Especial Chavimochic
ACUERDO REGIONAL N° 017-2015-GR-LL/CR MORDAZA, 05 de MORDAZA del 2015. "EMITIR OPINION FAVORABLE RESPECTO DEL PROYECTO DE ADENDA OPERATIVA N° 1 AL CONTRATO DE CONCESION PARA EL DISENO, CONSTRUCCION, OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LAS OBRAS HIDRAULICAS MAYORES DEL PROYECTO CHAVIMOCHIC, ENVIADO POR EL PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC MEDIANTE OFICIO N° 6312015-GRLL-PRE/PECH-01 DEL 24 DE MARZO DE 2015, A SUSCRIBIRSE EN EL MORDAZA DEL CONTRATO DE CONCESION" El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 05 de MORDAZA del 2015; VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 021 -2015-GRLL/ CR-CPPE, presentado por la Comision de Programas y Proyectos Especiales del Consejo Regional de La MORDAZA, en el cual solicita la aprobacion de la Adenda Operativa N° 1 al Contrato de Concesion suscrito con la Concesionaria Chavimochic S.A.C., y nos indica que de acuerdo a los compromisos contraidos con PROINVERSION y con la Direccion General de Politica de Promocion de la Inversion Privada del Ministerio de Economia y Finanzas, se hace necesario suscribir dicha Adenda MORDAZA del 10 de MORDAZA de 2015 para dar lugar a la aprobacion de la Adenda de Bancabilidad al Contrato de concesion, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y al Articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional de La MORDAZA emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el Articulo 39° de la citada Ley, que senala: "Los Acuerdos de Consejo Regional, expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional (...)". Que, por acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 11 de diciembre de 2013, se aprobo la version final del Contrato de Concesion. Que, con fecha 18 de diciembre de 2013, el Comite PROINTEGRACION adjudico la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesion de Obras Hidraulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, al Postor Calificado Consorcio Rio Santa. Que, mediante Decreto Supremo N° 091-2014-EF de fecha 30 de MORDAZA de 2014, se autorizo al Gobernador Regional del Gobierno Regional del Departamento de La MORDAZA a suscribir el Contrato de Concesion, en representacion del Estado de la Republica del Peru. Que, con fecha 09 de MORDAZA de 2014 se suscribio el Contrato de Concesion para el Diseno, Construccion, Operacion y Mantenimiento de las Obras Hidraulicas Mayores del Proyecto Chavimochic entre el Gobierno Regional de La MORDAZA como Concedente, y la Concesionaria Chavimochic S.A.C. Que, con Carta CHAVI-GRLL-035-2015 de fecha 24 de febrero de 2015 la Concesionaria Chavimochic S.A.C. presento una Solicitud de Adenda de Bancabilidad la que

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