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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2015 (20/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Miércoles 20 de mayo de 2015 552841 internacionales en vigor, relacionadas a la actividad marítima con el propósito de llevar a cabo programas de apoyo recíproco en el ámbito académico, docente y de investigación, a fi n de contribuir en la mejora del nivel profesional de cadetes de ambas entidades, así como para evaluar la propuesta técnica de los simuladores para mejorar las competencias de los Ofi ciales Mercantes y gente de mar; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de los ofi ciales en mención, pues contribuirá a viabilizar programas de apoyo en benefi cio de la calidad educativa de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora 008 (ENAMM), de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo del 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002- 2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa y; Que el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Estando a lo propuesto por el Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio del Capitán de Fragata Hugo Harold Valles Iglesias, identificado con DNI N° 07627540 y CIP N° 00957203 y el Capitán de Fragata (R) David Ricardo CARBAJAL Valera, identificado con DNI Nº 07917613 y CIP N° 00813527, Sub Director y Director de Capacitación y Entrenamiento de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, respectivamente, para que participen en la visita técnica-operacional a los Simuladores de la Empresa TRANSAS en la Ciudad de Buenos Aires, de la República de Argentina, del 20 al 24 de mayo de 2015, con la finalidad de verificar las bondades que ofrecen dichos equipos y se encuentren alineados a los estándares que dispone la Organización Marítima Internacional (OMI). Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, Unidad Ejecutora 008, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima – Buenos Aires-Argentina - Lima US $. 457.71 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $. 915.42 Viáticos: US $ 370 x 05 días x 02 personas = US $. 3,700.00 TOTAL: US $. 4,615.42 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- El personal comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los 15 días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1239609-4 Autorizan viaje de personal militar FAP a Haití, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 171-2015-DE/FAP Lima, 19 de mayo de 2015 Visto el Fax Nº 406 CCFFAA/OAI/UOP/REG de fecha 08 de mayo de 2015 del Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y el Ofi cio NC-55-COA3- Nº 1061 de fecha 14 de mayo de 2015 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con dos (02) aeronaves de alta performance Hércules L-100-20 asignadas al Grupo Aéreo Nº 8 dentro de su fl ota de aeronaves de transporte, las cuales realizan vuelos en Operación Militar, en apoyo al Desarrollo Socio Económico y en apoyo al Sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno, todas en forma permanente, tanto en el ámbito interno como en el externo; Que, en cumplimiento de su misión el Grupo Aéreo Nº 8 ha recibido la solicitud del Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a fin de que se programe cuatro (04) vuelos para la repatriación de trescientos treinta y cuatro (334) efectivos de personal militar integrantes de la Compañía Infantería Perú, desplegados en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), desde la ciudad de Puerto Príncipe – República de Haití a la ciudad de Lima – República del Perú, en las fechas que se indican en la parte resolutiva y de acuerdo al siguiente detalle: Primer vuelo : Repliegue de 75 efectivos. Segundo vuelo : Repliegue de 75 efectivos. Tercer vuelo : Repliegue de 92 efectivos. Cuarto vuelo : Repliegue de 92 efectivos. Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Puerto Príncipe – República de Haití, del Personal Militar FAP que conformará las tripulaciones principales y alternas de la aeronave Hércules L-100-20 matrícula FAP 397 / 382, que realizará cuatro (04) vuelos para la repatriación de trescientos treinta y cuatro (334) efectivos de personal militar integrantes de la Compañía Infantería Perú, desplegados en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), desde la ciudad