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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2015 (21/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Jueves 21 de mayo de 2015 552972 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Información Los pliegos habilitados en el presente Decreto Supremo, informarán al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas suscritas, para efectos de las acciones de verifi cación y seguimiento a que se refi ere el artículo 11 de la Ley N° 30281. Artículo 5°.- Modifi cación del Anexo I del Decreto Supremo Nº 042 - 2015-EF Modifíquese el Anexo I del Decreto Supremo Nº 042- 2015-EF, en cuanto al código de ubigeo consignado en el número de orden 11, de acuerdo al siguiente detalle: Nº UBIGEO PLIEGOS HABILITADOS CODIG O SNIP CODIGO DGPP PROYECTOS DE INVERSION MONTO S/. (…) 11 060411 MUNICIPALIDA D DISTRITAL DE LLAMA 84100 2.07395 INSTALACION SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO - CASERIOS DEL DISTRITO DE LLAMA, PROVINCIA DE CHOTA - CAJAMARCA 6,239,147 (…) TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE SANEAMIENTO URBANO ANEXO 1 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO URBANO DISTRITAL DE D MUNICIPALIDA CODIGO Artículo 6.- Modifi cación de Anexo 01 de Decreto Supremo Nº 072-2015-EF Modifíquese el Anexo 01 del Decreto Supremo Nº 072- 2015-EF, en cuanto al nombre del proyecto de inversión pública a cargo de la Municipalidad Provincial de Tipan, de la provincia de Castilla, del departamento de Arequipa, el mismo que quedará conforme al siguiente detalle: NIVEL DEPARTAMENTO PROVINCIA PLIEGO PROYECTO 2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 3. GOBIERNOS LOCALES 13,808,042 (…) 04. AREQUIPA 751,793 04. CASTILLA 751,793 11. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TIPAN 235,395 2181480. MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL DE LAS CALLES 1,4 Y LA CONSTRUCCION DE ALAMEDA EN EL CENTRO POBLADO DE PARACOLCA DEL DISTRITO DE TIPAN, PROVINCIA DE CASTILLA - AREQUIPA 235,395 (…) Artículo 7.- Modifi cación de los Anexos 3-A, 3-B y 4 del Decreto Supremo N° 086-2015-EF 7.1 Modifíquese los anexos 3-A, 3-B y 4 del Decreto Supremo N° 086-2015-EF, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo. 7.2 Las entidades que han efectuado la desagregación de los recursos autorizados en los Anexos 3-A, 3-B y 4 del Decreto Supremo N° 086-2015-EF, deberán adecuar sus respectivas Resoluciones conforme a la modifi cación aprobada en el presente Decreto Supremo. Artículo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1240170-1