Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2015 (21/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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b) El retiro total de la prestacion del servicio y la devolucion de los Certificados de Operacion emitidos, con lo que se cancela automaticamente el Permiso de Operacion a la sola MORDAZA de la informacion. c) Toda transaccion de venta o transferencia onerosa o gratuita del derecho de propiedad del vehiculo de servicio, debera devolver el Certificado de Operaciones emitido, adjuntando declaracion jurada de la unidad dada de baja, y no deber prestar el servicio de pasajeros en el distrito de Barranco bajo responsabilidad de la persona juridica a la perdida de cupo de la unidad reemplazada. d) Los reemplazos de los vehiculos y conductores autorizados de acuerdo a las disposiciones que emanen de la Municipalidad, y en la variacion del domicilio legal. 6. Usar adecuadamente los paraderos autorizados. 7. Verificar el estricto cumplimiento de los programas de capacitacion de conductores que disponga la municipalidad. 8. Cumplir con la inspeccion de caracteristicas, anual realizada por la Municipalidad. 9. Cumplir con el curso de seguridad vial anual para los conductores de las unidades de vehiculos menores. 10. Mantener en buen estado de MORDAZA, funcionamiento y seguridad de sus vehiculos menores. 11. Uniformizar su flota de acuerdo a los MORDAZA establecidos en la presente ordenanza. 12. Para el otorgamiento de las autorizaciones respectivas, la persona juridica debera presentar la Tarjeta de Propiedad del vehiculo menor. 13. Controlar que sus vehiculos menores lleven en la parte interna y de forma visible para el pasajero, el numero de codificacion asignado por la Municipalidad. 14. Verificar que sus unidades cuenten con separador entre el conductor y los pasajeros, y asi mismo que exista una ventanilla de comunicacion de por lo menos 20 x 15 cm. 15. Y otras caracteristicas de acuerdo a la Constatacion del vehiculo Articulo 9°.- Obligacion del conductor que presta servicio especial El conductor que presta Servicio Especial se obliga a: 1.- Contar con Licencia de Conducir expedida por la autoridad competente. 2.- Contar con el carne de seguridad vial expedido por la entidad autorizada por la Municipalidad que dictara el curso de seguridad Vial. 3.- Prestar el servicio especial cuidando su apariencia e higiene personal, debiendo uniformarse de acuerdo a los modelos que establezca la Persona Juridica vistiendo: - Chaleco negro. - Camisa plomo claro. - Pantalon MORDAZA MORDAZA o negro. 4.- No movilizar por ningun motivo mas pasajeros de los que quepan comodamente sentados (2 a 3) en la parte posterior del conductor. 5.- Mantener los vehiculos limpios y en buen estado de funcionamiento, no fumar ni ingerir alimentos o bebidas mientras se presta el servicio, tratar a los pasajeros en forma cortes, velar por la seguridad y los efectos personales de los mismos. 6.- Llevar consigo la Licencia de conducir, las autorizaciones municipales respectivas, el documento que acredite contar con la Poliza de Seguros, Carnet de seguridad vial y conservar en buen estado los signos identificatorios del vehiculo menor autorizado. 7.- Revisar, permanentemente, las condiciones de seguridad del vehiculo menor para el traslado eficiente de sus pasajeros y completar el servicio para el cual fue contratado, salvo desperfectos del vehiculo, en cuyo caso debera procurar que otros vehiculos menores completen el servicio. 8.- No prestar el servicio especial por vias de acceso restringido. Excepcionalmente, los transportistas en vehiculos menores podran cruzar las vias de acceso restringido por intersecciones semaforizadas o que cuenten con direccion policial, estas vias excepcionales para cruce, sera reglamentado por Decreto de Alcaldia. 9.- No podran hacer uso de equipos de sonido ni bocinas (tanto en circulacion como en paraderos

El Peruano Jueves 21 de MORDAZA de 2015

establecidos) que sobrepasen los estandares nacionales en el Reglamento de Calidad Ambiental para el ruido. 9.- No llevar pasajeros en la parte delantera del vehiculo menor (costado del asiento del conductor). 10.Tener comportamiento respetuoso y adecuado mientras brinda el Servicio Especial. Articulo 10°.- Obligaciones de los Pasajeros Los pasajeros, usuarios del servicio estan obligados a: 1. Subir y bajar por la MORDAZA ubicada a la derecha del vehiculo menor, cuando este se ubique en el carril derecho de la via y se encuentre detenido. 2. No viajar en el espacio contiguo del conductor o de tal forma que alguna parte de su cuerpo sobresalga de la cabina de pasajero. Articulo 11°.- Policia Nacional Del Peru.La Policia Nacional Del Peru prestara el MORDAZA de la fuerza publica en las acciones de fiscalizacion que realice la autoridad competente del servicio de transporte en vehiculos menores. CAPITULO IV DE LA COMISION TECNICA MIXTA Articulo 12°.- Comision Tecnica Mixta Distrital La Comision Tecnica Mixta, segun lo estipulado por el D.S. N° 055-2010-MTC, es un organo consultivo MORDAZA y esta integrado por los regidores de la Comision de Transporte o por la comision que haga sus funciones, por representantes acreditados de la PNP y de las organizaciones de Transportadores del Servicios Especial. La Comision Tecnica de la Municipalidad Distrital de Barranco estara conformada por los miembros de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Ecologia y MORDAZA, el Subgerente de Obras Publicas y Transporte MORDAZA, el profesional especialista en temas de transportes de la Sub Gerencia de Obras Publicas y Transporte MORDAZA, el Sub Gerente de Fiscalizacion , un (1) representante acreditado de la Policia Nacional Del Peru y dos (2) representantes de empresas autorizadas de vehiculos menores inscritas y reconocidas por la Municipalidad. La vigencia de la Comision Tecnica Mixta es permanente y sus miembros podran ser renovados o sustituidos por mandato de los respectivos sectores a los que representa, teniendo como finalidad promover el desarrollo y fiscalizacion del cumplimiento de la presente Ordenanza y de las normas que dicte La Municipalidad Distrital De Barranco asi como proponer disposiciones legales. Articulo 13°.- Funciones De La Comision Tecnica Mixta Distrital. Son funciones de la comision: 1. Participar en la formulacion de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el orden del MORDAZA y el transporte publico en vehiculos menores, en la jurisdiccion de barranco para luego ser puestas a consideracion de la autoridad competente. 2. Formular propuestas, participar, debatir y evaluar las iniciativas sobre temas en materia de seguridad y educacion vial. 3. Promover y difundir sus acuerdos destinados a mejorar la imagen y calidad del servicio. 4. Formular propuestas y/o participar en los proyectos de modificacion de las normas complementarias del presente reglamento emitidas por la autoridad competente. TITULO II DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS CAPITULO I DE LAS AUTORIZACIONES Articulo 14° Permiso De Operacion. El certificado de operacion tendra una vigencia de (6) anos y sera otorgado a personas juridicas que cumplan con los requisitos para desarrollar sus actividades en

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