Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2015 (14/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Jueves 14 de MORDAZA de 2015

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de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a cuatro (04) militares del Reino de Espana, del 14 al 17 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de participar en el V Salon Internacional de Tecnologia para la Defensa y Prevencion de Desastres Naturales en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa

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Modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209

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ECONOMIA Y FINANZAS
1 Modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209

1236694-2 RESOLUCION MINISTERIAL N° 410-2015 DE/ MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nro. 353 y 358, del 8 y 12 de MORDAZA de 2015, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 824-2015-MINDEF/VPD/B/01.a, del 12 de MORDAZA de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Chile; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 14 al 17 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de participar en el V Salon Internacional de Tecnologia para la Defensa y Prevencion de Desastres Naturales en la MORDAZA de Lima; Que, el articulo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a un (01) militar de la Republica de MORDAZA, del 14 al 17 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de participar en el V Salon Internacional de Tecnologia para la Defensa y Prevencion de Desastres Naturales en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que

Prorrogan plazo de MORDAZA de la informacion financiera y presupuestaria del primer trimestre del ejercicio 2015, para todas las entidades gubernamentales comprendidas en la Directiva Nº 005-2014-EF/51.01
RESOLUCION DIRECTORAL N° 009-2015-EF/51.01 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, los incisos a) y b) del articulo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, senalan como atribuciones de la Direccion General de Contabilidad Publica, entre otras, la de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector publico y elaborar la Cuenta General de la Republica, procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades de dicho sector; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 010-2014EF/51.01 se aprobo la Directiva Nº 005-2014-EF/51.01 "Preparacion y MORDAZA de la informacion financiera y presupuestaria trimestral y semestral por las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad Gubernamental"; cuyo literal b) del numeral 7 dispone que: "El plazo de MORDAZA de la informacion financiera y presupuestaria trimestral y semestral, sera dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la finalizacion del periodo que se informa"; Que, en merito a lo solicitado por diversos pliegos usuarios del SIAF-SP, quienes manifiestan inconvenientes en el MORDAZA integral de la informacion y transmision al aplicativo Web SIAF, es necesario prorrogar el plazo de MORDAZA de la informacion financiera y presupuestaria del primer trimestre del presente ejercicio, por parte de las entidades gubernamentales comprendidas en el alcance de la Directiva Nº 005-2014-EF/51.01; Estando a lo propuesto por la Direccion de Normatividad y con el visado de la Direccion de Gobiernos Locales y la Direccion de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; y En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad y la Ley Nº 28112 Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorroga de plazo Prorrogar hasta el 30 de MORDAZA del presente ano, el plazo de MORDAZA de la informacion financiera y presupuestaria del primer trimestre del ejercicio 2015, para todas las entidades gubernamentales comprendidas en la Directiva Nº 005-2014-EF/51.01 aprobada con la Resolucion Directoral Nº 010-2014-EF/51.01.

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