Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2015 (14/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Jueves 14 de MORDAZA de 2015

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Que, el COES a traves de la carta COES/D-586-2014 remitio la propuesta del MORDAZA Procedimiento Tecnico COES PR-30 "Valorizacion de las Transferencias de Potencia y Compensaciones al Sistema Principal y Sistema Garantizado de Transmision" y la modificacion del "Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES-SINAC", dando inicio al MORDAZA para la aprobacion de dicho procedimiento por parte de Osinergmin; Que, de conformidad con el numeral 8.1 de la Guia, Osinergmin mediante Oficio N° 0904-2014-GART remitio al COES las observaciones a la propuesta, dandole un plazo de veinte (20) dias habiles para subsanar las mismas, el cual fue MORDAZA en quince (15) dias habiles adicionales a solicitud del COES, carta COES/D-680-2014. En este sentido, mediante la carta COES/D-737-2014, el COES subsano dichas observaciones; Que, mediante Resolucion N°021-2015-OS/CD, se publico el proyecto del MORDAZA Procedimiento Tecnico COES PR-30 "Valorizacion de las Transferencias de Potencia y Compensaciones al Sistema Principal y Sistema Garantizado de Transmision" y la modificacion del "Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES-SINAC", de conformidad con lo establecido en el numeral 8.3 de la Guia y en el Articulo 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; Que, la Resolucion N° 021-2015-OS/CD otorgo un plazo de quince (15) dias calendario, contados desde el dia siguiente de su publicacion, a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria; Que, los comentarios y sugerencias presentados por las empresas Kallpa Generacion S.A., Enersur S.A., Empresa de Generacion Electrica del Sur S.A., Termochilca S.A.C., Statkraft Peru S.A. y MORDAZA Energy Egenor S. en C. por A. han sido analizados en el Informe Tecnico N° 305-2015GART, y previo cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 5.3 del Reglamento del COES, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EM, se han acogido aquellos que contribuyen con el objetivo de la MORDAZA, correspondiendo la aprobacion final del procedimiento; Que, en ese sentido, se ha emitido el Informe Tecnico N° 305-2015-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe Legal N° 313-2015GART de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3°, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; en el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES), aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM, en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesion Nº 12-2015. SE RESUELVE Articulo 1°.- Aprobar el Procedimiento Tecnico COES PR-30 "Valorizacion de las Transferencias de Potencia y Compensaciones al Sistema Principal y Sistema Garantizado de Transmision" contenido en el Anexo 1 de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Derogar el Procedimiento N° 23 "Compensaciones al Sistema Principal de Transmision", aprobado mediante Sesion de Directorio del COES N° 99. Articulo 3°.- Derogar el Procedimiento N° 27 "Egresos por Compra de Potencia", el Procedimiento N° 28 "Ingresos Garantizados por Potencia Firme", el Procedimiento N° 29 "Ingresos Adicionales por Potencia Generada en el Sistema" y el Procedimiento N° 30 "Valorizacion de las Transferencias de Potencia", aprobados mediante Resolucion Ministerial N° 322-2001-EM/VME. Articulo 4°.- Modificar el "Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES-SINAC", aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 143-2001-EM/VME, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo 2 de la presente Resolucion.

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban el Procedimiento Tecnico COES PR-30 "Valorizacion de las Transferencias de Potencia y Compensaciones al Sistema Principal y Sistema Garantizado de Transmision", derogan diversos Procedimientos, y modifican el "Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES SINAC"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 092-2015-OS/CD MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO Que, la Ley N° 28832, "Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica", establecio en el literal b) de su Articulo 13° establecio como funcion de interes publico del COES el elaborar los procedimientos para la operacion del MORDAZA y administracion del MORDAZA de Corto Plazo; mientras que, en el literal g) del Articulo 14° se establecio, entre otros aspectos, las funciones operativas del COES con relacion a la determinacion y valorizacion de las transferencias de potencia y energia entre los Agentes integrantes del COES; Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM, se aprobo el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (Reglamento COES), cuyo Articulo 5°, numeral 5.1 detalla que el COES, a traves de su Direccion Ejecutiva, debe elaborar las propuestas de Procedimiento en materia de operacion del MORDAZA, y en su numeral 5.2 determina que el COES debe contar con una "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos", elaborada y aprobada por el Osinergmin, la cual incluira como minimo, los objetivos, plazos, condiciones, metodologia, forma, responsables, niveles de aprobacion parciales, documentacion y estudios de sustento; Que, mediante Resolucion N° 476-2008-OS/CD se aprobo la "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos" (en adelante la "Guia), elaborada de conformidad con los Articulos 5° y 6° del Reglamento COES, estableciendose en aquella el MORDAZA y los plazos que deben seguirse para la aprobacion de los Procedimientos Tecnicos COES; Que, mediante Sesion de Directorio del COES N° 99, se aprobo el Procedimiento N° 23 "Compensaciones al Sistema Principal de Transmision"; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 322-2001EM/VME, se aprobo el Procedimiento N° 27 "Egresos por Compra de Potencia", el Procedimiento N° 28 "Ingresos Garantizados por Potencia Firme", el Procedimiento N° 29 "Ingresos Adicionales por Potencia Generada en el Sistema" y el Procedimiento N° 30 "Valorizacion de las Transferencias de Potencia"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2015-EM, se aprobaron las precisiones para determinar la MORDAZA Demanda Mensual y la Demanda Coincidente a que se refieren los articulos 111, 112 y 137 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 143-2001EM/VME, se aprobo el "Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES-SINAC" (en adelante "GLOSARIO");

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