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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2015 (21/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Sábado 21 de marzo de 2015 549082 Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1215014-1 Llaman a Lima a Representante Permanente del Perú ante la UNESCO, con sede en París, República Francesa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0200/RE-2015 Lima, 19 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, del 24 al 27 de marzo de 2015, se realizará la Reunión Internacional del Qhapaq Ñan - Sistema Vial Andino-, en la ciudad de Cusco, departamento de Cusco, por lo que es necesaria la presencia del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Manuel Rodríguez Cuadros, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), con sede en París, República Francesa, del 21 al 28 de marzo de 2015, en la ciudad de Lima; Que, el Ministerio de Cultura sufragará los gastos de viáticos (alojamiento y alimentación) del citado funcionario diplomático en la Reunión Internacional del Qhapaq Ñan - Sistema Vial Andino-, en la ciudad de Cusco, departamento de Cusco, del 24 al 27 de marzo de 2015; Que, el llamado a Lima, por razones del Servicio, se deberá disponer por Resolución Ministerial, teniéndose en cuenta que el plazo máximo de permanencia será de treinta (30) días, pudiendo ser prorrogado; Teniendo en cuenta las Hojas de Trámite (GAC) Nº 1181, y (GAC) Nº 1319, del Despacho Viceministerial, de 11 y 18 de marzo de 2015, respectivamente; y los Memorandos (DAC) Nº DAC0276/2015, y (DAC) Nº DAC0310/2015, de la Dirección General para Asuntos Culturales, de 11 y 17 de marzo de 2015, respectivamente, y (OPR) Nº OPR0078/2015, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 18 de marzo de 2015, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente llamado a Lima; De conformidad con la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, su Reglamento y modifi catorias; y en concordancia con los artículos 222 y 223 del Reglamento de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1. Llamar a Lima, por razones del Servicio, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Manuel Rodríguez Cuadros, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), con sede en París, República Francesa, del 21 al 28 de marzo de 2015, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2. Los gastos por concepto pasajes y viáticos nacionales que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137179 Promoción y Protección Cultural en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de diez (10) días al término de la referida comisión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día S/. Nº de días Total Viáticos S/. José Manuel Rodríguez Cuadros 3 580,00 320,00 4 1 280,00 Artículo 3. El mencionado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1214697-1 SALUD Disponen la prepublicación de proyecto de Decreto Supremo que modifica el artículo 103 del Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 180-2015/MINSA Lima, 18 de marzo del 2015 Visto el Expediente N° 15-017139-001, que contiene la Nota Informativa N° 069-2015-DIGEMID-EA/MINSA, el Informe N° 011-2015-DIGEMID-DAS/MINSA, así como los Memorándums N°s. 512-2015-DIGEMID-DG- EA/MINSA y 605-2015-DIGEMID-DG-EA/MINSA, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, se han defi nido y establecido los principios, normas, criterios y exigencias básicas sobre los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios de uso en seres humanos, en concordancia con la Política Nacional de Salud y la Política Nacional de Medicamentos; Que, el artículo 5 de la precitada Ley dispone que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas y, dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certifi car y acreditar en temas relacionados a lo establecido en dicha norma legal; Que, el numeral 6) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos; Que, asimismo, los literales a) y b) del artículo 5 de la precitada Ley señala que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar,