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El Peruano Sábado 20 de junio de 2015 555626 - Presupuesto de la inversión. - Cronograma de ejecución de obra o servicio. Cabe resaltar que la intervención no deberá transgredir la normatividad correspondiente al medio ambiente, el cuidado de las áreas verdes y el ornato del distrito. La propuesta técnica deberá ser presentada cumpliendo con la normatividad vigente. Artículo 10°.- De la intervención por Auspicios.- Para los auspicios, la persona natural o jurídica comprometida con el distrito manifi esta su voluntad de aportar con bienes muebles y/o servicios al desarrollo de actividades, programas y proyectos desarrollados o impulsados por la municipalidad. Para tal efecto, deberá presentar ante la municipalidad, su propuesta de auspicio de responsabilidad social, conteniendo como mínimo lo siguiente: - Actividad, evento, programa o proyecto a auspiciar. - Breve descripción del auspicio propuesto. - Detalle de bienes y servicios a brindar como auspicio. - Valorización de los bienes y servicios. Los bienes y/o servicios materia de auspicios no podrán ser materia de incorporación al patrimonio municipal. Artículo 11°.- Del Informe Técnico.- La propuesta presentada deberá ser remitida a la Gerencia Municipal quien derivará la solicitud a las áreas competentes para los informes técnicos respectivos y determinar si reúne las características para ser de pleno interés de la Municipalidad. Las áreas competentes en un plazo máximo de 3 días hábiles emitirán el respectivo informe que servirá de sustento de la viabilidad o no de la solicitud. La Gerencia Municipal derivará los actuados al Secretario General en el plazo máximo de dos días hábiles, para que convoque a la reunión respectiva del Comité de Responsabilidad Social. Artículo 12°.- De la Aprobación de la propuesta.- Convocada la reunión, el Comité en pleno revisará los actuados y evaluará el benefi cio social e impacto positivo de la propuesta en mérito de los informes técnicos. De ser procedente, se aprobará la propuesta, procediéndose a la suscripción del Acta, la misma que deberá ser suscrita por todos los miembros del Comité; disponiéndose la emisión del Certifi cado de Participación en Responsabilidad Social y la unidad orgánica responsable del seguimiento de la intervención o del auspicio. Artículo 13°.- Del Acta de Responsabilidad Social.- Aprobada la propuesta de responsabilidad social, la unidad orgánica responsable del seguimiento de la intervención o del auspicio, acordará con la persona natural o jurídica los términos y condiciones de su implementación. Los acuerdos a los que lleguen las partes involucradas, serán detallados en el Acta de Responsabilidad Social, la misma que contendrá como mínimo lo siguiente: 1. Introducción. Se señala el lugar, la fecha y la hora de la emisión del acta, se identifi ca a las personas que intervienen y especifi ca la actividad o el hecho que motiva el Acta. 2. Exposición: En el cual se detallará el proyecto de intervención/ Descripción de la obra menor/ bienes y/o servicios que comprende el auspicio. 3. Compromisos: a. Objeto del compromiso: motivo por el cual se suscribirá el acta. b. Compromiso de las partes: En el cual se establecerán las obligaciones de ambas partes. En el caso de obras o mantenimiento, se realizarán las inspecciones oculares periódicas y los informes correspondientes por las áreas competentes dentro de la Municipalidad de San Isidro. c. Características técnicas: Se refi ere a las características técnicas, materiales, planos, memorias descriptivas, presupuesto y cronograma de ejecución de obra o mantenimiento, en cumplimiento a la normatividad vigente, de ser el caso. d. Vigencia del Compromiso: En el cual se establecerá el plazo por el cual las partes proponen sus compromisos. 4. Parte fi nal: a. Número de ejemplares b. Lugar y fecha de suscripción del Acta c. Firma de los representantes de las partes intervinientes. El presidente de la Comisión será quien fi rme el Acta de Responsabilidad Social en representación de la Municipalidad de San Isidro. La unidad orgánica responsable deberá requerir, antes de la elaboración del Acta de Responsabilidad Social, los siguientes documentos con carácter obligatorio: 1. Copia de DNI (de ser persona jurídica, del representante legal). 2. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la persona jurídica, cuando corresponda. 3. Copia de la constitución de la persona jurídica y sus modifi catorias debidamente actualizadas, cuando corresponda. 4. Copia del RUC de la persona jurídica, cuando corresponda. Artículo 14°.- De la suscripción del Acta de Responsabilidad Social.- Suscrita el Acta de Responsabilidad Social por parte de la Municipalidad de San Isidro, la Secretaría General custodiará la misma; y coordinará con la persona natural o jurídica interviniente para la fi rma. Artículo 15°.- Del expediente de intervención.- La Secretaría General deberá recopilar en un expediente, el Acta de Responsabilidad Social, el Acta de aprobación del Comité, el Informe Técnico, la documentación presentada por la persona natural o jurídica, y otros documentos que tengan relevancia; y lo remitirá a la Gerencia Municipal, quien quedará en custodia del expediente; debiendo enviarse copia del Acta de Responsabilidad Social a la unidad orgánica responsable para el seguimiento a los compromisos asumidos. TÍTULO IV DEL CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Artículo 16°.- Del Certifi cado de Responsabilidad Social.-A efectos de promover acciones de responsabilidad social en el distrito de San Isidro, la Municipalidad certifi cará a aquella persona natural o jurídica que haya ejecutado una obra o auspiciado un evento, actividad, programa o proyecto municipal con el Reconocimiento de Responsabilidad Social en el Distrito de San Isidro. Artículo 17°.- De la emisión del Certifi cado de Reconocimiento de Responsabilidad Social.- La emisión del Certificado, una vez intervenida y/o ejecutada la obra o el auspicio, será aprobado por el Comité, previa verifi cación del cumplimiento de los compromisos formulados en la solicitud inicial y conforme el informe emitido sobre el particular, por la unidad orgánica responsable. En el caso de obras ejecutadas, se continuará con el trámite de aceptación de donación ante el Concejo Municipal. El Comité de Responsabilidad Social entregará a la persona natural o jurídica un Certifi cado expedido por la Alta Dirección; así como una estatuilla o escultura diseñada para tal fi n. La persona natural o jurídica podrá utilizar públicamente el distintivo de ganador del “Reconocimiento de Responsabilidad Social del Distrito de San Isidro”, en algún lugar visible de su establecimiento y/o vivienda. El Comité informará trimestralmente al Concejo Municipal la relación de personas naturales y/o jurídicas que participaron en el marco de responsabilidad Social en el Distrito. La Municipalidad de San Isidro, a través de su portal web, publicará información del avance de la Responsabilidad Social en el distrito, así como de las personas naturales o jurídicas certifi cadas con el Reconocimiento de Responsabilidad Social. Asimismo, deberá difundirlo en los medios escritos que en ese momento disponga (revista, periódico, entre otros). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente las disposiciones necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza. POR TANTO: Registre, comunique, publiquese y cumplase. Dado en San Isidro a los 10 días del mes de junio del año 2015. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1252617-2