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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2015 (21/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Sábado 21 de marzo de 2015 549076 “ANEXO CRONOGRAMA DE LA EVALUACIÓN EXCEPCIONAL DE PROFESORES NOMBRADOS SIN TÍTULO PEDAGÓGICO, PROVENIENTES DEL RÉGIMEN DE LA LEY DEL PROFESORADO, EN EL MARCO DE LO DISPUESTO POR LA SEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Y FINAL DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL* N° Actividades Inicio Fin (…) 8 Reconformación de los Comités de Vigilancia** 09/02/2015 16/02/2015 9 Envío de las UGEL al MINEDU de la lista de profesores que no acreditaron el cumplimiento de los requisitos previstos en el numeral 5.5 de la Norma Técnica de esta evaluación 16/02/2015 20/02/2015 10 Publicación de centros de evaluación para rendir la Prueba de Conocimientos y la Prueba de Comprensión de Textos 16/03/2015 16/03/2015 11 Presentación excepcional ante la UGEL de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos previstos en el numeral 5.5 de la Norma Técnica de esta evaluación 23/03/2015 27/03/2015 12 Califi cación y verifi cación excepcional de la documentación que sustenta los requisitos de los postulantes 24/03/2015 01/04/2015 13 Envío de las UGEL al MINEDU de la lista de profesores que no acreditaron el cumplimiento de los requisitos previstos en el numeral 5.5 de la Norma Técnica de esta evaluación 06/04/2015 07/04/2015 14 Aplicación de la Prueba de Conocimientos y de la Prueba de Comprensión de Textos 29/03/2015 29/03/2015 15 Publicación de la relación de profesores que superaron la evaluación 13/04/2015 13/04/2015 16 Presentación de reclamos ante la UGEL sobre la acreditación de requisitos 14/04/2015 16/04/2015 17 Resolución de reclamos 15/04/2015 30/04/2015 18 Publicación de la relación defi nitiva de profesores incorporados a la primera escala magisterial de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial 04/05/2015 04/05/2015 19 Emisión de resoluciones de incorporación a la primera escala magisterial de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial 05/05/2015 11/05/2015 * En caso alguno de los días hábiles considerados en el presente cronograma para el cómputo de los plazos previstos en la Norma Técnica denominada “Normas para la evaluación excepcional de profesores nombrados sin título pedagógico, provenientes del régimen de la Ley del Profesorado, en el marco de lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial” sea declarado feriado no laborable, la(s) fecha(s) de la(s) actividad(es) afectada(s) por tal hecho se prorrogará hasta el (los) día(s) hábil(es) siguiente(s), según corresponda, cumpliendo siempre con el plazo establecido en la citada norma técnica. ** Las Direcciones Regionales de Educación podrán reconformar los comités de vigilancia solo por necesidad o causas debidamente justifi cada, bajo responsabilidad.” Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Asesoría Jurídica publique la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1215011-2 ENERGIA Y MINAS Designan Director de la empresa PERUPETRO S.A. en representación del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2015-MEM/DM Lima, 20 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, creó a la empresa PERUPETRO S.A., organizada como sociedad anónima de acuerdo con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Sociedades, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 311; Que, el artículo 12° del la Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A. - Ley Nº 26225, dispone que el Directorio del PERUPETRO S.A. estará integrado por cinco (5) miembros; cuyo Presidente será designado por Resolución Suprema y los cuatro (4) restantes por Resolución Ministerial; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2002-EM se aprueba la adecuación del Estatuto Social de PERUPETRO S.A., que señala en su artículo 40° que el Directorio se compondrá de cinco miembros que serán designados tres en representación del Ministerio de Energía y Minas, uno de los cuales presidirá el Directorio, y dos en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; los cuales son designados, en el caso del Ministerio de Energía y Minas, por resolución suprema en el caso del Presidente y por resolución ministerial en el caso de los otros miembros; Que, encontrándose vacante un cargo de representante del Ministerio de Energía y Minas ante el Directorio de la empresa Perupetro S.A., es necesario designar al funcionario que lo desempeñará; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26225 y el Decreto Supremo N° 002-2002-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, como Director de la empresa PERUPETRO S.A. en representación del Ministerio de Energía y Minas a la siguiente persona: - FRANCISCO JOSÉ JOAQUIN ELÍAS GARCÍA CALDERÓN PORTUGAL Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1215008-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Colombia y Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 088-2015-IN Lima, 20 de marzo de 2015 VISTOS; el Mensaje con referencia DGI 20151700007981/GRUIN/JAZM de fecha 16 de febrero de 2015, de la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Bogotá; y, el Memorándum Múltiple Nº 106-2015-DIRGEN- PNP/EMP-OCNI de fecha 25 de febrero de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,