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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2015 (20/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Miércoles 20 de mayo de 2015 552845 bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, el numeral 11.2 del citado artículo 11, modifi cado mediante el artículo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015, señala que, previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), así como con el registro en el Banco de Proyectos del SNIP del informe de consistencia del estudio defi nitivo o expediente técnico detallado o con el registro de Variaciones en la Fase de Inversión, o con el registro de la Verifi cación de Viabilidad en el Banco de Proyectos del SNIP, a los que se refi ere la Directiva N° 001- 2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 y modifi catorias; siendo que en el caso de los proyectos de inversión que no cuenten con el estudio defi nitivo o expediente técnico, la transferencia de recursos se efectúa sólo para fi nanciar esta fi nalidad y sólo deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); señalando, adicionalmente, que las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del citado artículo 11 sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2015; indicándose que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Salud a realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor del Ministerio del Interior y el Ministerio de Agricultura y Riego, para el fi nanciamiento de los proyectos de inversión pública: “Mejoramiento de los Servicios Críticos y de Consulta Externa del Hospital Nacional PNP Luis N. Sáenz Jesús María - Lima - Lima” con código SNIP 305924 y “Mejoramiento, Ampliación y Equipamiento del Centro de Salud El Estrecho, Distrito de Putumayo, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto” con código SNIP 189242, respectivamente, disponiendo que dichas modifi caciones presupuestarias se autorizan previa opinión favorable de la Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces del Ministerio de Salud, hasta el segundo trimestre del año fi scal 2015, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes mencionado; Que, mediante Informe Nº 144-2015-OGPP-OP/ MINSA, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto indica que el pliego Ministerio de Salud cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del Ministerio del Interior, del Ministerio de Agricultura y Riego y del Gobierno Regional del Departamento de Lima, hasta por la suma de TRESCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 322 632 589,00), para el fi nanciamiento de cuatro (04) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, los cuales cuentan con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, así como con el registro en el Banco de Proyectos del SNIP del informe de consistencia del estudio defi nitivo o expediente técnico detallado, o con el registro de Variaciones en la Fase de Inversión, o el registro de la Verifi cación de Viabilidad, en el Banco de Proyectos del SNIP, a los que se refi ere la Directiva N° 001-2011- EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 y modifi catorias; asimismo, se precisa que para la ejecución de los proyectos a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Lima, el Ministerio de Salud ha suscrito el convenio respectivo con dicho Gobierno Regional, en el marco del artículo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en virtud de lo cual mediante Ofi cio N° 1542-2015-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita la referida transferencia de recursos; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego Ministerio de Salud a favor de los pliegos Ministerio del Interior, Ministerio de Agricultura y Riego y del Gobierno Regional del Departamento de Lima hasta por la suma total de TRESCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 322 632 589,00), para el fi nanciamiento de cuatro (04) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 30281 y su modifi catoria, y el artículo 1 de la Ley N° 30324; De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y los artículos 1 y 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRESCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 322 632 589,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Ministerio del Interior, Ministerio de Agricultura y Riego y del Gobierno Regional del Departamento de Lima, para fi nanciar la ejecución de cuatro (04) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central-MINSA ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2195952 : Mejoramiento del Acceso a Servicios de Salud de Segundo Nivel de Atención en el Ámbito de Infl uencia del Hospital María Auxiliadora, Provincia Rodríguez de Mendoza - Región Amazonas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 21 952 590,00 PROYECTO 2078234 : Fortalecimiento Integral de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Atención del Hospital de Supe FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 6 340 361,00 PROYECTO 2183980 : Construcción de Establecimientos de Salud Estratégicos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 1 575 206,00 PROYECTO 2183980 : Construcción de Establecimientos de Salud Estratégicos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 292 764 432,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 322 632 589,00 ============