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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2015 (20/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Miércoles 20 de mayo de 2015 552843 Mayor FAP CARLOS ALBERTO BEGAZO GALLO Copiloto NSA: O-9644495 DNI: 10494155 Técnico de 1ra. FAP JOSE CRUZ RAMIREZ ORTIZ Ing. de vuelo NSA: S-12148786 DNI: 43576948 Técnico de 2da. FAP SAUL AMILCAR PORRAS CRISTOBAL Ing. de vuelo NSA: S-60708292 DNI: 43913903 Técnico Inspector FAP YVER CONVERSION TREBEJO Maestro de DOLORES Carga NSA: S-60448184 DNI: 43424776 Técnico de 1ra. FAP ALVARO MARTIN BALDERA BRENIS Maestro de NSA: S-60602889 DNI: 16630281 Carga Tripulación Alterna Comandante FAP MANFRED WILMAR RONDON LLAZA Piloto NSA: O-9597991 DNI: 09341097 Comandante FAP ANGEL ISRAEL CASSO SEGOVIA Piloto NSA: O-9625593 DNI: 43357029 Técnico Inspector FAP OSCAR MANUEL CORDOVA PEÑA Ing. de vuelo NSA: S-60562088 DNI: 08676478 Técnico de 2da. FAP YURI FELIPE TEJADA SALAS Ing. de vuelo NSA: S-13867091 DNI: 29609479 Técnico Inspector FAP GABRIEL ARCANGEL PEREZ SALVA Maestro de NSA: S-60403683 DNI: 08148747 Carga Técnico de 1ra. FAP JOSE WILDER CAMPOS CASTREJON Maestro de NSA: S-60622090 DNI: 09546732 Carga Artículo 2º.- La participación de las tripulaciones alternas quedan supeditadas solamente a la imposibilidad de participación por parte de las tripulaciones principales. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 430.00 x 02 días x 36 personas = US$ 30,960.00 TOTAL = US$ 30,960.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1239609-5 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. y España RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 429-2015 DE/SG Lima, 19 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 362 del 13 de mayo de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 1730/W/c 2, del 19 de mayo de 2015, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 20 al 25 de mayo de 2015, con la fi nalidad de discutir las futuras ofertas de cursos con el Ejército Peruano; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de los Estados Unidos de América, del 20 al 25 de mayo de 2015, con la fi nalidad de discutir las futuras ofertas de cursos con el Ejército Peruano. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1 Modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209. 1239234-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 430-2015 DE/SG Lima, 19 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 240 del 30 de marzo de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Reino de España, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-1981, del 6 de mayo de 2015, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar del Reino de España; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 23 al 26 de mayo de 2015, para realizar una visita ofi cial a la Marina de Guerra del Perú,