Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2015 (06/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015

548075
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes Fecha: 30.08.10

Codigo: F-DSA-P&C-002

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 08 AL 24 DE MARZO DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 040-2015-MTC/12.04 Y Nº 030 -2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS SOLICITANTE (US$) INSPECTOR MORDAZA Miami MORDAZA E.U.A. DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs

271-2015-MTC/12.04 08-Mar 10-Mar US$ 660.00

TRANS MORDAZA Goytizolo, AMERICAN MORDAZA MORDAZA AIRLINES S.A. TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. MORDAZA Bastos, MORDAZA MORDAZA

Chequeo tecnico de 815-816-817-818 Recalificacion en simulador de vuelo en el equipo E-190, a su personal aeronautico 468-469

272-2015-MTC/12.04 09-Mar 12-Mar US$ 600.00

Guarulhos, Republica Chequeo tecnico Inicial en Sao MORDAZA Federativa simulador de vuelo en el del Brasil equipo A-330, a su personal aeronautico Toronto Canada

273-2015-MTC/12.04 19-Mar 24-Mar

US$ 1,100.00

MORDAZA Urteaga, MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Chequeo tecnico de 20188-788-789 Verificacion de Competencia en simulador de vuelo, en el equipo DASH-8, a su personal aeronautico

1207044-1

Declaran aprobada autorizacion a la asociacion Diocesis de Chulucanas para prestar servicio de radiodifusion sonora educativa en FM en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 65-2015-MTC/03 MORDAZA, 28 de Enero del 2015 VISTO, el Expediente Nº 2009-039366 presentado por la asociacion DIOCESIS DE CHULUCANAS, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Lalaquiz - Tunal, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el articulo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Television senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interes social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detalla; Que, con Resolucion Directoral Nº 975-2005-MTC/17, de fecha 26 de MORDAZA de 2005, actualizada con Resolucion Directoral Nº 0494-2013-MTC/28 de fecha 16 de MORDAZA del 2013, se aprobo el listado de localidades consideradas como fronterizas, comprendiendo en ellas al distrito de

Lalaquiz, provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, correspondiente a la localidad de Lalaquiz - Tunal; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 116-2004MTC/03 y sus modificatorias se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Lalaquiz - Tunal, que fue incorporada a los referidos planes mediante Resolucion Viceministerial N° 032-2010-MTC/03; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias de la localidad de Lalaquiz - Tunal establece 100 w. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango hasta 100 w. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D1, consideradas de baja potencia; Que, en virtud a lo indicado, la asociacion DIOCESIS DE CHULUCANAS no se encuentra obligada a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del articulo 5° del Decreto Supremo Nº 0382003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, por otro lado, conforme al Texto Unico de ProcedimientoAdministrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolucion Ministerial No. 644-2007-MTC/01 del 28.10.2007, modificado por Resolucion Ministerial No. 846-2009-MTC/01 del 15.12.2009, el procedimiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion en localidades fronterizas, a la fecha de la MORDAZA de la solicitud, esto es al 17.11.2009, y durante el transcurso del plazo del procedimiento estaba sujeto al silencio administrativo positivo, con un plazo de atencion de ochenta (80) dias habiles; Que, mediante Decreto de Urgencia No. 099-2009 del 21.10.2009, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22.10.2009, se dispuso que para efectos del computo de los plazos en los procedimientos administrativos que realizan las entidades del Poder Ejecutivo, asi como los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, deberan considerarse dias habiles los dias sabado, MORDAZA y feriados no laborables, unicamente en lo que beneficie a los derechos de los particulares establecidos en dicha MORDAZA, y con la finalidad de que la Administracion Publica brinde ininterrumpidamente sus servicios a los

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