Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2015 (14/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Que, a traves del Decreto Supremo N° 005-2013MC, se aprobo el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; Que, por Resolucion Ministerial N° 334-2014-MC se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, el cual considera el cargo de Asesor II de la Secretaria General, como cargo de confianza y se encuentra vacante; Que, la Secretaria General propone designar a la senorita Rossina Manche Mantero como Asesora II de la Secretaria General; Con el visado del Secretario General, Director General de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 0052013-MC y la Resolucion Ministerial N° 334-2014-MC que aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a la senorita Rossina Manche Mantero en el cargo de Asesor II de la Secretaria General del Ministerio de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1237007-1
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El Peruano Jueves 14 de MORDAZA de 2015

de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a dos (02) militares del Estado Plurinacional de Bolivia, del 18 al 19 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de participar en la III Reunion Anual entre Capitanes de Puertos Fronterizos, en la MORDAZA de Puerto Maldonado. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa

Modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209 1236694-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 409-2015 DE/

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Bolivia, Espana y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 408-2015 DE/ MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 347 del 8 de MORDAZA de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-2004, del 6 de MORDAZA de 2015, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA, por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 18 al 19 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de participar en la III Reunion Anual entre Capitanes de Puertos Fronterizos, en la MORDAZA de Puerto Maldonado; Que, el articulo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion

MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 283 del 17 de MORDAZA de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Reino de Espana, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 756-2015-MINDEF/VPD/B/01.a, del 28 de MORDAZA de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar del Reino de Espana; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 14 al 17 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de participar en el V Salon Internacional de Tecnologia para la Defensa y Prevencion de Desastres Naturales en la MORDAZA de Lima; Que, el articulo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;

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