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El Peruano Sábado 21 de marzo de 2015 549074 y en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2007, a los 25 Gobiernos Regionales; Que, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 002-2010-PCM/SD, modifi cada por las Resoluciones de Secretaría de Descentralización N° 469-2011-PCM/SD, N° 045-2012-PCM/SD y N° 011-2013-PCM/SD, se reconoció a la Comisión Intergubernamental del Ministerio de Educación, encargada de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano, la cual es presidida por el Ministro de Educación e integrada por representantes del Ministerio de Educación, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Ministerio de Economía y Finanzas, y la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0074- 2013-ED se ofi cializó el “Reglamento de la Comisión Intergubernamental del Sector Educación-CI”, el cual señala en su artículo 2 que dicho organismo es una instancia constituida por el Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, en el marco de los mecanismos de coordinación intergubernamental y la normatividad sobre el desarrollo del proceso de descentralización. Es presidida por el Ministerio de Educación como órgano rector del Sector Educación, y atiende a las necesidades de desarrollo de los componentes de la gestión educativa descentralizada; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3 del referido Reglamento, la CI tiene por objetivo concertar y articular las políticas, estrategias y acciones que deben implementar los tres niveles de gobierno de manera coordinada para el fortalecimiento de la gestión descentralizada del sistema educativo, que permita brindar un servicio educativo de calidad para el logro de los aprendizajes y el pleno ejercicio del derecho a la educación. Además, contribuye a la implementación de las competencias y funciones transferidas a los Gobiernos Regionales y las que tengan los Gobiernos Locales, procurando impulsar la identifi cación y desarrollo de los procesos de gestión compartida y descentralizada; Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 12 del Reglamento en mención la CI cuenta con un Equipo Técnico de Apoyo conformado por representantes de la Ofi cina de Coordinación Regional del Ministerio de Educación, en representación del Gobierno Nacional; de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR), en representación de los Gobiernos Regionales; así como de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE) y de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú (REMURPE), en representación de los Gobiernos Locales; pudiendo participar también un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, de otro lado, mediante Resolución Ministerial N° 264-2014-MINEDU se aprobaron los “Lineamientos para la Relación Intergubernamental entre el Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales”, los cuales señalan en su numeral 4.3.1 que “La Comisión Intergubernamental del Sector Educación, constituye un espacio multilateral de encuentro entre el Ministerio de Educación y las instancias representativas de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales para concertar y articular políticas, estrategias y acciones nacionales que deben implementarse de manera coordinada por los tres niveles de gobierno, para el fortalecimiento de la gestión descentralizada del sistema educativo”; Que, el numeral 4.2.2, de los referidos Lineamientos señala los instrumentos técnicos legales y operativos de relación intergubernamental, dentro de los cuales se encuentra la Matriz de Gestión Descentralizada (MGD), la cual es defi nida como el instrumento que establece responsabilidades específi cas de los niveles de gobierno de acuerdo a los roles y procesos establecidos. Sirve de base para establecer pactos, convenios y planes de carácter intergubernamental; Que, de acuerdo a lo indicado en el Informe 124-2014- MINEDU/VMGI-OCR, remitido por el Jefe de la Ofi cina de Coordinación Regional (hoy Dirección General de Gestión Descentralizada), quien actúa como Secretario Técnico de la CI, en adelante el Informe; en la cuarta sesión de la CI, de fecha 28 de noviembre de 2012, se decidió, por unanimidad, “Aprobar la propuesta para la elaboración de la Matriz de Gestión Descentralizada del Sector Educación, que sintetice y ordene las tareas que deben estar a cargo de cada nivel de gobierno (Nacional, Regional y Local), visibilizando a la Institución Educativa, las cuales deben identifi carse como parte de una cadena de procesos con la fi nalidad de brindar los servicios públicos en materia educativa”. El informe señala, además, que en la referida sesión se acordó también que la elaboración de la MGD debía incluir consultas a los Gobiernos Regionales y Locales que contribuya al avance en el diseño intergubernamental de los modelos de gestión educativa descentralizados, articulando a los tres niveles de gobierno; Que, el Informe señala que la construcción de la MGD estuvo a cargo del Equipo Técnico de Apoyo a la CI, presidido por el Ministerio de Educación a través de la Ofi cina de Coordinación Regional; para cuyo efecto se priorizó los siguientes procesos operativos del Sector Educación: Gestión del Desarrollo Docente, Gestión de Materiales y Recursos Educativos, y Gestión del Mantenimiento de la Infraestructura Educativa. Asimismo, señala que los criterios adoptados para la asignación de responsabilidades a cada nivel de gobierno y a la Institución Educativa en la elaboración de la MGD, se sustentan en las normas y acciones del Sector, así como en los roles que cada uno de ellos desempeña en la gestión descentralizada del servicio educativo. Merece especial atención la inclusión de la Institución Educativa en la MGD, como eslabón final de la cadena de valor del servicio educativo, a través del cual se puede observar el desarrollo de competencias de los estudiantes, la calidad, los logros, y resultados de la gestión educativa; Que, agrega el Informe, que la MGD elaborada por el Equipo Técnico de Apoyo a la CI, refl eja las responsabilidades compartidas de cada nivel de gobierno y de la institución educativa, según las fases del ciclo de producción del servicio para la atención educativa de los estudiantes, orientadas a logros de aprendizajes y mejora de la calidad de la educación. Asimismo, señala que para su elaboración se recabó opiniones, comentarios y aportes de los Gobiernos Regionales, para cuyo efecto se realizaron reuniones de consulta descentralizadas durante los meses de julio y agosto de 2014 en los departamentos de Amazonas, Cusco, Ica, Moquegua, Piura, Puno, San Martín y Ucayali; en las cuales también participaron alcaldes de Municipalidades ubicadas en estas zonas. Así también, en el mes de agosto de 2014 se llevó a cabo en Lima una reunión de consulta adicional con alcaldes y funcionarios de las Municipalidades Provinciales de Arequipa, Cusco, San Martín y Puno, así como con representantes de la AMPE y REMURPE; Que, de esta manera, conforme se señala en el Informe, en la segunda sesión de la CI del Sector Educación del año 2014, realizada el 23 de septiembre de 2014, se aprobó la MGD, según el siguiente acuerdo, “Aprobar la Matriz de Gestión Descentralizada del Sector Educación, de los procesos de Gestión del Desarrollo Docente, Gestión de Materiales y Recursos Educativos y Gestión del Mantenimiento de Infraestructura Educativa, para el desarrollo de la gestión descentralizada del servicio educativo. Dicha aprobación será formalizada mediante Resolución Ministerial”; Que, a través del Informe N° 006-2015-MINEDU/VMGI- OCR, la Ofi cina de Coordinación Regional (hoy Dirección General de Gestión Descentralizada), la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección General de Educación Básica Regular y el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), emiten opinión favorable respecto de la MGD. Asimismo, mediante el Informe N° 001- 2015-MINEDU/VMGP/DIGERE la Directora de Gestión de Recursos Educativos se pronuncia favorablemente respecto de la MGD; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,