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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2015 (21/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Sábado 21 de marzo de 2015 549077 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 089-2014-JUS de fecha 23 de abril de 2014, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano Willan Samboni Macías, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas Agravado, en agravio del Estado Peruano y disponer su presentación por la vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante el Mensaje con referencia DGI 20151700007981/GRUIN/JAZM de fecha 16 de febrero de 2015, de la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Bogotá, hizo de conocimiento a la Ofi cina Central INTERPOL – Lima que, habiendo sido autorizada la entrega a Perú del ciudadano colombiano Willan Samboni Macías con fi nes de extradición; motivo por el cual solicitaron los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Bogotá, República de Colombia hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 148-2015- DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 24 de febrero de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior del país en comisión de servicios del 22 al 26 de marzo de 2015, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Luís Frías Chávez y del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Salomón Villalobos Castillo, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que ejecuten la extradición activa mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 106-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 25 de febrero de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Luís Frías Chávez y del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Salomón Villalobos Castillo, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano Willan Samboni Macías, quien se encuentra requerido por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas Agravado, en agravio del Estado peruano, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 22 al 26 de marzo de 2015. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Pers. Total US$ Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refi ere el artículo 1° de la presente resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1215014-6 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 089-2015-IN Lima, 20 de marzo de 2015 VISTOS; la Circular de fecha 23 de enero de 2015, de la Dirección Ejecutiva de Servicios Policiales en Funciones de la Organización Internacional de Policía Criminal INTERPOL; y, el Memorándum Múltiple Nº 49- 2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 4 de febrero 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,