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El Peruano Sábado 21 de marzo de 2015 549078 CONSIDERANDO: Que, mediante Circular de fecha 23 de enero de 2015, la Dirección Ejecutiva de Servicios Policiales en Funciones de la Organización Internacional de Policía Criminal INTERPOL, puso en conocimiento de los Jefes de las Ofi cinas Centrales Nacionales, que la “11ª Conferencia Anual de Jefes de Ofi cinas Centrales Nacionales de la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL”, se realizará del 24 al 26 de marzo de 2015, en la ciudad de Lyon, República Francesa; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 67-2015- DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 31 de enero de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del país en comisión de servicios a la ciudad de Lyon, República Francesa, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Luís Alberto Pinto Cheng, Director de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Luís Octavio Bisso Pun, Director de la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL - Lima, para que participen en el mencionado evento internacional; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, con Memorándum Múltiple Nº 49-2015- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 4 de febrero de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorizó el viaje mencionado en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa correspondiente y señalando que el mismo irrogará gastos al Estado peruano; Que, resulta conveniente autorizar el referido viaje al exterior del país, toda vez que el intercambio de experiencias y la información a adquirirse en la Conferencia señalada, redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, siendo de interés institucional y del país, debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación, por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), alojamiento, alimentación, así como el impuesto único por tarifa de uso de aeropuerto, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modifi catorias; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios, del 22 al 27 de marzo de 2015, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Luís Alberto Pinto Cheng y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Luís Octavio Bisso Pun, a la ciudad de Lyon, República Francesa, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Pers. Total US$ Viáticos US$ 540.00 4 X 2 = 4,320.00 Pasajes aéreos US$ 2,924.00 X 2 = 5,848.00 --------------- 10,168.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1215014-7 Autorizan viaje de funcionarios a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 090-2015-IN Lima, 20 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el mejoramiento de la seguridad pública es una prioridad en las agendas políticas nacionales e internacionales de los Estados de las Américas y existe un creciente consenso sobre la necesidad de fortalecer las capacidades institucionales para prevenir y combatir la delincuencia, la violencia y la inseguridad en la región; Que, la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos – OEA, con el apoyo de sus Estados Miembros, ha promovido la creación y consolidación de la Reunión de Ministros en Materia de Seguridad Pública de las Américas (MISPA), con el objetivo de fortalecer el diálogo entre los actores clave y lograr entre ellos una cooperación efectiva, facilitando la transferencia de información y la asistencia técnica en la materia; Que, mediante Resolución AG/RES. 2866 XLIV-O/14, aprobada en el cuadragésimo cuarto periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos – OEA, se instruyó al Consejo