Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2015 (01/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Domingo 1 de noviembre de 2015 /

El Peruano

derecho de los usuarios a efectuar pagos anticipados para los siguientes productos: (i) Contrato Hipotecario ­ Bien Futuro, cláusula 9; (ii) Contrato Hipotecario ­ Bien Existente, cláusula 9; y, (iii) Contrato de Crédito de Consumo, cláusula 8); Que, luego de efectuada la evaluación del texto presentado, se ha verificado que ASBANC ha adecuado las cláusulas generales de contratación presentadas al marco regulatorio vigente y a los criterios interpretativos que ha venido desarrollando la Superintendencia; Que, en la medida que los referidos contratos constituyen una herramienta para dinamizar el mercado y propenden al equilibrio contractual necesario entre la operatividad de las empresas y el respeto a los derechos de los usuarios, resulta conveniente su aprobación. Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y contando con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8 del artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la modificación de cláusulas generales de contratación de los siguientes productos: (i) Contrato Hipotecario ­ Bien Futuro, cláusula 9; (ii) Contrato Hipotecario ­ Bien Existente, cláusula 9; y, (iii) Crédito de Consumo, cláusula 8; conforme al texto señalado en el Anexo 1 de la presente Resolución, el cual será publicado en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese, MILA GUILLÉN RISPA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1306543-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Ordenanza Regional que ratifica el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social Junín -2015
ORDENANZA REGIONAL Nº 208-GRJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada al 15 día del mes de septiembre de 2015, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo, tienen por misión organizar y conducir la Gestión Pública Regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas Nacionales y Sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresa los Artículos 2º, 4º, 5º y 8º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y

disposiciones se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplificación Administrativa; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en el artículo 61º, apartados a) y b) ha estipulado: "Las funciones en materia de Defensa Civil: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales. B) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil..."; Que, conforme el artículo 9º del Reglamento de la Ley Nº. 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo Nº. 011-2014-IN, señala lo siguiente: "El Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Constituye la autoridad técnica normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer procedimientos relacionados con la implementación de las políticas nacionales y coordinar su operación técnica así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas. Es responsable de su correcto funcionamiento...". Asimismo, el artículo 17º inciso a), de este mismo cuerpo normativo, establece que es una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC): "Aprobar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana", del mismo texto legal, conforme a su artículo 19º inciso e) señala que es una de las funciones de la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana "Presentar al Consejo Regional el Plan Regional de Seguridad Ciudadana aprobado por el CORESEC, para su ratificación mediante Ordenanza Regional"; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº. 0102015-IN se aprueba la Directiva Nº. 001-2015-IN, la cual señala cuales son los "Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana; Que, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana Junín 2015, mediante Acta de fecha 23 de Marzo del 2015, aprobó el Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Junín 2015, y remitido a la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Junín, ésta unidad orgánica mediante el Informe Legal Nº. 758-2015GRJ/ORAJ, señala que es procedente el Plan Regional de Seguridad Ciudadana y de Convivencia Social ­ Junín; de igual modo, la Gerencia Regional de Desarrollo Social mediante Informe Técnico Nº 002-2015-GRJ/GRDS, opina la viabilidad y procedencia de aprobación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana y de Convivencia Social; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno de Consejo, aprobado por Ordenanza Regional Nº. 179-2014-GRJ/CR, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE RATIFICA EL PLAN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL JUNIN - 2015" Artículo Primero.- RATIFICAR EL PLAN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL JUNIN ­ 2015, que consta de 96 folios, aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana Junín (CORESEC), en el marco de lo establecido por el Reglamento de la Ley Nº. 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana Junín (CORESEC), efectuar las implementaciones y acciones para ejecutar el Plan Regional establecido en el artículo precedente, debiendo informar al Consejo Regional en forma periódica. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional junín, al 15 día del mes de septiembre de 2015. RICHARD DURAN CASTRO Consejero Delegado Consejo Regional

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