Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2015 (14/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Jueves 14 de MORDAZA de 2015

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Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento..."; Que, mediante Parte Diario Nº 230408 de fecha 15 de diciembre de 2014, se precisa que la solicitud esta referida al cambio de local, lo cual conlleva a la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral Nº 298-2014MTC/15, variando la ubicacion del local (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica), que se encuentra ubicado en: Avenida Los Proceres Nº 7891, Tercer Piso, Departamento Nº 301, Urbanizacion Pro, Distrito de Los MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA al inmueble ubicado en: Av. MORDAZA MORDAZA Nº 206, MORDAZA "B", 1er. piso, Distrito de San MORDAZA de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima; Que, la solicitud presentada por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES EL TUMI E.I.R.L., implica una variacion de uno de los contenidos del articulo 53º de El Reglamento, en razon que La Escuela, ha solicitado el cambio de local destinado a las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica, autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 298-2014-MTC/15; en ese sentido y considerando lo establecido en el articulo 60º de El Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 01-2015-MTC/15.vho de fecha 23 de enero de 2015, sobre la inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela, en lo correspondiente a la condicion de infraestructura, que senala el numeral 43.3 del articulo 43º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008MTC, el inspector concluye que de la inspeccion ocular efectuada, en lo correspondiente a la condicion de infraestructura, se constato que la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES EL TUMI E.I.R.L., propone una infraestructura con los ambientes minimos exigidos por El Reglamento y autorizada mediante Resolucion Directoral Nº 298-2014-MTC/15 de fecha 23 de enero de 2014; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 1302015-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES EL TUMI E.I.R.L., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral Nº 298-2014-MTC/15 de fecha 23 de enero de 2014, variando la ubicacion del local (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica), que se encuentra ubicado en: Avenida Los Proceres Nº 7891, Tercer Piso, Departamento Nº 301, Urbanizacion Pro, Distrito de Los MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA al inmueble ubicado en: Av. MORDAZA MORDAZA

de conducir de la Clase A Categorias II y III y la Clase B Categoria II-c, asi como el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 913-2013MTC/15 de fecha 25 de febrero de 2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 03 de MORDAZA de 2013, se autorizo a La Escuela para impartir los cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir de la Clase A Categoria I; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 298-2014MTC/15 de fecha 23 de enero de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de febrero de 2014, se autorizo a La Escuela la ampliacion de local, el mismo que se encuentra ubicado en: Avenida Los Proceres Nº 7891, Tercer Piso, Departamento Nº 301, Urbanizacion Pro, Distrito de Los MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Parte Diario Nº 230408 de fecha 15 de diciembre de 2014, La Escuela solicito la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral Nº 298-2014MTC/15, variando la ubicacion del local (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica), que se encuentra ubicado en: Avenida Los Proceres Nº 7891, Tercer Piso, Departamento Nº 301, Urbanizacion Pro, Distrito de Los MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA al inmueble ubicado en: Av. MORDAZA MORDAZA Nº 206, MORDAZA "B", 1er. piso, Distrito de San MORDAZA de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 030-2015-MTC/15.03 de fecha 08 de enero de 2015, notificado con fecha 12 de enero del presente ano, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario Nº 006623 de fecha 13 de enero de 2015, La Escuela presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio MORDAZA mencionado; Que, mediante Informe Nº 01-2015-MTC/15.vho de fecha 23 de enero de 2015, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela; Que, el articulo 43º de El Reglamento establece las condiciones de acceso para el funcionamiento de una Escuela de Conductores; senalandose en el numeral 43.3 las condiciones en infraestructura, como son los siguientes: "a) Un local adecuado para el dictado de las clases teoricas en funcion al MORDAZA de curso a impartir y a la cantidad de postulantes que reciban la instruccion, b) Una MORDAZA de recepcion e informacion independiente del area de ensenanza, c) Un ambiente destinado al despacho del Director y personal administrativo, d) Servicios higienicos conforme a lo exigido por la normativa sectorial correspondiente, e) Un taller para realizar la instruccion teorico-practica de mecanica, f) Un ambiente privado para realizar entrevistas, examenes medicos, psicosensometricos y otros afines que resulten necesarios..."; Que, el numeral c) del articulo 47º de El Reglamento, indica que: "La obligacion de la Escuela es informar a la DGTT sobre cualquier modificacion de los terminos de la resolucion de autorizacion como Escuela de conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificacion de la misma, o sobre cualquier informacion que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores"; Que, el literal d) del articulo 53º de El Reglamento indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente: ... d) Ubicacion del(los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorizacion,..."; Que, el articulo 60º de El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario

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