Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2015 (21/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Jueves 21 de MORDAZA de 2015

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: El Informe Nº 070-2015-MPB/GTSV-HAEE, de la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial y el Informe Nº 4642015-OAJ-MPB, de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades -senala que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Que la Municipalidad Provincial de Barranca ha venido recibiendo solicitudes de los representantes de las empresas de transporte regular de personas de la Provincia de Barranca y La Provincia de Barranca cuenta con un Plan Regulador de Rutas el cual fue aprobado con Ordenanza Nº 017- 2014-AL/CPB de fecha 07 de agosto del 2014. Las cuales son; a.- Rutas de Servicio Regular de Transporte: con codificacion "SRT", 18 rutas establecidas de la pag. 01 al 18. Que mediante Informe Nº 070-2015-MPB/GTSV/ HAEE, la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial remite la propuesta de Adjudicacion Directa de Rutas para el Transporte Regular de Personas en la provincia de Barranca de codigo SRT con un total de 18 rutas. Que mediante Informe Legal Nº464-2015-MPB, la Oficina de Asesoria Juridica opina la Procedencia mediante Decreto de Alcaldia para el MORDAZA de Adjudicacion de Rutas. Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo 1º.- DISPONER que se lleve a cabo el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Rutas de Transporte Regular de Personas de la Provincia de Barranca, de 18 rutas de codigo SRT para aquellas empresas de transporte que hayan venido prestando servicio autorizado con mas de 10 anos de antiguedad, los recorridos seran segun el Plan Regulador de Rutas de la Provincia de Barranca las cuales deberan constar en las Bases de adjudicacion Directa. Articulo 2º.- DISPONER un plazo de 40 dias habiles para llevar a cabo el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Rutas de Transporte Regular de Personas de codigo de ruta SRT, en la Provincia de Barranca. Articulo 3º.- DISPONER que las Bases de Adjudicacion Directa de Rutas para el Servicio de Transporte Regular de Personas en la Provincia de Barranca de codigo SEAC total 18 rutas, estara libre a disposicion de las empresas de transporte que cumplan con las Bases de Adjudicacion Directa y que deseen participar a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- DISPONER la obligacion que toda la documentacion presentada para participar en el MORDAZA de adjudicacion de la 18 Rutas de codigo SRT, se realicen segun las Bases de Adjudicacion Directa de Rutas de Transporte Regular de Personas de la Provincia de Barranca las cuales estaran sometidas a revision y la evaluacion segun la Comision Especial para la Adjudicacion de Rutas para el Servicio de Transporte Regular de Personas. Articulo 5º.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Barranca. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ELGAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1240085-2

administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion de la familia, que el MORDAZA juridico exige. Que, para la realizacion del Matrimonio Civil Masivo, es necesario dar las facilidades del caso a los contrayentes que en su mayoria por la carencia de recursos economicos y/o falta de MORDAZA de documentos oportunamente no han formalizado su union, por lo que se les debe dispensar de la publicacion de los edictos matrimoniales que pudieran solicitarse en su oportunidad, a tenor de lo dispuesto en el articulo 252° del Codigo Civil. En uso de uso de sus facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado con D.S. Nº 133-2013-EF y sus normas modificatorias, con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo Municipal, y la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se aprueba lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONVOCA A LA CELEBRACION DE MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS Articulo 1º.- CONVOCAR la celebracion de matrimonios civiles comunitarios, en las fechas que se indican: · 22 de MORDAZA de 2015 · 26 de Setiembre de 2015 Articulo 2º.- DISPONER la reduccion de los requisitos y derechos establecidos en el MORDAZA para contraer matrimonio civil, aplicable solo a los matrimonios civiles comunitarios, materia de la presente Ordenanza, siendo los siguientes: · Partida de Nacimiento Original y actualizada de los Contrayentes · MORDAZA legalizada de DNI de los Contrayentes · Certificado de Domicilio de ambos contrayentes · Certificado de estado civil · Certificado medico prenupcial y MORDAZA de consejeria · Dos testigos con MORDAZA fedateada y/o legalizada de sus DNI · Fotos a color tamano pasaporte de ambos contrayentes · En caso de menores, divorciados, viudos, naturalizados y/o extranjeros, adjuntar los requisitos exigidos por ley · Pago unico de Treinta Nuevos Soles (S/30.00) Articulo 3º.- FACULTESE al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias y/o reglamentarias que MORDAZA necesarias para la mejor aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General, a la Sub Gerencia de Registro Civil y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la publicacion, el cumplimiento y la difusion de la presente Ordenanza. Dado en la MORDAZA Municipal, a los ocho dias del mes de MORDAZA del dos mil quince. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA ELGAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1240085-1

Disponen que se lleve a cabo el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Rutas de Transporte Regular de Personas de la provincia de Barranca, y dictan otras disposiciones
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2015-AL/MPB Barranca, 20 de MORDAZA del 2015

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