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El Peruano Jueves 21 de mayo de 2015 552962 23 LEON BENDEZÚ, INOCENCIO HÉCTOR. 24 MEJÍA RONDINEL, DELIA. 25 BERROCAL RONDINEL, DAVID. 26 ORELLANA CONDORI, EUSTAQUIO. 27 CHINCHAY PARIONA, GILBERTO. 28 MIRANDA CAVERES, OMAR. 29 MIRANDA CAVERES, FÉLIX MÁXIMO. 30 NAVARRO CCOICCA JESÚS. 31 LEÓN ESCRIBA, NILTON. 32 ÑUFLO PEÑA, ANTONIA. 33 GUTIÉRREZ LIZANA, GUALBERTO. 34 LUJÁN TORRE, SISINIO. 35 ALARCÓN CHACÓN, LEANDRO. 36 NAVARRO CCOICCA, FÉLICITAS. 37 CASAVERDE CCOICCA, AYDE YOLANDA. 38 BERROCAL RONDINEL, SERGIO. 39 RONDINEL FLORES, TERESA. 40 TORRES ROMERO, VÍCTOR. 41 CASAVERDE CCOICCA, SINDI LISET. 42 OCHOA CÓRDOVA, CLEOFÉ. 43 QUISPE MEDINA ROLAND. 44 LEÓN BENDEZÚ, PATROCINIA. 45 PALOMINO GUILLÉN, AGREPINA. 46 MIRANDA CAVERES, YANET. 47 CÓRDOVA RIVERA, LAURA. 48 PALOMINO CASAVERDE, JHOSELYN ESTHEFANI. 49 PALOMINO OSCCO, JANIO ROCKY. 50 PALOMINO OSCCO, JANNET MARITZA. 51 MEDINA GÓMEZ, BRIAN ADONAI. 52 OSCCO CCORAHUA, ADELA. 53 PALOMINO OSCCO, DAYZZY CARMELI. Que, en atención a dicho sustento técnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de su Informe Final PRP N° 035-2015-MINAGRI- PCC, emite opinión favorable por la aprobación del Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su correspondiente fi nanciamiento, el mismo que ha sido tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los nuevos “Lineamientos Específi cos para la atención del Ministerio de Agricultura y Riego a los pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM” aprobados por Resolución Ministerial N° 0695-2014 -MINAGRI; Estando a la opinión emitida por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego mediante el Informe N° 450-2015-MINAGRI-OGAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizaciones y Funciones de Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048, en cuanto a su denominación; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; el Decreto Legislativo N° 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial N° 0695- 2014-MINAGRI, que aprueba los nuevos “Lineamientos Específi cos para la atención del MINAGRI a los Pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM”. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y del fi nanciamiento del Plan de Negocios Aprobar el Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria, presentado por la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE CACAO “KIMITUKISCOCOA” DE LA COMUNIDAD NATIVA DE LIMATAMBO, a favor de los cincuenta y tres (53) miembros que se detallan en el noveno considerando de la presente Resolución, respecto del mismo número de predios que conducen, ubicados en la Comunidad Nativa Limatambo, Centro Poblado Villa Kintiarina, Distrito de Kimbiri, Provincia de La Convención, Departamento de Cusco, contenido en el proyecto de “Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM para la instalación y producción de Cacao en cincuenta y tres (53) hectáreas”, incluido su fi nanciamiento, elaborado por el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2°.- Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, para la respectiva notifi cación de la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE CACAO “KIMITUKISCOCOA” DE LA COMUNIDAD NATIVA DE LIMATAMBO, a fi n que suscriban con este el respectivo Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria del predio señalado en el artículo 1 precedente, para cuyo efecto se le delega la representación del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Acciones de supervisión, seguimiento y coordinación Disponer, según sus competencias, que el Centro Regional de Innovación Agroempresarial – CRIA Pichari y el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de “Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM, para la instalación y producción de Cacao en cincuenta y tres (53) Hectáreas” del predio antes mencionado pertenecientes a los cincuenta y tres (53) productores de la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE CACAO “KIMITUKISCOCOA” DE LA COMUNIDAD NATIVA DE LIMATAMBO, referidos en el noveno considerando de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1239235-5 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0220-2015-MINAGRI Lima, 15 de mayo de 2015 VISTOS: El Expediente sobre Pedido de Reconversión Productiva N° 039-2015-PRP, iniciado por la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE CACAO “SHIASHE” DE LA COMUNIDAD NATIVA DE SANKUATIARI, el Informe Final PRP N° 033-2015-MINAGRI-PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048, establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles del gobierno; Que mediante la Resolución Ministerial N° 0297- 2014-MINAGRI, se aprobó la constitución de los Centros Regionales de Innovación Agroempresarial - CRIAS, entes que tienen por fi nalidad mejorar la inclusión de los productores en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM – a los servicios que brinda el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios de efi ciencia, efi cacia y sostenibilidad, articulando a las dependencias del Ministerio y los servicios que estas brindan, en búsqueda de incrementar la capacidad empresarial de los productores;