Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

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condiciones dispuestas por la Municipalidad, mantener las condiciones de seguridad exigidas, no interrumpir o congestionar las vias del entorno ni perjudicar a los transeuntes y no ocasionar ruidos molestos ni alterar la tranquilidad del vecindario, entre otras; Que, en atencion a ello, se aprecia que los eventos que se desarrollen en los espacios publicos del distrito podrian generar la alteracion del mismo, motivo por el cual corresponde emitir un dispositivo legal que regule las condiciones para su realizacion a fin de velar por su conservacion y debido mantenimiento; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica con el Informe N° 386-2015-0400-GAJ/MSI; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8º del Articulo 9º y del Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo, por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL PARA EL DESARROLLO DE EVENTOS EN ESPACIOS PUBLICOS DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo 1°.- FINALIDAD El presente Reglamento tiene por finalidad regular las condiciones, obligaciones y restricciones del uso del espacio publico para el desarrollo de eventos con o sin fines de lucro, dirigido a: a) Activar el uso del espacio publico con actividades en beneficio de la comunidad, que respeten al vecino y contribuyan al desarrollo del distrito. b) Preservar la seguridad y orden publico evitando poner en riesgo la integridad de las personas. c) Proteger la tranquilidad de los vecinos y transeuntes, las areas de dominio publico que son parte del evento y su entorno, asi como la residencialidad del distrito. d) Conservar y mantener el espacio publico en buen estado para el uso y disfrute de los vecinos del distrito. e) Determinar el uso de las areas del espacio publico (plazas, parques, avenidas, calles y vias de cualquier naturaleza), en las cuales la Municipalidad de San MORDAZA podra permitir la ocupacion temporal, para eventos con fines comerciales, culturales, deportivos, etc. Articulo 2°.- AMBITO DE APLICACION Lo dispuesto en el presente Reglamento sera de aplicacion en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, para los eventos con o sin fines comerciales en los espacios publicos. Articulo 3°.- SUJETOS OBLIGADOS A OBTENER OPINION FAVORABLE Se encuentran obligados a obtener opinion favorable, las personas naturales, juridicas, entes colectivos, nacionales o extranjeros, de derecho publico o privado, incluyendo empresas o entidades del Estado, que pretendan desarrollar eventos en espacios publicos en el distrito de San Isidro. Las actividades y/o eventos organizados por la Municipalidad de San MORDAZA no estan sujetas a lo dispuesto en el presente Reglamento. Articulo 4°.- RESPONSABILIDAD El responsable del evento ante la Municipalidad de San MORDAZA, se encuentra obligado al cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento, asi como por las infracciones, danos personales y patrimoniales a terceros o al espacio publico. Articulo 5°.- DEFINICIONES a) Aforo.- Cantidad MORDAZA de personas que puede albergar un espacio definido. b) MORDAZA Deportiva.- Evento de competencia de velocidad y/o resistencia en un determinado trayecto. c) Espacio Publico.- Superficie de uso publico conformada por zonas de recreacion publica (parques, plazas, plazuelas) y vias publicas destinadas a la recreacion y circulacion. d) Evento.- Actividad que se realiza en un espacio publico de manera esporadica, que tiene repercusiones positivas para la comunidad, con finalidad de MORDAZA academico, recreativo, benefico, civico, comercial,

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Ordenanza que aprueba el Reglamento General para el desarrollo de eventos en espacios publicos del distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 388-MSI San MORDAZA, 10 de junio de 2015 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS: En Sesion Ordinaria del Concejo de la fecha, los Dictamenes Nº 004-2015-CDUOSM de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Obras y Servicios Municipales, Nº0182015-CAJLS/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos, Laborales y Sociales y Nº 017-2015-CADMFSF/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas, Sistemas y Fiscalizacion; y los Memorandum N° 349-2015-12.0.0GACU/MSI y N° 352-2015-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA, Memorando N° 112-2015-14.0.0-GSCGRD/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestion de Riesgo de Desastres y el Memorandum N° 087-2015-1300-GDU/MSI de la Oficina de Planeamiento MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por su parte el articulo 56º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, indica que "(...) las vias y areas publicas, con subsuelo y aires son bienes de dominio y uso publico (...)"; Que, el literal a) del numeral 2.2 del articulo 2° del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, define a los Bienes de Dominio Publico como "(...) Aquellos bienes estatales, destinados al uso publico como playas, plazas, parques, infraestructura vial, vias ferreas, caminos y otros, cuya administracion, conservacion y mantenimiento corresponde a una entidad; (...) Tienen el caracter de inalienables e imprescriptibles. Sobre ellos, el Estado ejerce su potestad administrativa, reglamentaria y de tutela conforme a ley (...)"; Que, la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA, a traves de los documentos de vistos, remitio la propuesta de Reglamento General para el Desarrollo de Eventos en Espacios Publicos del distrito de San MORDAZA, contando para ello con la opinion favorable de la Oficina de Planeamiento MORDAZA y de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestion de Riesgo de Desastres; el cual tiene por finalidad activar el uso del espacio publico con actividades en beneficio de la comunidad, que respeten al vecino y contribuyan al desarrollo del distrito; preservar la seguridad y orden publico, proteger la tranquilidad de los vecinos y transeuntes, las areas de dominio publico que son parte del evento, su entorno y la residencialidad del distrito; conservar y mantener el espacio publico y determinar las areas del espacio publico (plazas, parques, avenidas, calles y vias de cualquier naturaleza) en las cuales se podra permitir la ocupacion temporal de eventos con fines ambientales, culturales, deportivos, etc; Que, asimismo la propuesta contempla aquellos eventos permitidos en espacios publicos, tales como: 1) MORDAZA infantiles en parques, 2) Ferias y exposiciones 3) Toma de fotografias y/o filmaciones con fines comerciales y 4) Caminatas, carreras, maratones y/u otros con fines deportivos; estableciendose entre las obligaciones del responsable del evento, su realizacion cumpliendo las

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