Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2015 (21/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA URQUIAGA MORDAZA, CIP. 00927582, DNI. 10476661, para que participe en la Conferencia Final de Planeamiento del 6to Ejercicio de Contramedidas de Minas del MORDAZA Oeste (6th Western Pacific Mine Countermeasures Exercise), a realizarse en la MORDAZA de Singapur, Republica de Singapur, del 27 al 29 de MORDAZA de 2015; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 25 y su retorno el 30 de MORDAZA de 2015. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA - Singapur (Republica de Singapur) - MORDAZA US$. 3,800.00 US$. 3,800.00 Viaticos: US$. 500.00 x 3 dias TOTAL A PAGAR: US$. 1,500.00 -------------------US$. 5,300.00 CONSIDERANDO:

El Peruano Jueves 21 de MORDAZA de 2015

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Oficial Superior comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa 1240171-6

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y rural y dictan otras disposiciones
DECRETO SUPREMO Nº 116-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, proteccion e integracion de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo senala que tiene competencia en materia de vivienda, construccion, saneamiento, urbanismo, desarrollo MORDAZA, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que los recursos publicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del citado articulo, modificado mediante el articulo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Ano Fiscal 2015, senala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); asi como, con el registro en el Banco de Proyectos del SNIP del informe de consistencia del estudio definitivo o expediente tecnico detallado, o con el registro de Variaciones en la Fase de Inversion, o con el registro de la Verificacion de Viabilidad en el Banco de Proyectos del SNIP, a los que se refiere la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01 y modificatorias; y que solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2015; senalando que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias, establece, entre otros, que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, senalando que dichas transferencias se realizaran mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, con Memorando N° 269-2015/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 11 de la Ley N° 30281, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice una transferencia de partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la continuidad de la ejecucion de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y de saneamiento rural, los cuales se encuentran viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP) y cuentan con las adendas de los convenios correspondientes; precisando que el financiamiento sera atendido con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, y de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante Memorando Nº 1094-2015/VIVIENDA-OGPP,

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