Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2015 (01/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Domingo 1 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

565345

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA: POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Santa Eulalia, en Sesión Ordinaria de fecha de 16 de setiembre del 2015, sobre la base del Proyecto de Ordenanza y Reglamento remitido por la Asesoría Legal de la Municipalidad, conforme Informe Legal N° 312-2015-ALE-MDSE de fecha 02-09-15, por lo que corresponde expedir la presente y; CONSIDERANDO:

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
Aprueban modificación de habilitación urbana aprobada para uso industrial y comercio de inmueble ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 119- 2015-GM/MDSA San Antonio, 18 de septiembre del 2015

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la capacidad sancionadora de los Gobiernos Locales, se encuentra contemplada en el Artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades, en la cual se precisa que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones administrativas; asimismo, señala que las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 004-2003MDSE, de fecha 25 de febrero del 2003., se aprobó el RASA de la Municipalidad, en el año 2003, el cual a la fecha se encuentra desfasado, además de haberse modificado parte de la organización interna de la Municipalidad, por lo que resulta necesario la aprobación de un nuevo reglamento de aplicación de sanciones administrativas, por lo que la Asesoría Legal ha expedido el presente nuevo Reglamento, el cual incluye de la misma manera el nuevo cuadro de infracciones y sanciones administrativas (CUIS). Que, en ese sentido, después de la evaluación del nuevo Reglamento, así como del respectivo cuadro de infracciones y sanciones (CUIS); revisada la misma luego del debate y deliberación correspondiente se ha determinado su aprobación y publicación para su inmediata ejecución; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en Artículo 9º de la Ley Nº 27972 el Concejo Municipal, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA N° 005-MDSE Artículo Primero: APROBAR El Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), la cual se encuentra regulado en la presente Ordenanza conforme Anexo I, el cual contiene 41 artículos, Una Disposición Transitoria y seis Disposiciones Complementarias Finales y que es parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo: APROBAR El Cuadro Único de Sanciones Administrativas (CUIS), la cual se encuentra regulado en la presente Ordenanza conforme Anexo II, y que es parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero: DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" sin perjuicio de realizarse la publicación en la página web de la Municipalidad en la dirección electrónica siguiente: www.munisantaeulalia.gob.pe a donde deberá publicarse el texto completo del reglamento, así como en el Portal del Estado Peruano y el Portal del PSCA; conforme a lo exigido en la Ley Nº 29091. Regístrese,publíquese,comuníquese y cúmplase. ABEL ARTEAGA CAPCHA Alcalde 1306058-1

VISTO: El Expediente Nº 4360-15-MDSA de fecha 15 de Julio de 2015 y acumulados, promovido por BRYSON HILLS PERU S.A., representada por su Gerente General Doña Hermelinda Alvarez Valle, mediante el cual solicita la Modificación de Habilitación Urbana Aprobada para Uso Industrial y Comercio del inmueble con un área superficial de 452.8293 Has, constituido por la acumulación de los lotes 3, B y 1 ubicados en la Quebrada Huaycoloro, inscritos en las Partidas Electrónicas Nº 13052425, 13231263 y 13052423 respectivamente, del Registro de Predios de Lima - SUNARP, sobre el cual se desarrolla la Lotización Industrial Huachipa Este, ubicado en la jurisdicción del Centro Poblado Las Tunas, Distrito de San Antonio, Provincia de Huarochirí y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 194º y numeral 5) del Artículo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala en su Artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6. Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, con Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones - Ley Nº 29090, vigente a partir del 28 de Setiembre del 2007, se establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edificación, con la finalidad de facilitar y promover la inversión inmobiliaria; Que, mediante Expediente Nº 4360-15-MDSA de fecha 15 de Julio de 2015 y acumulados, BRYSON HILLS PERÚ S.A. representada por su Gerente General Doña Hermelinda Alvarez Valle, solicita la aprobación del trámite de Modificación Habilitación Urbana Aprobada del inmueble con una extensión superficial acumulada de 452.8293 Has, constituido por la acumulación de los lotes 3, B y 1 ubicados en la Quebrada Huaycoloro, inscritos en las Partidas Electrónicas Nº 13052425, 13231263 y 13052423 respectivamente, del Registro de Predios de

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