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El Peruano Jueves 14 de mayo de 2015 552498 – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables desarrolla desde el año 2002 un proyecto piloto para la formación de facilitadoras y facilitadores en la prevención de la violencia familiar y sexual, que inicialmente se implementó en Lima Metropolitana y Callao y posteriormente a nivel nacional en las zonas urbano marginales en el ámbito de los Centros de Emergencia Mujer; Que, mediante Resolución Ministerial N° 605-2005- MIMDES, se resolvió reconocer la labor de prevención de la violencia familiar y sexual que realizan las Facilitadoras y Facilitadores en Acción, quienes en forma desinteresada colaboran con el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (actualmente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP); Que, el Plan Nacional Contra la Violencia Hacia la Mujer para el periodo 2009-2015 aprobado por Decreto Supremo N° 003-2009-MIMDES, recoge los aprendizajes de la ejecución del Plan durante el período 2002-2007 y busca mejorar la intervención estatal en los niveles de gobierno nacional, regional y local, en estrecha colaboración con la sociedad civil y el sector privado para enfrentar exitosamente el problema; además reconoce la existencia de mujeres peruanas que todavía no gozan de igualdad de derechos, que debido a su condición femenina se les impone normas sociales que las desvalorizan y que las hacen susceptibles de sufrir violencia en distintas esferas de su vida. Asimismo, reconoce las enormes posibilidades de cambios en los patrones socio-culturales hacia una sociedad inclusiva, democrática con igualdad de oportunidades para hombres y mujeres, respetuosa de los derechos de las mujeres y sobre todo libres de violencia; Que, las Facilitadoras y Facilitadores en Acción, son mujeres y hombres pertenecientes a las organizaciones sociales de base y de diversas comunidades, que vienen realizando en forma voluntaria un rol activo en la lucha contra la violencia familiar y sexual, ampliando la cobertura de las acciones de prevención desde y al interior de la comunidad organizada, en el marco de las acciones del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, una de las principales características de las Facilitadoras y Facilitadores en Acción, es la participación constante en acciones preventivas como las Campañas Casa por Casa “Venciendo la Violencia en las Familias”, que consiste en visitar a las familias con el objetivo de informar y sensibilizar, así como detectar y derivar casos sobre violencia familiar y sexual y difundir los servicios de atención y prevención que brindan los Centros de Emergencia Mujer del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS. Desde el año 2006 hasta la actualidad, las Facilitadoras y Facilitadores en Acción certifi cados han realizado 34 Campañas Casa por Casa “Venciendo la Violencia en las Familias”, visitando un total de 266, 147 casas, derivándose 18, 687 casos a los Centros de Emergencia Mujer; Que, el artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 316- 2012-MIMP, establece que dicho Programa Nacional tiene entre sus funciones generales, diseñar, aplicar, promover, desarrollar, supervisar, monitorear y evaluar los proyectos, programas, estrategias y actividades de prevención y atención frente a la violencia familiar y sexual; así como promover, coordinar y fortalecer redes y mecanismos de articulación a nivel intergubernamental, intersectorial, de la sociedad civil, de organizaciones sociales de base y de la empresa privada para la atención y prevención de la violencia familiar y sexual; emprendimientos económicos como alternativa para enfrentar situaciones de violencia y vigilancia de las políticas en las materias de prevención, atención, protección y recuperación de personas afectadas por violencia familiar y sexual; Que, mediante el Informe N° 0001-2015-MIMP- PNCVFS/ UPPIFVFS/YCH de la Unidad de Prevención y Promoción Integral Frente a la Violencia Familiar y Sexual y el Informe N° 004-2015-MIMP-PNCVFS-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS, se sustenta técnica y legalmente la expedición del acto resolutivo, y además se da cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.5 de la Directiva General N° 002-2014- MIMP “Lineamientos para la aprobación o visación de los dispositivos legales generados en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 153-2014-MIMP; Que, en ese sentido resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial de agradecimiento y felicitación a las Facilitadoras y Facilitadores en Acción, por su labor voluntaria en la prevención de la violencia familiar y sexual; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en la Resolución Ministerial N° 316-2012-MIMP que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS y en la Resolución Ministerial N° 153-2014-MIMP, que aprueba la Directiva General N° 002-2014-MIMP “Lineamientos para la aprobación o visación de los dispositivos legales generados en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP”; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Agradecer y felicitar a las Facilitadoras y Facilitadores en Acción del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, por su labor voluntaria en la prevención de la violencia familiar y sexual. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el portal del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1236980-1 Dan por concluida designación de Director de la Oficina de Asuntos Financieros de la Oficina General de Administración del MIMP RESOLUCIÓN MINISTERIAL ʋ 089-2015-MIMP Lima, 13 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 243-2014- MIMP, entre otras acciones, se designó al señor Víctor Raúl Ayasta Muro en el cargo de Director de la Ofi cina de Asuntos Financieros de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, en atención a la nueva estructura orgánica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables contenida en el artículo 6 de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modifi cado por Decreto Supremo ʋ 002-2015-MIMP, resulta pertinente dar por concluida la mencionada designación; Con las visaciones de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley ʋ 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley ʋ 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo ʋ 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, a partir del 13 de mayo de 2015, la designación del señor VÍCTOR