Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2015 (20/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

552832
PRODUCTORES GRANO DE ORO DEL PORVENIR, a favor de los doce (12) miembros que se detallan en el noveno considerando de la presente Resolucion, respecto del numero de predios que conducen, ubicados en la Comunidad de MORDAZA, Anexo El Porvenir, Centro Poblado Leche MORDAZA, Distrito de MORDAZA, Provincia de La Mar, Departamento de MORDAZA, contenido en el proyecto de "Reconversion del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM para la instalacion y produccion de Cacao en catorce (14) hectareas", incluido su financiamiento, elaborado por el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego. Articulo 2.- Convenio de Financiamiento y Reconversion Productiva Agropecuaria Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, para la respectiva notificacion de la ASOCIACION DE PRODUCTORES GRANO DE ORO DEL PORVENIR, a fin que suscriban con este el respectivo Convenio de Financiamiento y Reconversion Productiva Agropecuaria del predio senalado en el articulo 1 precedente, para cuyo efecto se le delega la representacion del Ministerio de Agricultura y Riego. Articulo 3.- Acciones de supervision, seguimiento y coordinacion Disponer, segun sus competencias, que el Centro Regional de Innovacion Agroempresarial ­ CRIA Pichari y el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones necesarias para la adecuada ejecucion del proyecto aprobado, supervision, coordinacion y seguimiento del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de "Reconversion del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM, para la instalacion y produccion de Cacao en catorce (14) hectareas" del predio MORDAZA mencionado pertenecientes a los doce (12) productores de la ASOCIACION DE PRODUCTORES GRANO DE ORO DEL PORVENIR, referidos en el noveno considerando de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1239239-7 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0212-2015-MINAGRI MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Expediente sobre Pedido de Reconversion Productiva N° 028-2015-PRP, iniciado por la ASOCIACION DE PRODUCTORES DE CACAO ORGANICO NUEVA QUILLABAMBA, el Informe Final PRP N° 021-2015MINAGRI-PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el organo rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, disena, establece, ejecuta y supervisa las politicas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoria en relacion con MORDAZA y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles del gobierno; Que mediante la Resolucion Ministerial N° 02972014-MINAGRI, se aprobo la constitucion de los Centros Regionales de Innovacion Agroempresarial - CRIAS, entes que tienen por finalidad mejorar la inclusion de los productores en el ambito del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro ­ VRAEM ­ a los servicios que brinda el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios de eficiencia, eficacia y sostenibilidad, articulando a las dependencias del Ministerio y los servicios que estas brindan, en busqueda de incrementar la capacidad empresarial de los productores;

El Peruano Miercoles 20 de MORDAZA de 2015

Que, a traves del Decreto Legislativo N° 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad como Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego, con el objeto de elevar la competitividad de la produccion agraria de los medianos y pequenos productores, a traves del fomento de la asociatividad y la adopcion de tecnologias agropecuarias ambientales adecuadas; Que, mediante la Ley N° 29736, Ley de Reconversion Productiva Agropecuaria, se declara de interes nacional y caracter prioritario la Reconversion Productiva Agropecuaria en el MORDAZA, como politica permanente del Estado en los tres niveles de gobierno; Que, el articulo 2 de la Ley N° 29736, Ley de Reconversion Productiva Agropecuaria, dispone que la Reconversion Productiva Agropecuaria es el cambio o transformacion voluntaria hacia una produccion agropecuaria diferente a la actual; busca innovar y agregar valor a la produccion mediante la utilizacion de sistemas tecnologicos eficientes en toda cadena productiva; Que, asimismo, el articulo 7 de la Ley acotada, senala que son beneficiarios de la Reconversion Productiva Agropecuaria las personas naturales o juridicas dedicadas a la actividad agropecuaria en el MORDAZA que se incorporen a un programa o un proyecto determinado; Que, el articulo 14 del Reglamento de la Ley N° 29736, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014MINAGRI, senala que podran participar en los programas o proyectos de Reconversion Productiva Agropecuaria aquellos productores que reunan los siguientes requisitos: a) persona natural o juridica; b) contar con documentos expedidos por la autoridad competente, que acredite la condicion de propietario o posesionario del predio; y c) tener el predio bajo produccion agropecuaria; Que, mediante solicitud de fecha 17 de febrero de 2015, la ASOCIACION DE PRODUCTORES DE CACAO ORGANICO NUEVA QUILLABAMBA, ha formulado a favor de los dieciocho (18) productores agrarios que se detallan en el siguiente considerando, Pedido de Reconversion Productiva Agropecuaria para la "Reconversion del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM, para la instalacion y produccion de Cacao en dieciocho (18) hectareas", cuyo expediente signado como Pedido de Reconversion Productiva N° 028-2015-PRP cuenta con la opinion favorable de las Unidades de Promocion y de Negocios del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, las mismas que se encuentran contenidas en el Informe de Evaluacion PRP N°0033-2015-MINAGRI-PCC-UN, sustentado en el Informe Tecnico PRP N° 0012-2015-MINAGRI-PCC-UN/ JAR; Que, los dieciocho (18) productores agrarios, referidos en el considerando precedente; y, que han cumplido con presentar el Compromiso de Reconversion Productiva Agropecuaria, MORDAZA de Posesion y Documento Nacional de Identidad, son los siguientes: 1.- MORDAZA MORDAZA, FREDY. 2.- MORDAZA MORDAZA, SERAPIO. 3.- GAVILANO MISALAYA, RAUL. 4.- MORDAZA MORDAZA, MARTHA. 5.- MORDAZA MORDAZA, SIMION. 6.- DE LA MORDAZA MORDAZA, POMPEYO. 7.- MORDAZA PAHUARA, NOEMI. 8.- MORDAZA MORDAZA, MORDAZA FRANKLER. 9.- RUMIN MORDAZA, MARIO. 10.- PICHARDO MEZALAYA, ALFREDO. 11.- RONDINEL MORDAZA, ALEJANDRO. 12.- MORDAZA MORDAZA, MARTINA. 13.- MORDAZA MORDAZA, MORDAZA OLGA. 14.- MORDAZA SARABIA, MORDAZA DAYSI. 15.- MORDAZA MORDAZA, AYDEE. 16.- RONDINEL MORDAZA, EVER. 17.- DE LA MORDAZA MORDAZA, NOEMI. 18.- ESLAVA MORDAZA, GUILLERMO. Que, en atencion a dicho sustento tecnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a traves de su Informe Final PRP N° 021-2015-MINAGRIPCC, emite opinion favorable por la aprobacion del Pedido de Reconversion Productiva Agropecuaria y su correspondiente financiamiento, el mismo que ha sido tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.